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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G34/G31/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de marzo de 2004 De conformidad a lo establecido en el numeral 3 del artícu- lo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobadapor Ley Nº 27972; SE ACUERDA: 1.-ESTABLECER en la jurisdicción del distrito de Pu- cusana, como fecha para el vencimiento del pago total oprimera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejer-cicio 2004, el 31 de marzo del año en curso. 2.-ESTABLECER en la jurisdicción del distrito de Pu- cusana, como fecha para el vencimiento del pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines; corres- pondientes a los meses de enero y febrero del ejercicio2004, el 31 de marzo del año en curso. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. NÉSTOR CHUMPITAZ HUAPAYA Alcalde 04752 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 ORDENANZA Nº 071-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Visto en Sesión Ordinaria de fecha, 3 de febrero del año 2004; el Dictamen Nº 005-CAJ/MSI de fecha 28 de enero de2004 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 819-2003-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 018-2003- URP-OSP/MSI de la Unidad deRacionalización y Procesos y Oficina de Sistemas y Proce-sos de la Comisión designada mediante Ordenanza sobreRégimen de Aplicación de Sanciones Administrativas -RASA- de la Municipalidad de San Isidro; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política, modificado por Ley Nº 27680 en Reforma Constitucional; Que, de conformidad con lo prescrito por el Artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Orde-nanzas determinan el régimen de sanciones administra-tivas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo una escala de multas en función a la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, a fin de hacer más eficaz la función municipal de fiscalización del cumplimiento de las normas de compe-tencia municipal, es necesario regular de manera integralel Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas dentro de la jurisdicción del distrito de San Isidro; Que, estando a lo expuesto y, en uso de las facultades con- feridas por los Artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, por mayoría y con dispensa detrámite de aprobación de Acta ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO (RASA) Artículo Primero.- Aprobar el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la MunicipalidadDistrital de San Isidro, que consta de siete (7) Capítulos,treinta y ocho (38) Artículos, una (1) Disposición Transito- ria y cuatro (4) Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- Derogar la Ordenanza Nº 02-98- MSI, que aprobó el Régimen de Aplicación y SancionesAdministrativas y sus modificatorias Ordenanza Nº 029- MSI y Ordenanza Nº 034-MSI, Decreto de Alcaldía Nº 001-2000-ALC/MSI, así como las demás disposiciones cuyaaplicación sea incompatible con la presente Ordenanza. POR CUANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los tres días del mes de febrero del año dos mil cuatro. JORGE SALMON JORDÁN Alcalde 04705 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G74/G69/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G4C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G20/G64/G65/G6C /G4F/G6C/G69/G76/G6F/G22/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G49/G73/G69/G64/G72/G6F ORDENANZA Nº 072-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 012-2004-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, elInforme Nº 101-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 017-2004-07-GCPV/MSI de la Ge- rencia de Comunicaciones y Participación Vecinal, sobreProyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para elotorgamiento de la Distinción de la Orden del Olivo; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competen-cia; y , representan al vecindario, promueven la adecuadaprestación de los servicios públicos locales y el desarrollointegral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, mediante Ordenanzas se crean, modifican, supri- men o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos ycontribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, en su calidad de representante de los vecinos de San Isidro, la Municipalidad tiene entre sus objetivos, esti-mular y reconocer los méritos y valores de personas, em- presas e instituciones nacionales o extranjeras, que se han distinguido en forma extraordinaria en la realización de sulabor o de sus obras, enriqueciendo e innovando sustan-cialmente las actividades empresariales, culturales, cientí-ficas, profesionales, cívicas y filantrópicas; Que, teniendo en cuenta que el olivo representa la paz y armonía y por ser el Bosque "El Olivar" símbolo del distrito, declarado Monumento Nacional por Resolución Suprema Nº5773 del 16 de diciembre de 1959; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA DISTINCIÓN DE "LA ORDEN DEL OLIVO" EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- Instaurar la Distinción de "La Or- den del Olivo" en el distrito de San Isidro; Artículo Segundo.- La distinción de la Orden del Olivo se confiere mediante Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- Aprobar el Reglamento para el otor- gamiento de la distinción de "La Orden del Olivo". POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla Dado en San Isidro, a los diez días del mes de febrero del año dos mil cuatro. JORGE SALMON JORDÁN Alcalde 04706