Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2005 (16/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 16 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 302391

Vistos; el Oficio N° 2960 -2005-SG/JNE del 14 de octubre de 2005; el Acta N° 023-2005, de fecha 14 de octubre del presente ano, de la Comision de Seleccion de Personal 2005 de la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA de seleccion de Jefes y Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para los procesos electorales de Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Municipales y de Referendum de Integracion y Conformacion de Regiones 2005, designada mediante Resolucion Jefatural Nº 192-2005-J/ONPE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 136-2005-JNE y 171-2005JNE publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 3 y el 16 de junio del presente ano, respectivamente, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el MORDAZA 30 de octubre de 2005; Que, mediante Resoluciones Nº 137-2005-JNE, Nº 1382005-JNE, Nº 139-2005-JNE, Nº 140-2005-JNE y Nº 1412005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 2 de junio de 2005, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a Referendum para conformar cinco (5) regiones relativas a dieciseis departamentos de la Republica, para el dia MORDAZA 30 de octubre de 2005; Que, el inciso c) del articulo 5° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, senala que es funcion de la ONPE planificar, preparar, y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que, mediante Resolucion Nº 205-2005-JNE, de fecha 27 de MORDAZA de 2005, el MORDAZA Nacional de Elecciones ha determinado 28 circunscripciones administrativas electorales y sus sedes para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y el Referendum para la Integracion y Conformacion de Regiones 2005; Que, concluido el concurso publico de meritos, se publico en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 30 de septiembre de 2005, la Resolucion Jefatural N° 262-2005J/ONPE, mediante la cual se determino la relacion de personas seleccionadas para desempenar el cargo de Coordinador de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que asumiran dichos cargos para el desarrollo de los procesos electorales precitados, otorgandose el plazo de ley para la interposicion de las tachas respectivas; Que, mediante Oficio N° 2960-2005-SG/JNE, de fecha 14 de octubre de 2005, el MORDAZA Nacional de Elecciones comunica que habiendo transcurrido el plazo legal, no se ha recibido, en via de apelacion, ninguna tacha contra las personas seleccionadas como Coordinadores de Local de Votacion designadas en el Anexo de la Resolucion Jefatural N° 262-2005-J/ONPE; Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, resulta necesario designar a los Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales que desempenaran sus funciones en los procesos electorales MORDAZA mencionados, en diversas circunscripciones administrativas electorales de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 49° de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, los literales c) y g) del articulo 5º y 13° de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el literal u) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 0512004-J/ONPE, modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE, Nº 252-2004-J/ONPE y N° 269-2005J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinador de Local de Votacion para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a las personas consignadas en el Anexo de la Resolucion Jefatural N° 262-2005-J/ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de septiembre de 2005. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion para los fines consiguientes.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 17658

MINISTERIO PUBLICO
Modifican la Res. Nº 007-2005-MP-FN referente a procesos penales especiales que conoce originariamente la Corte Suprema de Justicia de la Republica
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1859-2005-MP-FN MORDAZA, 13 de octubre de 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo primero de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 007-2005-MP-FN de fecha 4 de enero de 2005, se dispuso que el Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema Penal Transitoria actuara ante el Vocal Supremo Instructor, en los procesos penales especiales que conoce originariamente la Corte Suprema de Justicia de la Republica; Que, por Resolucion de Junta de Fiscales Supremos Nº 064-2005-MP-FN-JFS de fecha 6 de octubre de 2005, se resolvio desactivar la Fiscalia Suprema Penal Transitoria, en via de regularizacion, a partir del primero de octubre de 2005; Que, estando a la referida desactivacion, resulta necesario emitir la disposicion correspondiente a fin de establecer el Fiscal Supremo al que le compete actuar ante el Vocal Supremo Instructor en los procesos especiales a que se ha hecho referencia en el primer considerando precedente; En ejercicio de las atribuciones previstas en el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo primero de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 007-2005-MPFN, el mismo que en adelante tendra la siguiente redaccion: "Articulo Primero.- Disponer que en la investigacion y juzgamiento de los delitos que compete conocer originariamente a la Corte Suprema de Justicia de la Republica: - El Fiscal Supremo en lo Contencioso Administrativo, actuara ante el Vocal Supremo Instructor; - El Fiscal Supremo de la MORDAZA Fiscalia Suprema en lo Penal, actuara ante la Sala Penal Especial; y, - El Fiscal Supremo de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal, actuara ante la Sala Suprema Penal que conoce el Recurso de Nulidad a que MORDAZA lugar." Articulo Segundo.- Disponer que las investigaciones preliminares a cargo de la Fiscalia Suprema Penal Transitoria que se encontraban en tramite a la fecha de su desactivacion, seran asumidas por la Fiscalia Suprema en lo Contencioso Administrativo, a partir de la vigencia de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Poner la presente Resolucion en conocimiento del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de las senoras Fiscales Supremos de la Primera y MORDAZA Fiscalia Suprema en lo Penal y del senor Fiscal Supremo en lo Contencioso Administrativo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 17569

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.