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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (06/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de diciembre de 2006 334075 Nº EMBARCACION MATRICULA COD. DE ARMADOR IMPORTE A REINTEGRAR(*) PAGO (S/.) 59 SEÑOR DEL MAR IV PT-14031-CM 11891 PAZO ECHE JACINTO Y TEOBALDO 104.58 60 SIEMPRE LEONOR TA-21062-CM 12146 ECA PANTA ALFREDO 3,479.6361 TENTADORA CE-15458-CM 10778 AVILA DE DIAZ ROSA DELFINA 201.72 SUBTOTAL LEY Nº 26920 28,138.19 TOTAL VIGENTE 322,896.68 TOTAL GENERAL 326,077.96 (*) Los intereses que se incluyen en este monto deben ser recalculados a la fecha de cancelación 6425-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 402-2006-PRODUCE/DGEPP Lima, 31 de octubre del 2006 CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 037-2005- PRODUCE del 16 de febrero del 2005, se establecieron las normas y se aprobó el formato de declaración jurada sobre pago de derechos de pesca por concepto de explotación de los recursos hidrobiológicos para el ejercicio 2005, conforme lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº012- 2001-PE, modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 007- 2002-PRODUCE y 011-2002-PRODUCE; Que el numeral 43.2 del artículo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca modi fi cado por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 011-2002-PRODUCE, dispone que dentro de los diez primeros días del mes de enero del año siguiente al ejercicio correspondiente, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero veri fi cará el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas del mes anterior y el pago total de los derechos de pesca. En caso se veri fi que algún incumplimiento, se expedirá una Resolución Directoral noti fi cando al armador para que en un plazo no mayor a 10 días hábiles cumpla con efectuar el pago o presentar la declaración jurada, según corresponda disponiendo asimismo, que vencido el plazo señalado en la Resolución Directoral se caducarán en forma de fi nitiva los permisos de pesca de las embarcaciones cuyos armadores hayan incumplido con pagar total o parcialmente los derechos, incluidos los intereses que correspondan y/o con la presentación de las declaraciones juradas; De conformidad con las disposiciones de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 007 y 011-2002-PRODUCE;En uso de las facultades conferidas por el artículo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca modi fi cado por Decreto Supremo Nº 011-2002-PRODUCE: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Noti fi car a los armadores que han incumplido con presentar las declaraciones juradas mensuales o pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2005, cuyas embarcaciones pesqueras se encuentran incluidas en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Determinar como interés moratorio aplicable el calculado según la “tasa de interés: Legal Efectiva”, publicada diariamente en el Diario O fi cial El Peruano, en el día de hacerse efectivo el pago. Artículo 3º.- Otorgar un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de recibida la noti fi cación de la presente Resolución, a los armadores cuyas embarcaciones pesqueras se encuentran consignadas en los Anexos I y II de la presente Resolución Directoral, para que cumplan con efectuar el pago o presentar la declaración jurada mensual, según corresponda. Vencido el plazo señalado, se procederá a caducar los permisos de pesca en forma de fi nitiva de las embarcaciones pesqueras cuyos armadores hayan incumplido con pagar total o parcialmente los derechos de pesca incluido los intereses correspondientes y/o con la presentación de las declaraciones juradas, procediendo la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero a publicar la relación de embarcaciones pesqueras. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extraccióny Procesamiento Pesquero EMBARCACIONES CUYOS ARMADORES NO HAN PRESENTADO LAS DECLARACIONES JURADAS PAGO DE DERECHO DE PESCA - 2005 Fecha de Imp. 30/10/2006 Nº EMBARCACIÓN MATRÍCULA ENE. FEB. MAR. ABR. MAY. JUN. JUL. AGO. SEPT. OCT. NOV. DIC. Estado del Permiso: CANCELADO Regimen: DECRETO LEY Nº 25977 1 ANA MARIA PT-11714-PM X XXXXXXXXXXX 2 DON ROSENDO I CO-15470-CM X XXXX 3 DON ROSENDO II CO-15469-PM X XXXX 4 DON ROSENDO III ZS-15741-PM X XXXX 5 DOÑA LILLY CE-6168-CM X XXXXXXXXX 6 FLAVIA CE-2013-PM X XXXXX 7 ISABEL PT-11392-PM X XXXXXXXXXXX 8 JEQUETEPEQUE 10 CE-1868-PM X 9 JONICA CO-10450-PM XXXXXX 10 MARAÑON 6 CE-4095-PM X XXXXXXX 11 MARISOL PS-0550-PM X XXXXXXXXX 12 MARISOL V PS-1867-PM XXXXX 13 MI LESLIE I CE-1849-PM X XXXXXXXX