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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2005 (21/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G30/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de enero de 2005 VISTO: El Acta Nº 067-2004-IN-1300 de 7 de octubre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Administrati-vos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos NoPoliciales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la cali-ficación de la denuncia formulada contra el servidor JoséAntonio Ávalos Aguilar, identificado con DNI Nº 09727377,Oficinista III - SAB de la Dirección General de GobiernoInterior destacado a la Dirección General de Migracio-nes y Naturalización; CONSIDERANDO:Que, con Oficio Nº 1358-2004-IN-1201 de 4 de agos- to de 2004, el Procurador Público Adjunto a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio del Interior remitió a laComisión Permanente de Procesos Administrativos Dis-ciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policia-les) en ciento tres (103) folios el expediente relativo a lapresunta comisión de falta de carácter disciplinario porel servidor José Antonio Ávalos Aguilar; Que, el mencionado servidor fue denunciado ante el Director General de Migraciones y Naturalización el 17de diciembre de 2002 por una ciudadana por haber incu-rrido presuntamente en el delito de estafa; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Poli-ciales) mediante Acta Nº 016-2003-IN-1300 de 9 de diciembrede 2003 se pronunció por la no instauración de Proceso Admi-nistrativo Disciplinario al mencionado servidor; Que, la Dirección General de Migraciones y Naturaliza- ción mediante Oficio Nº 1244-2004-IN-1601-SG de 7 deabril de 2004 remitió los actuados a la Procuraduría Públicaa cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior,entre otros el Informe Nº 04-2004-IN-1601-SG; Que, el artículo 173º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM de 15 de enero de 1990 establece que:"El proceso administrativo disciplinario deberá iniciarseen el plazo no mayor de un año (1) contando a partir delmomento en que la autoridad competente tenga conoci-miento de la comisión de la falta disciplinaria, bajo res-ponsabilidad de la citada autoridad. En caso contrario sedeclarará prescrita la acción sin perjuicio del procesocivil o penal a que hubiere lugar"; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor-midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativay de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legis-lativo Nº 276 y en el artículo 173º del Reglamento de laCarrera Administrativa aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aproba-do por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar prescrita la acción administra- tiva iniciada contra el servidor José Antonio Ávalos Agui-lar, identificado con DNI Nº 09727377, Oficinista III - SABde la Dirección General de Gobierno Interior destacadoa la Dirección General de Migraciones y Naturalización. Artículo 2º.- Remitir todos los actuados al señor Procu- rador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-terio del Interior para que en el campo de su competenciainicie las acciones legales a que hubiera lugar. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior proponga la conformación de unaComisión Especial que realice las investigaciones y de-termine las responsabilidades en que habrían incurridofuncionarios y servidores en la prescripción de la pre-sente acción administrativa contra el servidor José An-tonio Ávalos Aguilar. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 01182/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G72/G20/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G70/G72/G6F/G2D/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G49/G73/G69/G64/G72/G6F/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0077-2005-IN Lima, 14 de enero del 2005 Visto, el Oficio Nº 265-2004-IN-1201 del 27 de octu- bre del 2004, mediante el cual el Procurador Público acargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interiorsolicita Resolución Autoritativa para que inicie las accio-nes legales para que se declare al Estado propietario delinmueble que viene ocupando la Comisaría de Orrantiadel Mar ubicado en la calle Dionisio Anchorena Nºs. 351-357, San Isidro desde el año 1959. CONSIDERANDO: Que, el artículo 950º del Código Civil, establece que la propiedad inmueble se adquiere por prescripción me-diante la posesión continua, pacífica y pública como pro-pietario durante diez años y se adquiere a los cinco añoscuando median justo título y buena fe; Que, el artículo 952º del mencionado texto legal, se- ñala que quien adquiere un bien por prescripción puedeentablar juicio para que se le declare propietario y que lasentencia que accede a la petición es título para la ins-cripción de la propiedad en el registro respectivo y paracancelar el asiento a favor del antiguo dueño; Que, la Comisaría de Orrantia del Mar viene ocupando el inmueble ubicado en la calle Dionisio Anchorena Nºs.351-357, San Isidro desde el año 1959, como propietarioen forma continua, pacífica y pública, cumpliéndose deesta forma los presupuestos que establece la ley paraadquirir el mencionado inmueble mediante prescripción; Que, en ese sentido es necesario autorizar al Procura- dor Público a cargo de los asuntos Judiciales del Ministe-rio del Interior para que se declare al Estado representa-do por el Ministerio del Interior propietario del inmuebleque ocupa la Comisaría de Orrantia del Mar; Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica mediante el Informe Nº 6228-2004-IN/0201del 2 de noviembre del 2004, y de conformidad con lodispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado porel Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interiorpara que inicie las acciones legales para declarar al Mi-nisterio del Interior propietario del inmueble que vieneocupando la Comisaría de Orrantia del Mar ubicado enla calle Dionisio Anchorena Nºs. 351-357, San Isidro. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución y actuados administrativos a la Procuradu-ría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministe-rio del Interior para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 01172 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G53/G75/G62/G70/G72/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4A/G61/GE9/G6E/G2C/G43/G61/G6A/G61/G62/G61/G6D/G62/G61/G2C/G20/G52/G65/G63/G75/G61/G79/G2C/G20/G5A/G61/G72/G75/G6D/G69/G6C/G6C/G61/G2C/G20/G48/G75/G61/G63/G61/G79/G2D/G62/G61/G6D/G62/G61/G2C/G20/G43/G68/G65/G70/GE9/G6E/G2C/G20/G43/G61/G6E/G67/G61/G6C/G6C/G6F/G2C/G20/G48/G75/G61/G72/G61/G7A/G2C/G20/G42/G6F/G2D/G6C/G6F/G67/G6E/G65/G73/G69/G20/G79/G20/G4F/G63/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0100-2005-IN-1501 Lima, 14 de enero del 2005