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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2005 (01/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de marzo de 2005 presente beneficio. En el caso de las multas fraccio- nadas se condonará el saldo de las cuotas pendien-tes de pago. 6.3 De manera excepcional se condonarán las deu- das tributarias que corresponden a arbitrios municipalesy a impuesto predial de los años anteriores al 1.1.01, por haberse cumplido el período de prescripción. En todos los supuestos mencionados en el presente artículo se condona el 100% de los derechos de emisiónque se hubiesen generado. Todo lo anterior será registrado y controlado por la Subgerencia de Control y Recaudación y la Subgeren- cia de Ejecución Coactiva en coordinación con laSubgerencia de Administración Tributaria, quienes de-berán comunicar posteriormente a la Subgerencia deContabilidad y a la Gerencia de Administración Tributa-ria. Artículo 7º.- PÉRDIDA DE LOS BENEFICIOS OTORGADOS Los beneficios tributarios descritos en el presente texto se pierden cuando el contribuyente no cumple losrequisitos previstos en la presente Ordenanza o cuando se verifica con posterioridad que no calificaba para ac- ceder a los beneficios otorgados con la presente Orde-nanza. Artículo 8º.- RECURSOS EN TRÁMITE La Administración Tributaria de oficio establecerá que existe desistimiento de los recursos en trámite si el contribuyente cancela o refinancia la deuda en elmarco de los dispuesto por la presente Ordenanza;debiendo comunicar tal hecho al contribuyente deri-vando posteriormente el expediente al Archivo Cen-tral. Artículo 9º.- DE LA FACULTAD DISCRECIONAL DELEGADA A efectos de dar celeridad a los procedimientos, el Subgerente de Control y Recaudación podrá variar lascondiciones establecidas en el presente dispositivo para los fraccionamientos, en atención a las condiciones eco- nómicas o sociales del contribuyente. Artículo 10º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS El presente beneficio en ningún caso otorga o supo- ne la devolución o compensación por los pagos efectua- dos con anterioridad a la entrada en vigencia de la pre- sente Ordenanza, por haber sido válidamente efectua-dos. Artículo 11º.- PLAZO DE VIGENCIA La presente Ordenanza rige desde el 1 de marzo al 15 de abril del 2005, previa publicación en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano. Artículo 12º.- NORMA SUPLETORIA Todo lo no previsto en la presente Ordenanza se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza del Reglamento de Fraccionamiento. TÍTULO II DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Apruébense los formatos denominados "Solicitud de Fraccionamiento", "Resolución Subgeren-cial de Fraccionamiento". TÍTULO III DISPOSICIONES FINALES Primera.- Disponer que la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de La Perla otorgue las facilidadesnecesarias para la implementación de lo dispuesto. Segunda.- Encargar a la Subgerencia de Control y Recaudación, a la Subgerencia de Administración Tributaria y a la Subgerencia de Ejecución Coactivael cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orde-nanza.Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga la prórroga del presentebeneficio. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 04568 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARAÑÓN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G2D/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2005-MPM Huacrachuco, 22 de febrero de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARAÑÓN VISTO; en Sesión extraordinaria de Concejo del día 21-02-05, el informe del Comité de Administración delPrograma del Vaso de Leche de la Municipalidad Provin-cial de Marañón, el Informe del Comité Especial de Ad-quisiciones del Insumo del Programa del Vaso de Leche, el Informe de la Jefa encargada de Abastecimiento y el Informe de Asesoría Legal; referente a la necesidad dedeclarar en Situación de Desabastecimiento Inminentela Adquisición de Insumos del Programa del Vaso deLeche; y, CONSIDERANDO: Que, al amparo del artículo 194º de la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, las municipalidadesson órganos de gobierno local, con autonomía políti- ca, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante el informe del Comité de Administra- ción del Programa del Vaso de Leche, acordaronseleccionar los insumos alimenticios para atender alos beneficiarios durante los meses de enero, febrero, marzo y abril del 2005, período declarado en Situación de Desabastecimiento Inminente, habiendo seleccio-nado los siguientes productos: Cereal, Azucarado En-riquecido, con vitamina y minerales en polvo ( harinade trigo, cebada, quinua, quiwicha, minerales y vitami-nas); Que, la Ley Nº 27712, Ley que modifica la Ley Nº 27470, que establece las normas complementarias parala ejecución del Programa del Vaso de Leche, en su Art.1º dispone " El Comité de Administración del Programadel Vaso de Leche reconocido por la municipalidad, es elresponsable de la selección de los insumos alimenticios de acuerdo a los criterios establecidos por ley; dicha ración debe estar constituida por alimentos nacionales..."; Que, los beneficiarios del Programa, están siendo afectados por situación de desabastecimiento de losinsumos del Programa del Vaso de Leche, ya que la provincia de Marañón, fue declarada en Emergencia la Agricultura, para la campaña 2004 y que la pobla-ción se encuentran en extrema pobreza; toda vezque el Programa es considerado como un apoyo ali-mentario, en primera prioridad a la población de ni-ños de 0 a 6 años, madres gestantes, madres lac- tantes, con el único objetivo de disminuir los niveles de desnutrición, es por ello es necesario de tomarlas medidas para no afectar a los beneficiarios delPrograma;