Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2005 (08/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
Dictan medidas para transferencias financieras entre Entidades del Sector Publico
DECRETO DE URGENCIA Nº 015-2005
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28500, preve el procedimiento para transferencias financieras entre Entidades del Sector Publico, estableciendo que se aprueban mediante Decreto Supremo, con exclusion de los recursos del Tesoro Publico y recursos por Operaciones Oficiales de Credito; Que, dicha exclusion impide transferir los recursos con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios al Plan Integral de Reparaciones - PIR, al Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional y al Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres, los mismos que cuentan con los creditos presupuestarios aprobados e incorporados conforme lo dispone la Ley Nº 28562 - Ley que Autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005; Que, es de interes nacional que se efectuen las acciones que garanticen la operatividad del Plan Integral de Reparaciones - PIR, del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional y del Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres; En uso de las facultades previstas por el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Transferencias Financieras entre entidades del sector publico. Incluyase dentro de los alcances del inciso 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28500, a las transferencias que la Presidencia del Consejo de Ministros debe realizar para permitir la operatividad del Plan Integral de Reparaciones - PIR, del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional y del Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres. Articulo 2º.- Financiamiento Lo dispuesto en el articulo precedente sera financiado con cargo a los creditos presupuestarios de los recursos incorporados conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 12249

PCM
Autorizan viaje de Ministro de Defensa a la Republica Popular China y encargan su Despacho al Ministro de Educacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 166-2005-PCM
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, el senor Ministro de Defensa de la Republica Popular China ha cursado una invitacion oficial al senor Ministro de Defensa del Peru con la finalidad de realizar las coordinaciones necesarias para la suscripcion de un Convenio de Cooperacion Tecnico Militar entre ambos paises; Que, el costo de los pasajes aereos sera asumido por el Gobierno de la Republica Popular China, por lo que el viaje solo irrogara gastos por concepto de viaticos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 5 de junio del 2002 y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor General de Ejercito, MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA, Ministro de Defensa, a la Republica Popular China, del 8 al 17 de MORDAZA de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US$ 260.00 x 10 dias x 1 persona Articulo 3º.- Encargar la Cartera de Defensa, al senor MORDAZA MORDAZA Nadal, Ministro de Educacion, mientras dure la ausencia del titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 12250

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito de falsedad generica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 225-2005-PCM
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005 Visto, el Oficio N° 095-2005-DP-JCGOB, del Secretario General de la Presidencia de la Republica;

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