Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2005 (21/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de enero de 2005

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
Dictan disposiciones destinadas a la reestructuracion de niveles salariales en entidades y organismos dentro del ambito del Poder Ejecutivo, Entidades de Tratamiento Empresarial y empresas sujetas al FONAFE
(Mediante Oficio Nº 036-2005-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique nuevamente el texto integro del Decreto de Urgencia Nº 001-2005, publicado el 20 de enero de 2005, precisandose que su numeracion correcta corresponde a la de Decreto de Urgencia Nº 003-2005) DECRETO DE URGENCIA Nº 003-2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el desarrollo de una gestion presupuestaria disciplinada debe sujetarse al uso racional, eficiente y eficaz de los escasos recursos publicos, atendiendo de manera estricta al MORDAZA de Equilibrio Presupuestario previsto en el articulo 78º de la Constitucion Politica del Peru y en la MORDAZA I del Titulo Preliminar de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado Ley Nº 27209; Que, atendiendo a la gran dispersion y tratos diferenciados en los niveles de ingresos otorgados por las prestaciones de servicios en el Sector Publico, resulta necesario continuar con las medidas destinadas a la reestructuracion de los niveles salariales de todas las personas que perciban ingresos significativos en las entidades y organismos comprendidos dentro del ambito del Poder Ejecutivo, asi como las Entidades de Tratamiento Empresarial y las empresas del Estado sujetas al FONAFE; Que, por tratarse de medidas de orden economico y financiero necesarias para atender parcialmente gastos prioritarios manteniendo el equilibrio fiscal en la ejecucion del gasto publico, es necesario dictar normas al respecto, de interes nacional con caracter extraordinario y de urgencia; En uso de las facultades conferidas en el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Durante el ejercicio fiscal 2005 ningun servidor o funcionario publico, trabajador o persona que presta servicios al Estado, podra percibir en dinero o en especie, independientemente de la modalidad de pago o Fuente de Financiamiento, ingresos anuales mensualizados iguales o mayores a los percibidos por concepto de Asignacion Mensual MORDAZA correspondiente al cargo de Ministro de Estado, conforme a lo regulado en el Decreto de Urgencia Nº 126-2001 y el Decreto Supremo Nº 073-2002-PCM, ni exceder el monto de ingresos respectivo resultante de la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 016-2003 ni los topes establecidos por dicho dispositivo legal. El Presidente de la Republica, el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Estado, continuaran percibiendo en el 2005 por todo concepto los mismos ingresos mensuales percibidos durante el ano 2004. Articulo 2º.- Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se dictaran las normas complementarias para la aplicacion del presente Decreto de Urgencia.

Articulo 3º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 01349

PCM
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra resolucion del Tribunal Fiscal relativa al pago de Impuesto Predial de inmuebles de propiedad del IRTP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 012-2005-PCM MORDAZA, 17 de enero de 2005 Visto, el Oficio Nº 937-2004-GG/IRTP de la Gerente General (e) del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; CONSIDERANDO: Que, el Informe Legal Nº 065-2004 del Director General de Asesoria Legal del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, senala que el IRTP, en su condicion de Organismo Publico Descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion de Departamento Nº 66-29-00001247 emitida por el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que declaro improcedente la reclamacion interpuesta contra la Orden de Pago Nº 44-11-00362374, girada por concepto de Impuesto Predial correspondiente al Primer Trimestre 2003, por el monto de S/. 3 266,68, por los inmuebles de su propiedad ubicados en la MORDAZA Comandante MORDAZA Paz Nº 1041, la Av. Du Petit Thouars Nº 447 y la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 1040 del Cercado de Lima; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 07969-5-2004, el Tribunal Fiscal resuelve confirmar la Resolucion de Departamento Nº 66-29-00001247, agotando la via administrativa; Que, en tal sentido resulta pertinente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM, que adscribe al Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP al Sector Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo

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