Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2006 (19/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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LICA DEL P E

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326534

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 19 de agosto de 2006

PODER EJECUTIVO MORDAZA DE GOBIERNO
FE DE ERRATAS RESOLUCION DEL JEFE DE LA MORDAZA DE GOBIERNO Nº 042-2006-DP/JCGOB Mediante Oficio Nº 342-2006-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion del Jefe de la MORDAZA de Gobierno Nº 042-2006-DP/ JCGOB, publicada en la edicion del dia 16 de agosto de 2006. DICE: RESOLUCION DEL JEFE DE LA MORDAZA DE GOBIERNO Nº 042-2006-DP/JCGOB DEBE DECIR: RESOLUCION DEL JEFE DE LA MORDAZA DE GOBIERNO Nº 046-2006-DP/JCGOB 01252-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DEL JEFE DE LA MORDAZA DE GOBIERNO Nº 043-2006-DP/JCGOB Mediante Oficio Nº 342-2006-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion del Jefe de la MORDAZA de Gobierno Nº 043-2006-DP/ JCGOB, publicada en la edicion del dia 16 de agosto de 2006. DICE: RESOLUCION DEL JEFE DE LA MORDAZA DE GOBIERNO Nº 043-2006-DP/JCGOB DEBE DECIR: RESOLUCION DEL JEFE DE LA MORDAZA DE GOBIERNO Nº 047-2006-DP/JCGOB 01252-2

Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias alli indicadas; Que, el articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, establece en el numeral 1) que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 19 de agosto de 2006, el Estado de Emergencia en las provincias de Maranon, Huacaybamba, MORDAZA MORDAZA y Huamalies del departamento de Huanuco; asi como en la provincia de Tocache en el departamento de San MORDAZA y la provincia Padre MORDAZA del departamento de Ucayali. El Ministerio del Interior mantendra el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Articulo 2º.- Suspension de Derechos Constitucionales Durante la prorroga del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de agosto del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 01249-7

PCM
Prorrogan Estado de Emergencia declarado en diversas provincias de los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali
DECRETO SUPREMO Nº 052-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 098-2005-PCM de fecha 21 de diciembre de 2005, se declaro el Estado de Emergencia en las provincias de Maranon, Huacaybamba, MORDAZA MORDAZA y Huamalies del departamento de Huanuco; asi como en la provincia de Tocache en el departamento de San MORDAZA y la provincia Padre MORDAZA del departamento de Ucayali, por el plazo de sesenta (60) dias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2006-PCM, se prorrogo el Estado de Emergencia por 60 dias adicionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2006-PCM, se prorrogo nuevamente el Estado de Emergencia indicado por 60 dias adicionales, el mismo que fue prorrogado una vez mas mediante Decreto Supremo Nº 030-2006-PCM, por 60 dias adicionales a los dispuestos por el Decreto Supremo Nº 019-2006-PCM;

Disponen que el Programa MORDAZA Exportadora sea de cumplimiento prioritario para todos los Sectores y de ejecucion obligatoria para el PRONAMACHCS, MARENASS y FONCODES
DECRETO SUPREMO Nº 053-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 051-2006-PCM, publicado el sabado 12 de agosto de 2006, se creo el "Programa MORDAZA Exportadora", adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el citado Programa ha sido creado con el proposito de coordinar y articular las capacidades y planes existentes en el Sector Publico, a efecto de incorporar a la MORDAZA MORDAZA al aparato productivo exportador y atacar en forma directa las causas de la pobreza en dicha MORDAZA del pais; Que, para el mejor cumplimiento de sus fines, es preciso disponer que el programa trimestral de obras y demanda de recursos que formule el "Programa MORDAZA Exportadora", sea de cumplimiento prioritario para todos los Sectores y de ejecucion obligatoria para el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y

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