Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2005 (01/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, martes 1 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan plazos para pago del Impuesto Predial y de Arbitrios del ano 2005
ORDENANZA Nº 002-2005-MDLP La MORDAZA, 21 de febrero del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de febrero del 2005, bajo la presidencia del senor MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Arsila, Sra. MORDAZA Larenas de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Rebatta, Sr. MORDAZA Hamamoto Miyasato, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Dictamen emitido por la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre la Prorroga del Plazo para el Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ano 2005; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru. Asimismo el articulo 195.3 senala que son competentes para administrar sus bienes y rentas. Ejerciendo sus facultades en materia tributaria a traves de las Ordenanzas Municipales, conforme lo establece la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, el articulo 52º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senala que los Gobiernos Locales administraran exclusivamente las Contribuciones y Tasas Municipales, MORDAZA estas ultimas, Derechos, Licencias o Arbitrios y por excepcion los Impuestos que la Ley les asigne; Que, el articulo 6º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 776, senala que el Impuesto Predial es un Impuesto Municipal; Que, el articulo 15º de la mencionada Ley, dispone que el pago del Impuesto podra realizarse de dos maneras; al contado o en forma fraccionada, disponiendo en ambos casos que el pago total o de la primera cuota se realizara hasta el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, el articulo 29º del Codigo Tributario, senala que el plazo para el pago de la deuda puede ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, la Administracion ve por conveniente conceder mayores facilidades a los contribuyentes, a fin de que un mayor numero pueda cumplir con sus obligaciones tributarias, de lo que resulta necesario prorrogar la fecha de vencimiento del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales; Que, mediante INFORME Nº 036-2005-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, opina que de conformidad con el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, es menester se prorrogue el plazo del vencimiento del pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2005 asi como el

beneficio del descuento del 10% en el monto insoluto de los arbitrios municipales por el pago pronto de los mismos; Que, mediante INFORME Nº 025-2005-GM/MDLP la Gerencia Municipal, remite la documentacion senalada, para que sea elevado al Pleno del Concejo; Que, mediante OFICIO Nº 109-2005-GSG-MDLP se remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto para el pronunciamiento respectivo; Que, mediante OFICIO Nº 015-2005-COM.A.E.P./ MDLP, la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto remite al Despacho de Alcaldia el Dictamen correspondiente; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas en el articulo 9º inciso 8 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion del acta ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Prorroguese hasta el 31 de marzo del 2005, el vencimiento del plazo para el pago al contado y de la primera cuota fraccionada del Impuesto Predial del ano 2005. Articulo 2º.- Prorroguese hasta el 31 de marzo del 2005, el vencimiento del plazo para el pago de los meses de enero y febrero de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2005. Articulo 3º.- Prorroguese hasta el 31 de marzo del 2005, el beneficio de descuento del 10% en el monto insoluto de los arbitrios municipales por el pronto pago de los mismos. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04567

Conceden beneficio de Amnistia por Deudas Tributarias y Multas Administrativas
ORDENANZA Nº 003-2005-MDLP La MORDAZA, 21 de febrero del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de febrero del 2005, bajo la presidencia del senor MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Arsila, Sra. MORDAZA Larenas de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Rebatta, Sr. MORDAZA Hamamoto Miyasato, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Dictamen emitido por la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre la AMNISTIA POR DEUDAS TRIBUTARIAS Y MULTAS ADMINISTRATIVAS; y, Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 191º reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; asi mismo se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas;

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