Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2003 (03/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 3 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 250685

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas TRANSFERENCIA DE PARTIDAS
PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2003 FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS (En nuevos soles)
PLIEGOS HABILITADOS GRUPO GENER. DE GASTO: INVERSION 25,621,000.00 2,290,000.00 3,535,000.00 2,054,000.00 3,033,000.00 1,798,000.00 3,067,000.00 3,079,000.00 3,070,000.00 3,695,000.00 4,879,000.00 1,769,000.00 1,260,000.00 1,850,000.00

GOBIERNOS REGIONALES 440 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS 447 GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA 448 GOBIERNO REGIONAL MORDAZA 450 GOBIERNO REGIONAL MORDAZA 455 GOBIERNO REGIONAL MORDAZA 456 GOBIERNO REGIONAL PASCO 458 GOBIERNO REGIONAL MORDAZA 459 GOBIERNO REGIONAL SAN MORDAZA 460 GOBIERNO REGIONAL TACNA 313 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO PROYECTO ESPECIAL PASTO GRANDE PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU 1/. PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MORDAZA

Que, mediante Ley Nº 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, se declara de interes nacional el desarrollo de la MORDAZA MORDAZA de Tacna ­ZOFRATACNA- para la realizacion de actividades industriales, agroindustriales, de maquila y de servicios, y de la MORDAZA Comercial de Tacna, con la finalidad de contribuir al desarrollo socieconomico sostenido del departamento de Tacna, a traves de la promocion de la inversion y desarrollo tecnologico; Que, mediante Ley Nº 27825 se modifican los Articulos 14º y 18º de la Ley Nº 27688 - Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna; Que, el Articulo 19º de la Ley Nº 27688 establece que por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, se establecera el porcentaje del Arancel Especial, su distribucion y la relacion de bienes susceptibles de ser comercializados en la MORDAZA Comercial de Tacna; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR, se aprobo el Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 19º de la Ley Nº 27688 y el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la lista de subpartidas nacionales de las mercancias que, a traves de los depositos francos de la ZOFRATACNA, pueden ingresar para su comercializacion a la MORDAZA Comercial de Tacna, contenidas en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Derogar la lista de subpartidas nacionales aprobada mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 00247 y modificatorias, asi como las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 3º- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion

TOTAL

30,500,000.00

NOTA: 1/. MONTO ASIGNADO AL PROYECTO ESPECIAL PICHIS PALCAZU POR S/. 1 260 000,00 CORRESPONDE AL DEPARTAMENTO DE MORDAZA

16341

Apruebanlista de subpartidas nacionales de mercancias que pueden ingresar para su comercializacion a la MORDAZA Comercial de Tacna a traves de los depositos francos de la ZOFRATACNA
DECRETO SUPREMO Nº 124-2003-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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EP

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LICA DEL P E

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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