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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (19/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G31/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 19 de abril de 2005 cipalidades provinciales y distritales, son órganos de go- bierno local y tienen autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 92º de la Ley Nº 27972, establece que toda obra de construcción, reconstrucción, conservación, refacción o modificación de inmueble, sea pública o priva- da, requiere de licencia del gobierno local, dentro de cuyajurisdicción se halla el inmueble; Que, con fecha 28 de febrero de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 136-MPL, lacual entre otros aspectos, aprueba y declara de interés prioritario, la actualización catastral en el distrito de Pueblo Libre y concede beneficios administrativos y tributarios alos contribuyentes que brinden las facilidades para la fisca- lización de sus predios y culminen con su firma, el proceso de actualización catastral; Que, debido al interés existente entre los vecinos, respecto al beneficio administrativo y a la existencia de propietarios que expresan su voluntad de regularizar susituación legal ante nuestra institución edil, urge la ne- cesidad de seguir otorgando este beneficio que permita llegar a un mayor número de vecinos y al mismo tiempo,que permita actualizar la información de nuestros regis- tros; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter gene-ral, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,aprobó la siguiente: ORDENANZA CAPÍTULO I OBJETO Artículo Primero.- La presente ordenanza tiene por objeto otorgar beneficios administrativos y tributarios, atodas las personas que habiendo realizado ampliaciones, modificaciones, remodelaciones y/o demoliciones en inmue- bles, sin contar con autorización municipal, deseen regula-rizar su situación ante la Municipalidad. Los beneficios comprenden las infracciones correspon- dientes a los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004. CAPÍTULO II NATURALEZA DE LOS BENEFICIOS Artículo Segundo.- El beneficio administrativo consiste en la exoneración de las multas administrativas impuestaspor cualquiera de las circunstancias descritas en el artículo primero. La regularización se llevará a cabo, conforme al proce- dimiento establecido en el artículo quinto de la presente ordenanza, debiendo la Municipalidad, disponer la entre- ga gratuita del formulario único oficial. Artículo Tercero.- El beneficio tributario consiste en la condonación de las multas tributarias, factor de ajuste o factor de actualización e intereses moratorios que se gene-ren por concepto de impuesto predial y arbitrios municipa- les. Los beneficios tributarios están dirigidos a: 1.Las ampliaciones y modificaciones de las áreas cons- truidas y que no hayan sido actualizadas en su declaraciónjurada del impuesto predial. 2.Las nuevas edificaciones construidas por las que no han presentado su declaración jurada del impuesto pre-dial, incluidas las que se encuentren en proceso de ejecu- ción y que no han declarado el aumento de valor, por el avance de la construcción. Este beneficio comprende las infracciones tributarias cometidas hasta el año 2004. CAPÍTULO III REQUISITOS DEL BENEFICIO Artículo Cuarto.- Los interesados en acogerse al pre- sente beneficio administrativo, para la regularización deLicencia de Obra, (Regularización de modificaciones, am- pliaciones, construcciones nuevas y demoliciones), podrán presentar declaración jurada de cumplir con adecuarse al procedimiento establecido en la presente Ordenanza, ad-juntando en un plazo máximo de treinta (30) días, los si- guientes requisitos: 1. Hoja de Trámite y Formulario Único Oficial, adjun- tando anexo "D", suscrito por el propietario y el profesional correspondiente. 2. Copia de la Ficha Registral de Propiedad actualiza- da. 3. Recibo de pago por los derechos de Revisión de Proyecto (0.5% del valor de la obra, mínimo 2.5% del UIT). 4. Plano de localización y ubicación, planos de Arqui- tectura (incluyendo planta, cortes y elevaciones) a escalaconveniente. 5. Carta de responsabilidad, suscrita por arquitecto o ingeniero. 6. Autorización de la Junta de Propietarios o de los copropietarios, en caso de ser necesario. 7. Declaración de fábrica cuando se trate de amplia- ciones, remodelaciones y/o reparaciones. 8. Pago del derecho de Licencia (2.5% del valor de la obra, mínimo 2.5% del UIT). CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTOS Artículo Quinto.- Para los casos descritos en la presente Ordenanza, el procedimiento será totalmentesimplificado, debiendo la Municipalidad revisar, dictaminar y liquidar los expedientes técnicos que serán revisados y evaluados en un plazo no mayor de veinte (20) díascalendario. Las observaciones a los expedientes técnicos desapro- bados u observados, deberán realizarse necesariamentemediante una esquela. CAPÍTULO V DISPOSICIONES FINALES Primera.- El plazo para acogerse al beneficio será de seis (6) meses, a partir de la publicación de la presente Ordenanza. Segunda.- Para los efectos de la presente ordenanza, será de aplicación el Decreto de Alcaldía Nº 004-2004- MPL, que aprobó el Reglamento de la Ordenanza Nº 140-MPL. Tercera.- Están comprendidos dentro de los alcances de la presente norma, los expedientes técnicos de regula- rización de licencia de obra, que cuenten con los requisitosexigidos y que hayan sido presentados a partir del 1 de abril de 2005. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 07499 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79 /G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G74/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F /G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 059-MDPP Puente Piedra, 14 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA