Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2005 (26/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de noviembre de 2005

Que, como consecuencia del sismo ocurrido con fecha 25 de setiembre del 2005, en el nororiente del MORDAZA, se produjo entre otros, la destruccion y deterioro de viviendas y de parte de la infraestructura de servicios publicos, ocasionando graves perjuicios a la poblacion, siendo afectadas, entre otras zonas, las provincias de Lamas, San MORDAZA, El MORDAZA, Moyobamba, Picota, Mariscal MORDAZA, Bellavista, Tocache y MORDAZA del departamento de San Martin; Que, por Ley Nº 28382 se amplio hasta S/. 50'000,000.00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Que los recursos provenientes de dicha Linea de Credito se destinaran para realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico, brindar una respuesta oportuna a la poblacion, ejecutar acciones de rehabilitacion de la infraestructura publica para recuperar los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperacion de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 510-2005EF/10 del 15 de octubre del 2005, se aprobo la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la linea de credito otorgada por el Banco de la Nacion al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, por Decreto Supremo Nº 147-2005-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 148-2005-EF se incorporo via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Pliego 006 INDECI, la suma de S/. 1 531 689 (Un millon quinientos treinta y un mil seiscientos ochenta y nueve y 00/100 NUEVOS SOLES) correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones, Oficiales de Credito Interno, provenientes del credito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Linea de Credito; Que, por Resolucion Jefatural Nº 404-2005-INDECI del 14 de noviembre del 2005, se aprobo la Transferencia Financiera de Recursos a favor del MINISTERIO (Unidad Ejecutora 003 Ejercito Peruano), con cargo a los recursos provenientes del credito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, hasta por un monto de S/. 1 531 689 (Un millon quinientos treinta y un mil seiscientos ochenta y nueve y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecucion de una (1) actividad temporal; Que, en tal sentido, y atendiendo a la mision encomendada mediante Decreto Legislativo Nº 437 "Ley Organica del Ejercito", en relacion a la Defensa Civil, resulta necesario se faculte al senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, a suscribir el Convenio que establecera disposiciones para el control, monitoreo de ejecucion y seguimiento de cumplimiento de metas fisicas correspondientes a la ejecucion de una (1) Actividad Temporal, a ejecutarse por el Ejercito Peruano (Batallon de Ingenieros de Combate HUASCARAN Nº 112, Unidad organica de la 3ra. Brigada de Fuerzas Especiales), con recursos transferidos por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Resolucion Jefatural Nº 404-2005-INDECI del 14 de noviembre del 2005; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 6º la Ley Nº 27860 "Ley del Ministerio de Defensa", el Ministro es la MORDAZA autoridad del Ministerio y Titular del Pliego del Sector, y atendiendo a lo dispuesto en los numerales 72.1 del Articulo 72º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Facultese al senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, para que en nombre y

representacion del senor Ministro de Defensa, suscriba el Convenio para el Control, Seguimiento y Monitoreo de Ejecucion y Cumplimiento de Metas Fisicas de la Actividad Temporal: "Demolicion, Limpieza y Remocion de Escombros", a celebrarse entre el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y el Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru. Articulo 2º.- La ejecucion del referido Convenio estara a cargo del Ejercito del Peru, debiendo dar debida cuenta sobre la ejecucion del mismo a este Despacho Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 20084

Aceptan transferencia financiera de recursos efectuada por la PCM - Unidad Ejecutora INDECI a favor del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora Ejercito Peruano, para demolicion, limpieza y remocion de escombros en el departamento de San MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1050-2005-DE/EP MORDAZA, 24 de noviembre de 2005 Visto el Decreto Supremo Nº 147-2005-EF del 3 de noviembre del 2005 y Decreto Supremo Nº 148-2005 EF del 7 de noviembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante dispositivos legales del visto, se incorporo, via credito suplementario, en el Presupuesto del Sector Publico del Ano 2005, los recursos hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'531,689.00) a favor del Pliego 01: Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante Ley Nº 28500 del 26 de MORDAZA del 2005, se modifico el Articulo 75º de la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", referido a las transferencias financieras entre entidades del Sector Publico, senalandose que son consideradas tambien transferencias financieras, las que realizan, entre otros, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el cual en el MORDAZA de sus funciones y fines establecidos por su MORDAZA de creacion o regulacion, transfiere fondos publicos a otras entidades del Sector Publico, aprobando las referidas transferencias financieras mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, el numeral 7.1 del Articulo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 aprobado por Resolucion Ministerial Nº 510-2005-EF-10, "Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382 "Ley que amplia el monto de la linea de credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 510-2005-EF/10, senala que los recursos provenientes de la mencionada linea de credito podran financiar gastos temporales de emergencia que no MORDAZA destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico y brindar una respuesta oportuna a la poblacion y cuenten con el Informe de Evaluacion de Danos correspondientes, aprobado por el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI; Que, con Resolucion Jefatural Nº 404-2005-INDECI de fecha 14 de noviembre del 2005, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, aprueba la transferencia financiera de recursos a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos provenientes del credito

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