Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2005 (08/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Otorgan concesion para conservacion a favor de asociacion, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 075-2005-INRENA
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Informe Tecnico Nº 078-2005-INRENA-IFFS (DACFFS) de fecha 2 de febrero de 2005, que recomienda aprobar la Propuesta Tecnica presentada por la "Asociacion Peruana para la Promocion del Desarrollo Sostenible-APRODES" para la concesion directa de un area con fines de conservacion a desarrollarse en 1,776.54 hectareas, ubicada en el distrito de San MORDAZA, la provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA la misma que tendra la denominacion de Concesion de Conservacion del Bosque MORDAZA de Pichita; CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA es el ente rector encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, como en el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0566-2001AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Conservacion, encargandose al Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA su difusion, aplicacion y cumplimiento; Que, habiendo cumplido con la publicacion del resumen y los avisos previstos en el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG, y al no presentarse otros interesados, con Carta Nº 666-2004-INRENA-IFFS (DACFFS), del 23 de agosto de 2004, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA comunica a la "Asociacion Peruana para la Promocion del Desarrollo Sostenible-APRODES", que su solicitud del area para concesion continuara bajo la modalidad de Concesion Directa, autorizandole a presentar su Propuesta Tecnica, de conformidad con lo senalado en el articulo 14º de la mencionada Resolucion; Que, mediante Carta de fecha 21 de octubre del 2004, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de la "Asociacion Peruana para la Promocion del Desarrollo SostenibleAPRODES", remite a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA la Propuesta Tecnica descrita, la cual incluye un documento de 110 folios; Que, mediante Informe Nº 247-2004-INRENA-ATFFSSelva Central/Sede-Chayo/EBT de fecha 06 de diciembre de 2004, se indica que el "Rodal Semillero Pichita", ubicado en el sector Pichita, distrito de San MORDAZA, Chanchamayo, se encuentra en posesion del INRENA, ATFFS MORDAZA Central-Sede Chanchamayo; Que, mediante Informe Nº 012-2005/INRENA-IFFS-CIF de fecha 25 de enero de 2005, el Centro de Informacion Forestal-CIF manifiesta que el area total del "Rodal Semillero Pichita" se superpone con el area solicitada en concesion por APRODES, en tal sentido proponen realizar una exclusion al area propuesta para la concesion de conservacion, la cual quedaria en 1776,54 ha; Que, mediante Carta de fecha 26 de enero de 2005, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de APRODES, expresa su conformidad con el area propuesta por el CIF y de los vertices planteados para el mismo; Que, la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG establece respectivamente en sus articulos 12º y 15º, el contenido de la Propuesta Tecnica y los criterios para su calificacion; Que, mediante el Informe Nº 078-2005-INRENAIFFS(DACFFS) de fecha 28 de enero del 2005, se realizo la evaluacion de la Propuesta Tecnica presentada por la

"Asociacion Peruana para la Promocion del Desarrollo Sostenible-APRODES", la cual ha obtenido el 83.5% del puntaje, superando asi el puntaje minimo establecido en el articulo 14º de la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG. Asimismo se observa que dado que existe superposicion entre el area solicitada por APRODES y las areas que se encuentran manejadas por el INRENA que pertenecen al Rodal Semillero Pichita, es pertinente excluir dichas areas del area solicitada por APRODES; Que, el articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 05662001-AG dispone que la concesion se otorga mediante Resolucion Jefatural, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la declaracion de ganador y aprobacion de la Propuesta Tecnica, en caso de concesion directa; Que, el literal a) del articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer las politicas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestion y administracion de recursos forestales, ademas de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecucion; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Propuesta Tecnica" presentada por la "Asociacion Peruana para la Promocion del Desarrollo Sostenible-APRODES". Articulo 2º.- Otorgar una concesion para conservacion a favor de la "Asociacion Peruana para la Promocion del Desarrollo Sostenible-APRODES", bajo la modalidad de concesion directa, a desarrollarse en un area de 1,776.54 hectareas, ubicada en el distrito de San MORDAZA, la provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, por un periodo de 40 anos renovables. Articulo 3º.- Definir el area que se otorga en concesion, la cual se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 ESTE 453073 452767 451940 451875 450337 450517 451439 451657 452381 452177 451566 452727 451797 449076 448092 448116 447507 NORTE 8776076 8775177 8775250 8775112 8774380 8773090 8773090 8774079 8774049 8773450 8773160 8772660 8770130 8770110 8772660 8773492 8773931

Articulo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la concesion se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente, en consecuencia para que la concesion se haga efectiva el interesado debera suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 12120

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