Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2005 (14/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 14 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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el Viceministerio de Turismo, dentro el plazo de quince (15) dias habiles de notificada la presente resolucion. Comuniquese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo
ANEXO I MAQUINAS TRAGAMONEDAS A DECLARARSE EN ABANDONO ITEM 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 MORDAZA ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT ARISTOCRAT IGT IGT IGT IGT BALLY Nº SERIE EU3208 EU3607 1-56217 CQ 2205V 01-55281 CU 2114V 01-55339 CS3445 CQ 1245 CU 4277 V V56202 CU5049V CR 4317 CS 2090 ET 1235 ET 1177 Ilegible CS 1929 FR 2884 CR 2145 CR 1752 CV 3955 158239 159208 139193 147068 V2337-5

00622 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 335-2004-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 9 de agosto de 2004 Vistos, el Acta de Comiso y Clausura Nº 0005-2003MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT de fecha 10.12.2003 a nombre de la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A., con relacion a la infraccion tipificada en el literal a) del articulo 45º de la Ley Nº 27153, modificada por Ley Nº 27796; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 24º de la Ley Nº 27153, modificada por Ley Nº 27796, corresponde a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion, fiscalizacion, supervision, evaluacion y sancion vinculadas a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del articulo 45.2 de la Ley Nº 27153, modificada por Ley Nº 27796, explotar juegos de casino y maquinas tragamonedas sin contar previamente con la autorizacion correspondiente, califica como una infraccion administrativa sancionable; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 66º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, Reglamento de la Ley, toda accion u omision del titular, dependientes o de cualquier persona natural o juridica que importe la violacion de las normas administrativas contenidas en la Ley, Reglamento y Directivas constituye infraccion administrativa sancionable; Que, la Direccion Nacional de Turismo es competente para clausurar aquellas MORDAZA de juego que no cuentan con autorizacion expresa de explotacion, asi como proceder al comiso de las maquinas tragamonedas utilizadas, de acuerdo a lo establecido en los literales i) y k) del articulo 25º de la Ley Nº 27153, modificada por Ley

Nº 27796, concordantes con el literal e) del articulo 74º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, Reglamento de la Ley; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 887-2003MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 19 de noviembre del 2003, se resolvio sancionar a la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. por explotar maquinas tragamonedas en el establecimiento ubicado en Av. Los Proceres Nº 4980 (ex Huandoy) distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Acta de Comiso y Clausura Nº 00052003-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT de fecha 10.12.2003 se llevo a cabo la diligencia de Clausura del establecimiento infractor asi como el comiso de dieciocho (18) maquinas que se encontraban en explotacion; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 75º del Reglamento, la devolucion de maquinas tragamonedas comisadas procede a solicitud del infractor dentro del plazo de treinta (30) dias debiendo acreditar para tal fin ante la D.N.T. la posesion o propiedad sobre los juegos de casino y/o maquinas tragamonedas comisadas. Una vez acreditada la propiedad o posesion, corresponde al infractor cancelar las multas u otras sanciones pecuniarias y los gastos que origino la ejecucion del comiso. Entretanto los bienes permanecen en los depositos designados por la D.N.T , bajo cuenta, costo y riesgo del infractor; Que, mediante Expediente Nº 000138-2004-MINCETUR se presenta la empresa IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA MORDAZA E HIJOS S.R.L. solicitando se deje sin efecto la Resolucion Directoral Nº 887-2003-MINCETUR/VMT/ DNT por haberse ejecutado equivocadamente en su establecimiento el cual tiene otra direccion que la indicada en la citada Resolucion; Que, mediante Oficio Nº 219-2004-MINCETUR/VMT/ DNT-DJCMT notificado el 01.03.2004 se emite respuesta a la solicitud presentada por IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA MORDAZA E HIJOS senalando que en la ejecucion de la referida sancion administrativa estuvo presente el representante del Ministerio Publico quien emitio el Acta Fiscal donde consta que la direccion del inmueble objeto de la diligencia es Av. Huandoy Nº 4980, demostrando de esta manera que la ejecucion de la resolucion se efectuo en la direccion correcta. Asimismo que la empresa Linomax S.A. mediante Expediente Nº 019400­2003 de fecha 21.10.2003 realiza descargo al Oficio Nº 1243-2003-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT confirmando de esta manera que venia explotando maquinas tragamonedas en la mencionada direccion, quedando demostrado por estos motivos que Inversiones Linomax S.A. constituia la empresa infractora conforme lo senalado en el Acta de Constatacion Tecnica Nº 1982003-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT; Que, habiendose vencido en exceso el plazo contemplado en la MORDAZA reglamentaria para solicitar la devolucion de las dieciocho (18) maquinas tragamonedas comisadas corresponde declarar el abandono de las mismas segun el Anexo adjunto a la presente Resolucion; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153, modificada por Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR y en la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 066-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/ AL; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar el ABANDONO de las maquinas tragamonedas contenidas en el Anexo de la presente resolucion, comisadas en ejecucion de la Resolucion Directoral Nº 887-2003-MINCETUR/VMT/DNT de fecha 19.11.2003 que sanciono a la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. por explotacion no autorizada de sala de juegos. Articulo 2º.- De conformidad con lo establecido en el numeral 24.2 del articulo 24º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, contra la presente resolucion procede la interposicion de los recursos de reconsideracion ante la Direccion Nacional de Turismo, y de apelacion ante el Viceministerio de Turismo, dentro el plazo de quince (15) dias habiles de notificada la presente resolucion. Comuniquese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo

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