Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2005 (21/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 21 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 285003

Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 3 del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se debera incluir aquellas adquisiciones y contrataciones que tengan financiamiento externo y se encuentren comprendidas en el Articulo 49º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; el cual se encuentra referido, entre otras, a las entidades del sector publico que utilicen recursos provenientes de operaciones oficiales de credito; Que, de acuerdo con el numeral 7 del rubro VI de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, modificada por Resolucion Nº 019-2004-CONSUCODE/ PRE, concordado con los Articulos 7º y 8º del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modificado en cualquier momento durante el decurso del ejercicio presupuestal, siempre que se requiera reprogramar las metas institucionales propuestas o modificar el presupuesto institucional; Que, a fin de reprogramar las metas institucionales propuestas para el Ano Fiscal 2004 resulta procedente modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, de conformidad con el numeral 7 del rubro VI de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, y las atribuciones conferidas por el literal v) del Articulo 10º del Reglamento Interno de la Unidad Coordinadora del Proyecto; Con el visto MORDAZA del Coordinador Administrativo Financiero y del Asesor Legal del Proyecto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto "Apoyo para Mejorar la Oferta productiva y Facilitar el Comercio Exterior" para el Ano Fiscal 2004, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 012-2004-PCM/UC-PAMC del Coordinador General del Proyecto, segun se detalla en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de promulgada esta Resolucion, el Coordinador Administrativo Financiero del Proyecto ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - y de la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME - el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano Fiscal 2004 modificado. Articulo 3º.- Disponer que, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de promulgada esta Resolucion, el Coordinador Administrativo Financiero proceda a realizar las gestiones necesarias para la publicacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto para el Ano Fiscal 2004 en el Diario Oficial El Peruano; y, que dicho Plan sea puesto a disposicion de los interesados en la Oficina del Proyecto, San MORDAZA 864 8vo. Piso, Miraflores, pudiendo ser obtenido por cualquier persona al costo de su reproduccion en fotostatica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Coordinador General del Proyecto para el Apoyo para Mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior 01242

AGRICULTURA
Constituyen el "Comite de Gestion de Comercializacion del Algodon"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0053-2005-AG MORDAZA, 19 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Asociacion Nacional de Productores de Algodon (ANPAL - Peru); asi como las Asociaciones de Productores de los valles de Ica y del MORDAZA, vienen gestionando la utilizacion de recursos del Fondo de Reactivacion y Apoyo al Sector Agrario (FRASA), que administra el AGROBANCO por encargo del Ministerio de Agricultura, con la finalidad de que recursos de este Fondo MORDAZA intermediados por las IFIS que participen, en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento Operativo del FRASA aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0306-2004-AG; Que, los mencionados recursos seran aplicados a traves de convenios a ser suscritos por las IFIS, los gremios algodoneros y las Plantas Desmotadoras seleccionadas y que acuerden con los gremios las condiciones de precio aceptadas por las partes; Que, el Agrobanco, mediante carta Nº 201-PEAgrobanco del 3 de enero del 2005 comunica a la Asociacion de Pequenos Productores Agrarios del MORDAZA de Ica (APPAVI), los nombres de las IFIS: MORDAZA Rural Senor de Luren de Ica y MORDAZA Municipal de Ica, como las instituciones con posibilidades de obtener recursos del FRASA, para el financiamiento de las operaciones solicitadas; de igual modo, el Banco ofrece la posibilidad de financiamiento para la comercializacion a traves de las empresas desmotadoras a nivel nacional que MORDAZA seleccionadas por los gremios algodoneros y que califiquen como sujetos de credito, para lo cual los gremios de productores deben alcanzar el listado de los agricultores que participarian en las operaciones; Que, en reunion sostenida el dia 17 de enero del 2005, con los gremios de productores de algodon de todos los valles de la Costa Central en cuyo ambito se siembra algodon Tanguis, se acordo la constitucion del "Comite de Gestion de Comercializacion", para que sea la instancia que apoye las gestiones de los agricultores organizados ante el AGROBANCO, en lo concerniente a la linea de credito del FRASA y otras lineas disponibles de dicha entidad financiera, buscando las mejores tasas de interes; asi como apoyar a los representantes de los gremios de cada MORDAZA en sus negociaciones con las IFIS y Desmotadoras - Operadoras, con la finalidad de lograr las mejores condiciones, avales, warrants y otras modalidades de garantias, que permitan un mejor precio al productor y asegurar a su vez el retorno de los creditos luego de la venta en el MORDAZA nacional o de exportacion de la fibra; Que, habiendose iniciado las cosechas de algodon Tanguis correspondiente a la MORDAZA MORDAZA 20042005, que alcanzan 55,000 hectareas en las Regiones de Ica, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, con rendimientos promedio de 55 quintales de algodon MORDAZA por hectarea, es pertinente Constituir el Comite de Gestion de Comercializacion del Algodon; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0172001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase el "Comite de Gestion de Comercializacion del Algodon", el mismo que estara conformado por los siguientes representantes: - Un (1) representante del Ministerio de Agricultura. - Un (1) representante del AGROBANCO. - Dos (2) representantes de la Asociacion Nacional de Productores de Algodon - ANPAL.

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