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PÆg. 290194 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de abril de 2005 Artículo 4º.- Asignación de terreno de valor equi- valente La SBN, en su calidad de administradora de la pro- piedad estatal, determinará la aplicación de lo dispuestoen el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 28201, en caso corresponda. Artículo 5º.- Financiamiento La construcción del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) será financiado con la venta por subasta pública del inmueble de la actual Sede Central del INDECI, así como con recursos provenientes de lacooperación internacional, para lo cual la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI coadyuvará en la cap- tación de recursos u otras fuentes de financiamiento. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exte-riores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de abril del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 06732 Designan miembros del ComitØ de Coordinación del Consejo Nacional dela Juventud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 084-2005-PCM Lima, 5 de abril de 2005CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 7º de la Ley Nº 27802 - Ley del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU, en concordancia con el artículo 46º de su Re- glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, el Comité de Coordinación del CONAJU está con- formado por nueve (9) miembros designados por Resolu- ción Suprema, siendo ellos el Presidente de la ComisiónNacional de la Juventud - CNJ, cuatro viceministros de Estado y el Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Se- cretario del Consejo Directivo del Consejo de Participa-ción de la Juventud; Que, siendo que la Ley y su Reglamento se refieren expresamente a cargos en la conformación del Comitéde Coordinación del CONAJU, con independencia de las personas que los ocupen, resulta pertinente que su designación se efectúe en el mismo sentido; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27802 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a las siguientes personas como miembros integrantes del Comité de Coordinación del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU: - El Presidente de la Comisión Nacional de la Juven- tud - CNJ, quien la presidirá; - El Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministe- rio de Educación; - El Viceministro de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo; - El Viceministro de Salud del Ministerio de Salud;- El Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;- El Presidente del Consejo de Participación de la Juventud; - El Vicepresidente del Consejo de Participación de la Juventud; - El Secretario del Consejo de Participación de la Ju- ventud; y, - El Tesorero del Consejo de Participación de la Ju- ventud; Artículo 2º.- Dejar sin efecto las designaciones efec- tuadas por las Resoluciones Supremas Nºs. 083-2003- PCM, 065-2004-PCM, 071-2004-PCM, 109-2004-PCM y 325-2004-PCM. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06735 Aprueban Adenda de Convenio suscri- to entre el INEI y el Fondo de Pobla-ción de las Naciones Unidas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2005-PCM Lima, 5 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 254-2004-PCM se aprobó el Convenio de Administración de Recursos ce- lebrado entre el Instituto Nacional de Estadística e Informá- tica y el Fondo de Población de las Naciones Unidas, con elpropósito de fortalecer las capacidades de gestión y admi- nistración del Instituto Nacional de Estadística e Informáti- ca, para llevar adelante las actividades preparatorias del XCenso de Población y V de Vivienda; Que, se ha celebrado la Adenda Nº 01 al Convenio en mención, la cual amplía su objeto a la ejecución del XCenso de Población y V de Vivienda; Que, la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto es-tablece que las adendas y revisiones a los Convenios de Administración de Recursos u otras modalidades similares que amplíen su vigencia o que modifiquen oañadan metas no contempladas originalmente deben ser aprobadas por Resolución Suprema; Estando a la opinión favorable de la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la adenda al Convenio de Ad- ministración de Recursos celebrado entre el InstitutoNacional de Estadística e Informática y el Fondo de Po- blación de las Naciones Unidas, aprobado por Resolu- ción Suprema Nº 254-2004-PCM, la misma que amplíasu objeto. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06736