NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/09/2003)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G36/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de setiembre de 2003 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G2D /G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G73/G75/G20/G64/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 251-2003-PCM Lima, 2 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Corporación Andina de Fomento (CAF), invita al señor Ministro de Economía y Finanzas, señor JaimeQuijandría Salmón, para que asista a la CXV reunión delDirectorio, que se llevará a cabo en la sede de la instituciónen la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el 8 desetiembre de 2003; Que, en consecuencia, es necesario autorizar dicho via- je, el mismo que no irroga gasto con cargo al presupuestodel Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión oficial del se- ñor Ministro de Economía y Finanzas, señor Jaime Quijan-dría Salmón, a la ciudad de Caracas, República de Vene-zuela, los días 7 y 8 de setiembre de 2003, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- La presente autorización no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Fi-nanzas, asimismo no otorga derecho a exoneración o libe-ración de impuestos de aduana de cualquier clase o deno-minación. Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Fi- nanzas al señor Allan Wagner Tizón, Ministro de Relacio-nes Exteriores, a partir del 7 de setiembre de 2003 y mien-tras dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 16345 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G72/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61/G64/G65/G75/G64/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G44/G45/G56/G49/G44/G41/G20/G70/G6F/G72/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/GE9/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2003-PCM Lima, 2 de septiembre de 2003 Vistos los Oficios Nºs. 289-2003-DV-PE y 375-2003-DV- PE, de fechas 5 de mayo y 4 de junio de 2003 respec-tivamente, remitidos por la Comisión Nacional para el De-sarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA y su documentaciónadjunta; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA tiene como objeto coordinar, pro-mover, planificar, monitorear y evaluar los programas yactividades contenidos en la Estrategia Nacional de la Lucha contra las Drogas, en especial de las zonas co-caleras del país; Que, con esa finalidad, DEVIDA concedió a la empresa Jardines de Té S.A., un crédito de US$ 50 000,00 (Cin-cuenta mil y 00/100 dólares americanos), cuya devoluciónfuera asegurada a través de la prenda industrial constitui-da por la propia deudora, sobre diversas maquinarias desu propiedad, según consta del Contrato de Mutuo conGarantía Prendaria celebrado con fecha 9 de julio de 1999,elevado a escritura pública con fecha 22 de julio de 1999ante el Notario Público de Lima Dr. Leonardo Bartra Valdi-vieso, inscrito en la ficha Nº 1001020038 del Registro dePrenda Industrial de la Oficina Registral Regional de TingoMaría; Que, la empresa Jardines de Té S.A. no ha cumplido con honrar la prestación a su cargo, encontrándose pen-diente de cancelación el capital adeudado, los gastos e in-tereses devengados; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1219º del Código Civil, la situación descrita autoriza alacreedor de la relación obligacional, a emplear las medi-das legales a fin que el deudor le procure aquello a queestá obligado; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº17537 - Ley que crea el Consejo de Defensa Judicialdel Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, elDecreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo,modificado por la Ley Nº 27779 y el Decreto SupremoNº 067-2003-PCM - Aprueba el Reglamento de Organi-zación y Funciones de la Presidencia del Consejo deMinistros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros, a fin que en representación y defensa de los in-tereses del Estado, inicie e impulse las acciones judicialesque correspondan con el fin de lograr el cobro del capital,gastos e intereses devengados que adeuda la empresaJardines de Té S.A. a la Comisión Nacional para el Desa-rrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Procu-rador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 16275 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G6C/G6F/G63/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G78/G74/G61 /G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G2D/G20/G42/G61/G67/G75/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2003-PCM Lima, 2 de septiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 5901-2002-INDECI (6.1) y el Oficio Nº 1426-2003/INDECI/7.0 del Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de de- recho del Informe Especial Nº 006-2002-2-3376 "ExamenEspecial a la Sexta Región de Defensa Civil - Bagua", emi-tido por el Órgano de Auditoría Interna del Instituto Nacio-nal de Defensa Civil - INDECI, se ha verificado la presuntaresponsabilidad civil y penal por parte del señor JemmyZevallos Quispe, ex locador de la Unidad de Administra-ción de la ex Sexta Región de Defensa Civil - Bagua deri-vado de los hechos expuestos en las Observaciones con-tenidas en el referido Informe; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del Artícu- lo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema