TEXTO PAGINA: 32
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G31/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 19 de abril de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 353-2005-DA/MDB Breña, 11 de abril del 2005 VISTO: El Informe Nº 003-2005-CPPAD, de fecha 8 de abril del 2005 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 53-2005-DA/ MDB, de fecha 3 de febrero del 2005, se apertura Proceso Administrativo Disciplinario al servidor FELIX RICKY CANCHARI FLORES, por la comisión de presunta falta dis-ciplinaria; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administra- tivos Disciplinarios con fecha jueves 10 de febrero del 2005,mediante la publicación de una NOTIFICACIÓN en el Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano, hace de cono- cimiento al servidor FELIX RICKY CANCHARI FLORES,que mediante Resolución de Alcaldía Nº 53-2005-DA/MDB, de fecha 3 de febrero del 2005, notificada el 7 de febrero en su domicilio señalado en el legajo personal, se le haaperturado PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, otorgándosele el plazo de 5 días hábiles para realizar sus descargos correspondientes; Que, a mérito del Informe Nº 095-2005-U.P.-SGA-GAR/ MDB, de la Unidad de Personal, la Comisión Permanen- te de Procesos Administrativos Disciplinarios, notifica víaCarta Notarial de fecha 28 de febrero del 2005 al Sr. Félix Ricky Canchari Flores; así como a través de la NOTIFICACIÓN publicada en el Diario Oficial El Perua-no, en la Sección de Boletín Oficial pág. 4, de fecha 26 de febrero del 2005 indicando que teniendo en conside- ración que al procesado se le ha extendido por el Hospi-tal Edgardo Rebagliati Martins un Certificado de Incapa- cidad Temporal para el Trabajo-ESSALUD que vence el 26 de febrero del 2005, lo cual genera una interrupcióndel plazo para procesarlo, la Comisión Permanente ha establecido como fecha de inicio del proceso el día 28 de febrero del 2005 y su término 12 de abril del 2005,otorgándosele a partir del 28 de febrero del 2005, 5 días hábiles para su descargo; Que, el procesado FELIX RICKY CANCHARI FLORES, no ha desvirtuado los cargos imputados por el Organo de Control Interno, el mismo que determina indi- cios razonables de comisión de delito y responsabilidadcivil, lo cual fue materia del Informe Especial y asimismo, por incurrir en prácticas administrativas que determina- ron su recategorización sin el sustento legal, beneficián-dose económicamente en desmedro del erario munici- pal, conforme se desprende de las pág. 102 y 103 del Informe Nº 006-2003-02-2151 de fecha 6 de febrero del2004 "Informe Largo de Auditoría a los Estados Finan- cieros del año 2002", el mismo que constituye prueba preconstituída conforme al Reglamento de la Ley deBases de la Carrera Administrativa aprobado por Decre- to Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en consecuencia atendiendo a las recomendacio- nes expuestas por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Breña, y de conformidad con el Artículo 159º del Decreto SupremoNº 005-90-PCM, los hechos expuestos constituyen falta grave disciplinaria sancionable con destitución del servidor y de acuerdo al Art. 170º de la norma acotada en el queestablece que es prerrogativa del Titular de la entidad de- terminar el tipo de sanción a aplicarse; Estando a lo expuesto y en aplicación de los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 005-90-PCM y en uso de las atribuciones con- feridas por el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Ley Nº 27972;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer SANCIÓN DISCIPLINARIA DE DESTITUCIÓN Sr. FELIX RICKY CANCHARI FLORES,servidor contratado permanente de la Municipalidad de Breña por la comisión de falta grave disciplinaria conforme a los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del Decreto Legisla-tivo Nº 276-Ley de Bases de la Carrera Administrativa, quedando inhabilitado de reingresar a la Administración Pública por espacio de cinco años consecutivos a partir deldía siguiente de su notificación formal, en observancia de la Ley Nº 26488. Artículo Segundo.- DISPONER que la Procuraduría Pública Municipal, inicie las acciones legales derivadas del presente proceso. Artículo Tercero.- DISPONER que el Sr. FELIX RICKY CANCHARI FLORES, cumpla con efectuar la devolución de las remuneraciones percibidas indebidamente confor- me a la Liquidación que efectúe la Unidad de Tesoreríadesde la fecha de la "recategorización". Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Admi- nistración de Recursos, Unidad de Personal y Unidad deTesorería el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General de la Municipalidad de Breña, la notificación de la presenteResolución, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSE VILCA MELENDEZ Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 07492 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G74/G69/G6E/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G6E/G65/G2D /G72/G6F/G73/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61/G20/G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G61 ORDENANZA Nº 188 Miraflores, 12 de abril de 2005 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fe- cha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipali- dades son órganos de gobierno local; con autonomía po- lítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, asimismo, el artículo 74º del mismo cuerpo legal, otorga potestad a los gobiernos locales, potestad que esreconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias y derechos, dentro delos límites establecidos por Ley; Que, el artículo 40º de la mencionada Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas son normasde carácter general, por medio de las cuales se regula las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el numeral 5) del artículo 27º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, señala que las deudas de cobranza onerosa, se extinguen por Resolución de la Ad-ministración Tributaria, señalándose que las deudas de recuperación onerosa, son aquellas que constan en las respectivas Resoluciones u Órdenes de Pago y cuyos montosno justifican su cobranza; Que, la Gerencia de Ejecutoría Coactiva tramita procedi- mientos de ejecución coactiva sobre montos menores o