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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G30/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de enero de 2005 Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,dispone que cada entidad debe elaborar su Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 3 del Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, en el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones se deberá incluir aquellasadquisiciones y contrataciones que tengan financiamien-to externo y se encuentren comprendidas en el Artícu-lo 49º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupues-taria del Estado; el cual se encuentra referido, entreotras, a las entidades del sector público que utilicenrecursos provenientes de operaciones oficiales de cré-dito; Que, de acuerdo con el numeral 7 del rubro VI de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobadapor Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, mo-dificada por Resolución Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE, concordado con los Artículos 7º y 8º del citadoReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones puede ser modificado en cualquier momen-to durante el decurso del ejercicio presupuestal, siem-pre que se requiera reprogramar las metas institucio-nales propuestas o modificar el presupuesto institucio-nal; Que, a fin de reprogramar las metas institucionales propuestas para el Año Fiscal 2004 resulta procedentemodificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes; Que, de conformidad con el numeral 7 del rubro VI de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobadapor Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, y lasatribuciones conferidas por el literal v) del Artículo 10ºdel Reglamento Interno de la Unidad Coordinadora delProyecto; Con el visto bueno del Coordinador Administrativo Financiero y del Asesor Legal del Proyecto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto “Apoyopara Mejorar la Oferta productiva y Facilitar el ComercioExterior” para el Año Fiscal 2004, aprobado medianteResolución Jefatural Nº 012-2004-PCM/UC-PAMC delCoordinador General del Proyecto, según se detalla enel Anexo adjunto que forma parte integrante de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de promulgada estaResolución, el Coordinador Administrativo Financiero delProyecto ponga en conocimiento del Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSU-CODE - y de la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicroempresa - PROMPYME - el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2004 modifi-cado. Artículo 3º.- Disponer que, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de promulgada estaResolución, el Coordinador Administrativo Financieroproceda a realizar las gestiones necesarias para la pu-blicación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones del Proyecto para el Año Fiscal 2004 en el DiarioOficial El Peruano; y, que dicho Plan sea puesto a disposi-ción de los interesados en la Oficina del Proyecto, SanMartín 864 8vo. Piso, Miraflores, pudiendo ser obtenidopor cualquier persona al costo de su reproducción enfotostática. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JOSÉ DIEZ CANSECO NUÑEZ Coordinador General del Proyecto para elApoyo para Mejorar la Oferta Productiva yFacilitar el Comercio Exterior 01242AGRICULTURA /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6C/G67/G6F/G64/GF3/G6E/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0053-2005-AG Lima, 19 de enero de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Asociación Nacional de Productores de Algo- dón (ANPAL - Perú); así como las Asociaciones deProductores de los valles de Ica y del Santa, vienengestionando la utilización de recursos del Fondo de Reac-tivación y Apoyo al Sector Agrario (FRASA), que admi-nistra el AGROBANCO por encargo del Ministerio deAgricultura, con la finalidad de que recursos de esteFondo sean intermediados por las IFIS que participen,en concordancia con lo dispuesto en el ReglamentoOperativo del FRASA aprobado por Resolución Ministe-rial Nº 0306-2004-AG; Que, los mencionados recursos serán aplicados a través de convenios a ser suscritos por las IFIS, losgremios algodoneros y las Plantas Desmotadoras selec-cionadas y que acuerden con los gremios las condi-ciones de precio aceptadas por las partes; Que, el Agrobanco, mediante carta Nº 201-PE- Agrobanco del 3 de enero del 2005 comunica a laAsociación de Pequeños Productores Agrarios delvalle de Ica (APPAVI), los nombres de las IFIS: CajaRural Señor de Luren de Ica y Caja Municipal de Ica,como las instituciones con posibilidades de obtenerrecursos del FRASA, para el financiamiento de lasoperaciones solicitadas; de igual modo, el Banco ofre-ce la posibilidad de financiamiento para la comercia-lización a través de las empresas desmotadoras anivel nacional que sean seleccionadas por los gre-mios algodoneros y que califiquen como sujetos decrédito, para lo cual los gremios de productores de-ben alcanzar el listado de los agricultores queparticiparían en las operaciones; Que, en reunión sostenida el día 17 de enero del 2005, con los gremios de productores de algodón detodos los valles de la Costa Central en cuyo ámbito sesiembra algodón Tangüis, se acordó la constitución del"Comité de Gestión de Comercialización", para que seala instancia que apoye las gestiones de los agricultoresorganizados ante el AGROBANCO, en lo concernientea la línea de crédito del FRASA y otras líneas disponiblesde dicha entidad financiera, buscando las mejores tasasde interés; así como apoyar a los representantes de losgremios de cada valle en sus negociaciones con lasIFIS y Desmotadoras - Operadoras, con la finalidad delograr las mejores condiciones, avales, warrants y otrasmodalidades de garantías, que permitan un mejor precioal productor y asegurar a su vez el retorno de los crédi-tos luego de la venta en el mercado nacional o de expor-tación de la fibra; Que, habiéndose iniciado las cosechas de algodón Tangüis correspondiente a la Campaña Agrícola 2004-2005, que alcanzan 55,000 hectáreas en las Regionesde Ica, Lima, Ancash y Arequipa, con rendimientospromedio de 55 quintales de algodón rama por hectárea,es pertinente Constituir el Comité de Gestión de Comer-cialización del Algodón; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constitúyase el "Comité de Gestión de Comercialización del Algodón", el mismo que estará con-formado por los siguientes representantes: - Un (1) representante del Ministerio de Agricultura. - Un (1) representante del AGROBANCO.- Dos (2) representantes de la Asociación Nacional de Productores de Algodón - ANPAL.