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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G38/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de enero de 2004 de Índice, 4 Títulos, 13 Capítulos, 7 Subcapítulos y 119 Artículos, conforme al anexo único adjunto, el cual formaparte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-cial El Peruano. Segunda.- Deróguense los Edictos Nºs. 03-MSS, 04- MSS y 08-MSS y demás dispositivos municipales que seopongan a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00751 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-2004-ACSS Santiago de Surco, 9 de enero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordi- naria de Concejo de la fecha, teniendo en consideración la pro-puesta del señor Alcalde para la conformación de la Comisióncontra la Corrupción para el presente año, de conformidad con lodispuesto en los artículos 3º y 4º de la Ordenanza Nº 102 de laMunicipalidad Metropolitana de Lima de fecha 26 de diciembrede 1996, Decreto de Alcaldía Nº 12-99-DASS de fecha 10 dediciembre de 1999, Ordenanza Nº 170-MSS y en los artículos109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptópor Unanimidad el siguiente: ACUERDO Designar a los señores regidores que conformarán la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de San-tiago de Surco para el año 2004, la misma que estará inte-grada según se señala a continuación quedando pendien-te la incorporación de los miembros restantes conforme lodispone el reglamento respectivo: Alcalde : Sr. Carlos Dargent Chamot.Regidores : Sr. Edouard Croquet Chanson. Sr. Héctor Miguel Sakuma Mundaca.Sr. José Daniel Matta Puga. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00740 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G2D /G32/G30/G30/G33/G2D/G41/G43/G53/G53 ACUERDO DE CONCEJO Nº 04-2004-ACSS Santiago de Surco, 9 de enero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 06-2003-ACSS publicado el 10.ENE.2003, el Concejo Municipal de San-tiago de Surco fijó el régimen de dietas de los regidores delmismo, para el ejercicio 2003, en uso de las atribucionesque le conferían las disposiciones normativas invocadasen la referida norma municipal; Que, con fecha 27.MAY.2003 se publicó la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por lo que se de-berá de adecuar a dicho marco normativo el pago de lasdietas que se deben abonar a los señores regidores du-rante el ejercicio 2004, las mismas que se encuentran de-bidamente incluidas en el Presupuesto Institucional deApertura 2004 de la Municipalidad, dándose riguroso cum-plimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo12º de la Ley; Que, en ese sentido, resulta necesario ratificar el Acuer- do de Concejo Nº 06-2003-ACSS del 8.ENE.2003, debien-do otorgarse las dietas de acuerdo a lo dispuesto en elartículo 16º del Reglamento Interno del Concejo; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 28), 12º y 44º de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972 y en los artículos 2º, 3º y 4º de la Ley Nº26317, con dispensa de trámite de lectura y aprobacióndel acta, adoptó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Ratificar el Acuerdo de Concejo Nº 06-2003-ACSS de fecha 8.ENE.2003, debiendo otorgarselas dietas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16º delReglamento Interno del Concejo aprobado por OrdenanzaNº 170-MSS. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00741 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G20 /G45/G73/G63/G61/G6C/G61 /G52/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G66/G69/G6A/G61/G6E/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 05-2004-ACSS Santiago de Surco, 9 de enero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el AlcaldeProvincial o Distrital, según sea el caso, desempeña sucargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remu-neración mensual fijada por acuerdo del concejo municipaldentro del primer trimestre del primer año de gestión; Que, de acuerdo a la norma antes citada, el monto mensual de la remuneración del alcalde, es fijado discre-cionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad eco-nómica del gobierno local, previas las constataciones pre-supuestales del caso; Que, mediante Resolución Nº 854-2001-RASS de fe- cha 21.DIC.2001 se aprobó la Escala Remunerativa delPersonal de la Municipalidad de Santiago de Surco, en lacual se establece la remuneración mensual de señor Al-calde vigente a partir del año 2002, la misma que fue ratifi-cada por Acuerdo de Concejo Nº 13-2003-ACSS de fecha12.FEB.2003, para su aplicación durante el ejercicio 2003;