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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G30/G36/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de setiembre de 2003 258 4011 93 00 00 Los demas neumaticos (llantas neumaticas) nuevos de caucho, de los tipos utilizados en vehiculos y ma- quinas para la construccion o mantenimiento industrial para llantas de diametro inferior o igual a 61 cm 259 4011 94 00 00 Los demas neumaticos (llantas neumaticas) nuevos de caucho, de los tipos utilizados en vehiculos y ma- quinas para la construccion o mantenimiento industrialpara llantas de diametro superior a 61 cm 260 4011 99 00 00 Los demas neumaticos (llantas neumaticas) nuevos de caucho 261 4012 11 00 00 Neumaticos (llantas neumaticas) recauchutados de los tipos utilizados en automoviles de turismo (incluidos los de tipo familiar [break o station wagon] y los decarrera 262 4012 12 00 00 Neumaticos (llantas neumaticas) recauchutados de los tipos utilizados en autobuses o camiones 263 4012 13 00 00 Neumaticos (llantas neumaticas) recauchutados de los tipos utilizados en aeronaves 264 4012 19 00 00 Los demas neumaticos (llantas neumaticas) recauchu- tados 265 4012 20 00 00 Neumaticos (llantas neumaticas) de caucho, usados 266 4012 90 10 00 Protectores (“flaps”) de caucho 267 4012 90 20 00 Bandajes (llantas) de caucho, macizos 268 4012 90 30 00 Bandajes (llantas) de caucho, huecos 269 4012 90 40 00 Bandas de rodadura de caucho, intercambiables 270 4013 10 00 00 Camaras de caucho para neumaticos (llantas neuma- ticas) del tipo de las utilizadas en los automoviles de turismo (incluidos los vehiculos de tipo familiar-”break”“station wagon”-y los de carrera), autobuses o camio- nes 271 4013 20 00 00 Camaras de caucho para neumaticos (llantas neuma- ticas) del tipo de las utilizadas en las bicicletas 272 4013 90 00 00 Las demas camaras de caucho para neumaticos (llan- tas neumaticas) excepto los de las subpartidas4013.10.00.00 y 4013.20.00.00 273 4014 90 00 00 Demas articulos de higiene o de farmacia (comprendi- das las tetinas), de caucho vulcanizado sin endurecer,incluso con partes de caucho endurecido (excepto los preservativos) 274 4015 19 90 00 Demas guantes de caucho vulcanizado sin endurecer, excepto los de cirugia y antirradiaciones 275 4015 90 20 00 Tr ajes para buzos de caucho vulcanizado sin endure- cer 276 4015 90 90 00 Demas prendas y complementos de vestir, de caucho vulcanizado sin endurecer, excepto los de las subpar- tidas 4015.11.00.00 a 4015.90.20.00 277 4016 99 20 00 Partes y accesorios para material de transporte de la seccion xvii, de caucho vulcanizado sin endurecer 278 4202 11 10 00 Baules, maletas (valijas), y maletines, incluidos los de aseo, con la superficie exterior de cuero natural, cueroregenerado o cuero charolado 279 4202 11 90 00 Portadocumentos, portafolios (carteras de mano), car- tapacios y continentes similares, con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuerocharolado 280 4202 12 10 00 Baules, maletas (valijas), y maletines, incluidos los de aseo, con la superficie exterior de plastico o materiatextil 281 4202 12 90 00 Portadocumentos, portafolios (carteras de mano), car- tapacios y continentes similares, con la superficieexterior de plastico o materia textil 282 4202 19 00 00 Demas baules, maletas (valijas) y maletines incluido los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carte-ras de mano), cartapacios y continentes similares, excepto los de superficie exterior de cuero natural, re- generado o charolado, ni superficie exterior de pl 283 4202 21 00 00 Bolsos de mano (carteras), incluso con bamdoleras o sin asas, con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado 284 4202 22 00 00 Bolsos de mano (carteras), incluso con bamdoleras o sin asas, con la superficie exterior de hojas de plastico o materia textil 