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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (16/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de octubre de 2005 Vistos; el Oficio N° 2960 -2005-SG/JNE del 14 de octubre de 2005; el Acta N° 023-2005, de fecha 14 deoctubre del presente año, de la Comisión de Selección de Personal 2005 de la organización, conducción y ejecución del proceso de selección de Jefes y AsistentesAdministrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para los procesos electorales de Consulta Popular de Revocatoria de AutoridadesMunicipales y de Referéndum de Integración y Conformación de Regiones 2005, designada mediante Resolución Jefatural Nº 192-2005-J/ONPE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 136-2005-JNE y 171-2005- JNE publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 3 y el 16de junio del presente año, respectivamente, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de AutoridadesMunicipales para el domingo 30 de octubre de 2005; Que, mediante Resoluciones Nº 137-2005-JNE, Nº 138- 2005-JNE, Nº 139-2005-JNE, Nº 140-2005-JNE y Nº 141-2005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 2 de junio de 2005, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones ha convocado a Referéndum para conformarcinco (5) regiones relativas a dieciséis departamentos de la República, para el día domingo 30 de octubre de 2005; Que, el inciso c) del artículo 5° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, señala que es función de la ONPE planificar, preparar, y ejecutar todas las acciones necesarias parael desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Nº 205-2005-JNE, de fecha 27 de julio de 2005, el Jurado Nacional de Elecciones ha determinado 28 circunscripciones administrativas electorales y sus sedes para la Consulta Popular de Revocatoria delMandato de Autoridades Municipales y el Referéndum para la Integración y Conformación de Regiones 2005; Que, concluido el concurso público de méritos, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 30 de septiembre de 2005, la Resolución Jefatural N° 262-2005- J/ONPE, mediante la cual se determinó la relación depersonas seleccionadas para desempeñar el cargo de Coordinador de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que asumirándichos cargos para el desarrollo de los procesos electorales precitados, otorgándose el plazo de ley para la interposición de las tachas respectivas; Que, mediante Oficio N° 2960-2005-SG/JNE, de fecha 14 de octubre de 2005, el Jurado Nacional de Elecciones comunica que habiendo transcurrido el plazo legal, no seha recibido, en vía de apelación, ninguna tacha contra las personas seleccionadas como Coordinadores de Local de Votación designadas en el Anexo de la ResoluciónJefatural N° 262-2005-J/ONPE; Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, resulta necesario designar a los Coordinadores de Local de Votaciónde las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales que desempeñarán sus funciones en los procesos electorales antes mencionados, en diversascircunscripciones administrativas electorales de la República; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, los literales c) yg) del artículo 5º y 13° de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el literal u) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones dela ONPE aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 051- 2004-J/ONPE, modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE, Nº 252-2004-J/ONPE y N° 269-2005-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinador de Local de Votación para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a las personas consignadas en el Anexo de la ResoluciónJefatural N° 262-2005-J/ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de septiembre de 2005. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución para los fines consiguientes.Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 17658 MINISTERIO PÚBLICO /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G37/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4D/G50/G2D/G46/G4E /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G20/G6F/G72/G69/G67/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1859-2005-MP-FN Lima, 13 de octubre de 2005 VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 007-2005-MP-FN de fecha 4 de enerode 2005, se dispuso que el Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria actuara ante el Vocal Supremo Instructor, en los procesos penales especiales que conoceoriginariamente la Corte Suprema de Justicia de la República; Que, por Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 064-2005-MP-FN-JFS de fecha 6 de octubre de 2005,se resolvió desactivar la Fiscalía Suprema Penal Transitoria, en vía de regularización, a partir del primero de octubre de 2005; Que, estando a la referida desactivación, resulta necesario emitir la disposición correspondiente a fin de establecer el Fiscal Supremo al que le compete actuarante el Vocal Supremo Instructor en los procesos especiales a que se ha hecho referencia en el primer considerando precedente; En ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 007-2005-MP-FN, el mismo que en adelante tendrá la siguiente redacción: “Artículo Primero.- Disponer que en la investigación y juzgamiento de los delitos que compete conocer originariamente a la Corte Suprema de Justicia de laRepública: - El Fiscal Supremo en lo Contencioso Administrativo, actuará ante el Vocal Supremo Instructor; - El Fiscal Supremo de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal, actuará ante la Sala Penal Especial; y, - El Fiscal Supremo de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal, actuará ante la Sala Suprema Penal que conoce el Recurso de Nulidad a que haya lugar.” Artículo Segundo.- Disponer que las investigaciones preliminares a cargo de la Fiscalía Suprema PenalTransitoria que se encontraban en trámite a la fecha de su desactivación, serán asumidas por la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, a partir de la vigenciade la presente resolución. Artículo Tercero.- Poner la presente Resolución en conocimiento del Presidente de la Corte Suprema de Justiciade la República, de las señoras Fiscales Supremos de la Primera y Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal y del señor Fiscal Supremo en lo Contencioso Administrativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 17569