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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2005 (14/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G35/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de enero de 2005 SIA FRANCESA), Hawai y San Diego - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y Acapulco - MÉXICO; con un total de DIECIO-CHO (18) días de Estadía en Puerto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de servidores y funcio- narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de De-fensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modi- ficado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004-PCM de fecha 23 de diciembre del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Personal Superior, Subalterno y Civil destacadoy dotación del B.A.P. "MOLLENDO" (ATC-131); Cadetes deCuarto y Segundo Año de la Escuela Naval del Perú; Perso-nal Superior y Cadetes del Ejército y Fuerza Aérea del Perú;Cadetes de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almi- rante Miguel Grau", Alumnos de la Academia Diplomática y Cadetes de la Armada Boliviana, de acuerdo a la RelaciónNominal del Anexo (1), a bordo de la referida Unidad, a finque participen en el Crucero de Instrucción al ExtranjeroAño 2005, del 14 de enero al 18 de marzo del 2005, conarribo a los puertos de Iquique - CHILE, Papeete - TAHITI (POLINESIA FRANCESA), Hawai y San Diego - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y Acapulco - MÉXICO. Artículo 2º.- Autorizar el pago de la cantidad de SE- TENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TRES CON 00/100DÓLARES AMERICANOS (US$ 78,903.00), por NUEVE(9) días de Estadía en Puerto Extranjero al Personal seña- lado en el Anexo de la presente Resolución Suprema, según lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exteriordel Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 deenero del 2004 y modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004, en lo referente a Comisiones del Servicio a bordo de Unidades Navales. Artículo 3º.- El Personal que se indica en el Artículo 1º de la presente Resolución revistará en la Dirección Generaldel Personal de la Marina, por el período que dure la citadaComisión del Servicio. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 5º.- El Oficial más antiguo deberá cumplir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º del Decreto Su-premo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 yCuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 00816 ECONOMÍA Y FINANZAS /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G64/G65/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G69/G65/G72/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2005-EF/10 Lima, 12 de enero de 2005Vista la Nota Nº 001-2005-EF/15 del 7 de enero de 2005 del Viceministro de Economía, sobre designación derepresentante del Ministerio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 008-2002-EF/10 del 10 de enero de 2002 se designó al señor Milton Von HesseLa Serna como representante del Ministerio de Economíay Finanzas ante el Consejo Consultivo para la ejecución de la Segunda Etapa del Proyecto de Titulación y Registro de Tierras - PTRT2, constituido mediante la Resolución Ministe-rial Nº 1212-2001-AG; Que, según la Nota de Visto se ha estimado conveniente dejar sin efecto la mencionada designación y se designe asu reemplazante; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación del señor Milton Von Hesse La Serna como representante del Minis- terio de Economía y Finanzas ante el Consejo Consultivopara la ejecución de la Segunda Etapa del Proyecto deTitulación y Registro de Tierras - PTRT2, dándosele lasgracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Miguel Prialé Ugás como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Consultivo para la ejecución de la SegundaEtapa del Proyecto de Titulación y Registro de Tierras -PTRT2, constituido mediante la Resolución Ministerial Nº1212-2001-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 00747 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G61/G72/G65/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G6A/G65/G74/G6F/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F /G64/G65/G20/G71/G75/G65/G6A/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2005-EF/10 Lima, 12 de enero de 2005 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el Country Club de Villa, Asociación Civil contra el Tribunal Fiscal; CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de noviembre de 2004, el Country Club de Villa, Asociación Civil presentó recurso de queja contra el Tribunal Fiscal ante el Ministro de Economía, por no haber resuelto dentro del plazo señalado en el artículo150º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, elrecurso de apelación interpuesto contra el Acuerdo Nº 044-019-2003 del Directorio del Servicio de Agua Potable yAlcantarillado de Lima- SEDAPAL, sobre categoría asigna- da para la determinación del tributo por uso y/o extracción de aguas subterráneas; Que, del descargo del Tribunal Fiscal, contenido en su Informe Nº 102-2004-EF/41.09.4 de fecha 28 de diciembrede 2004, se desprende que la falta de resolución de laapelación interpuesta por la quejosa, se explica por la gran carga procesal que soporta el Tribunal Fiscal producto del incremento de la actividad fiscalizadora de las administra-ciones tributarias, lo que constituye causa justificada enlos términos de lo expresado por el último párrafo del artí-culo por el artículo 144º del Texto Único Ordenado delCódigo Tributario; Que, el Informe Nº 002-2004-DEFCON de la Defenso- ría del Contribuyente y del Usuario Aduanero, emitido con-forme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF, sostiene que la gran carga procesal que soporta elTribunal Fiscal es causa justificada eximente de responsa- bilidad como lo establece el último párrafo del artículo 144º del Texto Único Ordenado del Código Tributario y que talcircunstancia habría conducido a declarar infundada la