285 4202 29 00 00 Demas bolsos de mano ( carteras), incluso con bamdo- leras o sin asas (excepto los desuperficie exterior decuero natural, regenerado o charolado, de hojas de materia plastica o materia textil) 286 4202 31 00 00 Articulos de bolsillo o de bolso de mano (cartera), con superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado ocuero charolado 287 4202 32 00 00 Articulos de bolsillo o de bolso de mano (cartera), con superficie exterior de hokjas de plastico o materia tex-til 288 4202 39 00 00 Los demas articulos de bolsillo o de bolso de mano (cartera) (excepto los de superficie exterior de cueronatural, regenerado o charolado, ni de hojas de plasti- coni de materias textiles) 289 4202 91 10 00 Sacos de viaje y mochilas, con la superficie ex- terior de cuero natural, regenerado o cuero charo- lado 290 4202 91 90 00 Demas continentes (excepto los de las subpartidas 4202.11.10.00 a 4202.91.10.00), con la superficie exte-rior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charola- do 291 4202 92 00 00 Demas continentes (excepto los de las subpartidas 4202.11.10.00 a 4202.91.90.00), con la superficie exte- rior de hojas de plastico o materia textil 292 4202 99 10 00 Sacos de viaje y mochilas (excepto los de superficie exterior de cuero natural, regenerado o charolado, ni los de superficie exterior de hojas de plastico o materia textil) 293 4202 99 90 00 Demas continentes (excepto los comprendidos en las subpartidas 4202.11.10.00 a 420299.10.00, ni los de superficie exterior de cuero natural, regenerado o cha-rolado, ni los de hojas de materias plasticas o materias textiles) 294 4203 10 00 00 Prendas de vestir de cuero natural o cuero regenerado 295 4203 21 00 00 Guantes, mitones y manoplas, diseñados especial- mente para la practica del deporte 296 4203 29 00 00 Los demas guantes, mitones y manoplas, diseñados para diversos usos, excepto los para practica del de-porte 297 4203 40 00 00 Demas complementos (accesorios) de vestir de cuero natural o cuero regenerado 298 4205 00 00 00 Demas manufacturas de cuero natural o regenerado, excepto los comprendidos entre las subpartidas 4202.11.10.00 a 4204.00.90.00 299 4415 20 00 00 Paletas, paletas caja y demas plataformas para carga; collarines para paletas, de madera 300 4419 00 00 00 Articulos de mesa o de cocina, de madera 301 4420 90 00 00 Marqueteria y taracea;cofres y estuches para joyeria u orfebreria y manufactura similares de madera;articulos de mobiliario, de madera, no comprendidos en el capi- tulo 94 302 4421 90 90 00 Demas manufacturas de madera, excepto los de las subpartidas 4421.10.00.00 a 4421.90.50.00 303 4601 99 00 00 Materias trenzables, trenzas y articulos similares de materia trensable, tejidos o paralelizados, en formaplana, incluso terminado (excepto los de materia vege- tal) 304 4602 10 00 00 Articulos de cesteria obtenidos directamente en su forma con materia trensable (de materia vege- tal) o confeccionados con articulos de la partida Nº 46.01 305 4602 90 00 00 A rticulos de cesteria obtenidos directamente en su forma con materia trensable o confeccionados con ar- ticulos de la partida Nº 46.01, excepto los de materiavegetal 306 4814 20 00 00 Papel para decorar y revestimientos similares de pare- des, constituidos por papel recubierto o revestido, enla cara vista, con una capa de plastico graneada, gofra- da, coloreada, impresa con motivos o decorada de otro modo 307 4818 10 00 00 Papel higienico 308 4818 20 00 00 Pañuelos, toallitas (faciales) de desmaquillar y toallas 309 4818 30 00 00 Manteles y servilletas 310 4820 10 00 00 Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, de pedidos o recibos), bloques, memorandos, bloques de papel de cartas, agendas y articulos simi- laresNº Ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN Nº Ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN