TEXTO PAGINA: 4
PÆg. 298056 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de agosto de 2005 nes involucradas a través del crecimiento económi- co, la competitividad y la complementariedad de acti-vidades; Que, la formulación del Plan determina la pertinencia de conformar una Comisión Intergubernamental de AltoNivel integrada por representantes de los tres niveles de gobierno, la misma que estará presidida por el Consejo Nacional de Descentralización, en tanto organismo decarácter intergubernamental que dirige y conduce losprocesos de descentralización y de regionalización, quetiene como funciones, de conformidad con los incisos c)y e) del artículo 24º de la Ley Nº 27783, el coordinar los planes de desarrollo nacional, regional y local, así como el coordinar y articular políticas y planes de gestión des-centralizada; y, En uso de las atribuciones conferidas por los nu- merales 3), 15) y 24) del artículo 118º de la Constitu-ción Política del Perú, y de conformidad con lo esta- blecido por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Des- centralización, Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo, Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales, y Ley Nº 27972, Ley Orgáni-ca de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto de la norma Disponer la formulación de un plan de desarrollo de los corredores económico productivos del área de influencia de la Carretera Interoceánica que unirá a la República del Perú con la República Federativadel Brasil, que comprende a los departamentos deApurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancaveli-ca, Ica, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna, ycuya denominación será "Plan de Desarrollo de los Corredores Económico-Productivos del Sur". El objetivo general del Plan será desarrollar la capa- cidad productiva y exportadora en las circunscripcionesterritoriales antes señaladas, de manera tal que se ele-ven las condiciones de vida de las poblaciones involu-cradas a través del crecimiento económico, la competi- tividad, la complementariedad de actividades, así como el desarrollo social sustentable de sus áreas de influen-cia. Artículo 2º.- Creación de Comisión Interguber- namental de Alto Nivel Constituir la Comisión Intergubernamental de Alto Nivel encargada de la formulación del "Plan deDesarrollo de los Corredores Económico-Productivosdel Sur", la misma que estará conformada de la si-guiente manera: a. El Presidente del Consejo Nacional de Descen- tralización, quien la presidirá. b. Por el Gobierno Nacional: Los Viceministros de Agricultura, Comercio Exterior, Economía, Energía,Minas, Educación, Vivienda y Construcción, Produc-ción, Transportes y Turismo, el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Presiden- te del Directorio de la Corporación Financiera deDesarrollo - COFIDE y el Director Ejecutivo de laAgencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN. c. Por los Gobiernos Regionales: Los Presidentes Regionales de los departamentos de Apurímac,Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna. d. Por los Gobiernos Locales: Los Alcaldes Pro- vinciales de las ciudades capitales de los departa- mentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco,Huancavelica, Ica, Madre de Dios, Moquegua, Punoy Tacna. Artículo 3º.- Instalación de la Comisión La instalación de la Comisión Intergubernamental de Alto Nivel se realizará en la fecha que convoque su Pre- sidente, lo cual deberá ocurrir dentro de los siete (7)días hábiles posteriores a la fecha de vigencia del prese-nte Decreto Supremo.Artículo 4º.- Plazo para la formulación del Plan y de su aprobación La formulación del "Plan de Desarrollo de los Corre- dores Económico-Productivos del Sur" deberá con-cluir en un plazo máximo de ciento veinte (120) díascalendario computados a partir de la instalación de la Comisión Intergubernamental de Alto Nivel. El citado Plan será aprobado conforme a lo dispuesto por elartículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Po-der Ejecutivo. Artículo 5º.- Financiamiento del Plan Corresponde a cada Pliego Presupuestal asumir los costos que demande la participación de su respectivorepresentante en la Comisión a que se refiere el artículo2º del presente Decreto Supremo. Artículo 6º.- Participación de otras entidades Los Titulares de los demás Ministerios no com- prendidos en la Comisión a que se refiere el artículo2º del presente Decreto Supremo, así como los Titula-res de los organismos adscritos a todos los Secto-res del Gobierno Nacional, quedan obligados, bajoresponsabilidad, a prestar su concurso a sólo requerimiento de la Comisión Intergubernamental de Alto Nivel. Cuando el caso lo requiera, la Comisión Interguber- namental de Alto Nivel, a través de su Presidente, podrásolicitar a otros organismos, instituciones, gremios, co-operación técnica y financiera internacional y entidades en general, públicas o privadas, y a especialistas, el asesoramiento, información y/o apoyo necesarios parael cumplimiento de su labor. Artículo 7º.- Informes al Consejo de Ministros El Presidente de la Comisión informará periódicamente al Consejo de Ministros sobre la formulación del Plan. Artículo 8º.- Disposiciones complementarias El Despacho Presidencial del Consejo Nacional de Descentralización queda encargado de dictar las disposi-ciones necesarias para la aplicación del presente De- creto Supremo. Artículo 9º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13742 Derogan D.S. N” 024-2003-PCM que autorizó transferencia de personal del Instituto Nacional de Salud al PRONAA DECRETO SUPREMO Nº 060-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 034-2002-PCM, se dispuso fusionar, bajo la administración del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social, a los siguientes Programas acargo del Instituto Nacional de Salud del Ministerio deSalud: Programa de Alimentación y Nutrición al Menoren Abandono y en Riesgo (PROMARN), Programa de Alimentación y Nutrición a la Familia en Alto Riesgo (PAN- FAR), Programa de Complementación Alimentaria paraGrupos en Mayor Riesgo (PACFO), Programa de Desa-