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PÆg. 293018 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de mayo de 2005 competencia, conforme lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Su- premo Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que mediante Ordenanzas los Go- biernos Locales, pueden crear, modificar y suprimir suscontribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites de la Ley; Que, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Admi- nistrativos conforme al Art. 36º, establece que los proce- dimientos, requisitos y costos administrativos se estable- cen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal; Que, el inciso b) del Art. 68º de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, establece que las Municipalidades podrán imponer las tasas por servicio ad-ministrativo o derechos, las mismas que son las tasas que deben pagar el contribuyente por concepto de tramitación de procedimientos administrativos o por el aprovechamientoparticular de bienes de propiedad de la Municipalidad; Que, el inciso a) del Art. 60º de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, modificado por el De-creto Legislativo Nº 952, señala que conforme a lo estableci- do por el Art. 74º y el numeral 4 del Art. 195º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y su-primen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, den- tro de los límites que fije la Ley, mediante ordenanzas; Que, en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades establece en el tercer párrafo que todo lo com- prendido en materia tributaria tiene que ser aprobado por Ordenanza y ser ratificada por las municipalidadesprovinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Gerencia de Rentas y Comercialización, con Memorando Nº 010-2005 -MDLP/GRC, la Gerencia de Servi-cios Públicos Locales a través del Informe Nº 020-2005 - MDLP/GSPL/DMA y la Gerencia de Turismo y Desarrollo Urbano con Memorando Nº 035-2005-MDLP/DTDU, solici-tan la aprobación de sus nuevas tasas y derechos que se describen en el anexo de la presente Ordenanza debida- mente sustentada con la estructura de costos; Con las facultades que le confiere al Concejo la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y con dis- pensa del trámite de lectura y aprobación del acta, porunanimidad se aprobó lo siguiente: ORDENANZA DE NUEVAS TASAS Y DERECHOS Artículo Único.- Aprobar las nuevas Tasas y Dere- chos por concepto de tramitación de procedimientos admi- nistrativos y por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la Municipalidad Distrital de La Punta, queforman parte integrante de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde ANEXO CUADRO DE TASAS Y DERECHOS Nº CONCEPTO UIT% MONTO S/. - GERENCIA DE RENTAS Y COMERCIALIZACIÓN 1- Registro Civil: 12 CONSTANCIA DE TRÁMITE MATRIMONIAL 0.5% S/. 15.00 14 CONSTANCIA DE NO INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO 0.5% S/. 15.00 2- Departamento de Comercialización: 11 AUTORIZACIÓN TEMPORAL PARA USO DE ÁREAS PÚBLICAS, RETIRO MUNICIPAL OÁREAS COMUNES b) Filmaciones – Filmaciones casa hab. y otros 10.00% S/.330.00 – Filmaciones en exteriores (Vía pública) 16.57% S/.550.00 (5 horas o fracción en área física solicitada) - GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES: 1. Departamento de Medio Ambiente: 03 CONSTANCIA DE EVALUACIÓN SANITARIA 1.52% S/. 50.00 04 GUARDIANÍA DE CANES CAPTURADOS EN LA VÍA PÚBLICA POR DÍA O FRACCIÓN 0.30% S/. 10.00 05 EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CANES - EMPADRONAMIENTO CANINO 0.15% S/. 5.002. Defensa Civil: 01 INSPECCIÓN TÉCNICA BÁSICA DE SEGURIDAD CONSTANCIA DE SEGURIDAD POR LA FECHA En Locales Cerrados:Hasta 1,000 espectadores 3.00% S/. 99.00 De 1,001 a 3,000 espectadores 4.50% S/. 148.50 Áreas Libres:Hasta 1,000 espectadores 2.00% S/. 66.00 De 1,001 a 3,000 espectadores: 3.00% S/. 99.00 - GERENCIA DE TURISMO Y DESARROLLO URBANO: 1. División de Obras -Obras Privadas: 20 AUTORIZACIÓN PARA REFACCIÓN Y/O ACONDICIONAMIENTO 1.50% S/. 49.50 09466 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO Otorgan facilidades a la Oficina Regio- nal de Turismo de Junín para su nor-mal funcionamiento en la ciudad deLa Merced DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2005-MPCH La Merced, 4 de mayo de 2005 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 118-2005-MPCH de fecha 3.5.05; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Consti- tución Política del Estado, concordante con el Artículo IIdel Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 27972, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, administra-tiva y económica en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo X del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económi- co, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La pro-moción de desarrollo local es permanente e integral, con el objetivo de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 118-2005- MPCH de fecha 3.5.05, se acordó brindar todas las faci- lidades a la Oficina Regional de Turismo de Junín parasu normal funcionamiento en la ciudad de La Merced - provincia de Chanchamayo, teniendo en consideración el Convenio Interinstitucional suscrito entre la DirecciónRegional de Comercio Exterior y Turismo de Junín, con la Municipalidad Provincial de Chanchamayo; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, san-cionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecinda-rio, que no sean de competencia del Concejo Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- Brindar todas las facilidades a la Ofici- na Regional de Turismo de Junín para su normal funciona- miento en la ciudad de La Merced - provincia de Chanchama- yo, teniendo en consideración el Convenio Interinstitucionalsuscrito entre la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Junín, con la Municipalidad Provincial de Chan- chamayo, indicado en el tercer considerando precedente. Artículo Segundo.- Notificar el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Secretaría General y al Gobierno Regional de Junín, conforme corresponde. Regístrese, comuníquese y archívese. LIVIA MAYOR MONTESINOS Alcaldesa 09455