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PÆg. 290204 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de abril de 2005 Sectoriales continuarán en sus funciones bajo depen- dencia administrativa del Gobierno Regional y depen- dencia técnica y funcional del correspondiente sector del Gobierno Nacional; Que en el artículo 9º numeral 9.1 del Decreto Supre- mo Nº 043-2004-PCM -Aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignaciónde Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública -, se señala que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demás entidades con dependen-cia funcional y técnica con el Gobierno Nacional, la cla- sificación de cargos es aprobada por los respectivos Ministerios. Asimismo, en el artículo 14, numeral 14.5,se señala que para el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demás entidades que mantienen dependen- cia funcional y técnica con los Ministerios, el proyecto deCAP se elabora en conformidad con las disposiciones complementarias que establezca el respectivo Ministe- rio, debiendo el órgano encargado de dicho Ministerioemitir opinión previa; Que, a través de la Primera Disposición Complemen- taria del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se delegaa los Ministerios la facultad de dictar disposiciones com- plementarias para la elaboración de este documento de gestión de las Direcciones Regionales Sectoriales; Que, en consecuencia resulta necesario expedir la Resolución Ministerial que aprueba las Disposiciones Complementarias estableciendo los criterios para laelaboración de los CAP de las Direcciones Regionales de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Ofici- na General de Planificación y Presupuesto - OGPP, la Oficina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional - ONACOSPI y la Oficina General de Ase-soría Jurídica - OGAJ; De conformidad con la Ley Nº 27902, el Decreto Su- premo Nº 043-2004-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 175-2003- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las Disposiciones Comple- mentarias que establecen los criterios para la elabora- ción de los Cuadros para Asignación de Personal de las Direcciones Regionales de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, descritos en el Anexo adjunto a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS QUE ESTABLECEN CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP- DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO CAPÍTULO I: RESPONSABILIDADES Artículo 1º.- El Ministerio de Vivienda, Construc- ción y Saneamiento establece los lineamientos de polí- tica del Sector, los mismos que deberán ser aplicadospor las Direcciones Regionales de Vivienda, Construc- ción y Saneamiento (DRVCS) en el ámbito de su compe- tencia. Artículo 2º.- La Oficina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional (ONACOSPI) será la responsable de difundir los lineamientos de política delsector a las DRVCS y brindar el apoyo necesario que éstas requieran para el cumplimiento de la presente nor- ma. Artículo 3º.- La Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de la Unidad de Planificación,Programación y Racionalización, es el órgano encarga- do de emitir opinión técnica - favorable a los Proyectos de CAP de las DRVCS. Cabe señalar que dicha opinión,no conlleva una habilitación presupuestal por parte del Ministerio. Artículo 4º.- El órgano de racionalización del Gobier- no Regional o de quien haga sus veces es el encargadode la conducción del proceso de elaboración y formula- ción del CAP de las DRVCS. CAPÍTULO II: SOBRE LA ELABORACIÓN DEL CAP Artículo 5º.- Lineamientos de Política Para la elaboración del CAP de las DRVCS se debe- rán considerar los lineamientos establecidos en el PlanEstratégico Sectorial Multianual 2004-2006, aprobados con la Resolución Ministerial 280A-2003-VIVIENDA y la reformulación 2005 de los mismos. Artículo 6º.- De los criterios para la elaboración del CAP Para la elaboración del CAP las DRVCS se deberá seguir los criterios y disposiciones que se detallan en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba loslineamientos para la elaboración y aprobación del Cua- dro para Asignación de Personal - CAP - de las Entida- des de la Administración Pública. CAPÍTULO III: SOBRE EL PROCEDIMIENTO Artículo 7º.- Procedimiento El Proyecto de CAP se presentará ante la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, contando necesariamente con los siguientes documentos: - El Proyecto de CAP visado por la respectiva DR- VCS y por el órgano de asesoría jurídica del Gobierno Regional conforme a los formatos y anexos estableci-dos por la Presidencia del Consejo de Ministros de conformidad con el artículo 11º, inciso h) del D.S. Nº 043-2004-PCM. - El Informe Técnico y el Informe Legal elaborados por las áreas correspondientes. - El Reglamento de Organización y Funciones de la DRVCS, adjuntando la copia fedateada de la Ordenanza Regional con la que fue aprobado. - El organigrama vigente aprobado.- De existir, el Cuadro para Asignación de Personal vigente, debidamente visado. - El Plan Operativo de la DRVCS debidamente visado por el órgano encargado de la Planificación del Gobierno Regional o el que haga sus veces. - Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional. CAPÍTULO IV: SOBRE EL CLASIFICADOR DE CARGOS Artículo 9º.- La clasificación de cargos del CAP de las DRVCS se realizará de acuerdo a lo estableci- do en el Manual Normativo de Clasificación de Cargos de la Administración Pública, vigente a la fecha, y te-niendo en cuenta las necesidades de cada Dirección Regional para el eficiente y eficaz cumplimiento de sus objetivos. CAPÍTULO V: SOBRE LA PUBLICACIÓN DEL CAP DE LAS DRVCS Artículo 10º.- Las DRVCS deberán efectuar la publicación de su CAP en el Portal del Gobierno Regionaly del Ministerio, de acuerdo a los plazos establecidos por la Presidencia del Consejo de Ministros. Para efectos de su publicación en el Portal del Minis- terio, la DRVCS deberá realizar las coordinaciones necesarias a través de la ONACOSPI, con la Unidad de Comunicación Institucional y la Oficina General deEstadística e Informática, encargadas de velar por el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Ministerio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las DRVCS que cuenten con CAP vigente a la fecha, tendrán un plazo máximo de adecuación a los presentes lineamientos hasta mayo del 2005.