Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2005 (06/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2005

Articulo 4º.- Asignacion de terreno de valor equivalente La SBN, en su calidad de administradora de la propiedad estatal, determinara la aplicacion de lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 2º de la Ley Nº 28201, en caso corresponda. Articulo 5º.- Financiamiento La construccion del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) sera financiado con la venta por subasta publica del inmueble de la actual Sede Central del INDECI, asi como con recursos provenientes de la cooperacion internacional, para lo cual la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI coadyuvara en la captacion de recursos u otras MORDAZA de financiamiento. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 06732

- El Presidente del Consejo de Participacion de la Juventud; - El Vicepresidente del Consejo de Participacion de la Juventud; - El Secretario del Consejo de Participacion de la Juventud; y, - El Tesorero del Consejo de Participacion de la Juventud; Articulo 2º.- Dejar sin efecto las designaciones efectuadas por las Resoluciones Supremas Nºs. 083-2003PCM, 065-2004-PCM, 071-2004-PCM, 109-2004-PCM y 325-2004-PCM. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06735

Aprueban Adenda de Convenio suscrito entre el INEI y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas
RESOLUCION SUPREMA Nº 085-2005-PCM MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 254-2004-PCM se aprobo el Convenio de Administracion de Recursos celebrado entre el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas, con el proposito de fortalecer las capacidades de gestion y administracion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, para llevar adelante las actividades preparatorias del X Censo de Poblacion y V de Vivienda; Que, se ha celebrado la Adenda Nº 01 al Convenio en mencion, la cual amplia su objeto a la ejecucion del X Censo de Poblacion y V de Vivienda; Que, la Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que las adendas y revisiones a los Convenios de Administracion de Recursos u otras modalidades similares que amplien su vigencia o que modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente deben ser aprobadas por Resolucion Suprema; Estando a la opinion favorable de la Oficina Tecnica de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion Tecnica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adenda al Convenio de Administracion de Recursos celebrado entre el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 254-2004-PCM, la misma que amplia su objeto. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06736

Designan miembros del Comite de Coordinacion del Consejo Nacional de la Juventud
RESOLUCION SUPREMA Nº 084-2005-PCM MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 7º de la Ley Nº 27802 - Ley del Consejo Nacional de la Juventud CONAJU, en concordancia con el articulo 46º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002PCM, el Comite de Coordinacion del CONAJU esta conformado por nueve (9) miembros designados por Resolucion Suprema, siendo ellos el Presidente de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, cuatro viceministros de Estado y el Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Secretario del Consejo Directivo del Consejo de Participacion de la Juventud; Que, siendo que la Ley y su Reglamento se refieren expresamente a cargos en la conformacion del Comite de Coordinacion del CONAJU, con independencia de las personas que los ocupen, resulta pertinente que su designacion se efectue en el mismo sentido; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27802 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a las siguientes personas como miembros integrantes del Comite de Coordinacion del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU: - El Presidente de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, quien la presidira; - El Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion; - El Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; - El Viceministro de Salud del Ministerio de Salud; - El Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;

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