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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de abril de 2007 344542 CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO Artículo 6º.- LA SOLICITUD Para acogerse al presente procedimiento, el Deudor deberá presentar su solicitud de acogimiento a través de la Subgerencia de Trámite Documentario mediante el Formulario – Solicitud de Sinceramiento de Pago de Tributos con Dinero en Moneda Nacional Generado de la Prestación de Servicios, diseñada para este fin y que será entregada gratuitamente por la Subgerencia de Recaudación Tributaria, el mismo que debe contener: a) Identi ficación del Deudor adjuntando fotocopia del Documento Nacional de Identidad. b) Estado actual de la deuda a la fecha de la presentación de la Solicitud de Sinceramiento de Pago de Tributos con Dinero en Moneda Nacional Generado de la Prestación de Servicios. c) Los días disponibles para efectuar la prestación de los servicios, según la programación efectuada por la Gerencia de Desarrollo Ambiental. d) Declaración de desistimiento de los reclamos y/o recursos impugnativos presentados por ante la Municipalidad referido a los tributos indicados. Artículo 7º.- DE LA SOLICITUD El Formulario-Solicitud se utilizará por triplicado: a) El primer original para la Subgerencia de Recaudación Tributaria o quien haga sus veces. b) La primera copia para la Gerencia de Desarrollo Ambiental. c) La segunda copia para el Deudor. Artículo 8º.- DE LA PROGRAMACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Para efecto de la prestación de servicios a cargo del Deudor, la Gerencia de Desarrollo Ambiental, programará las actividades a realizar, consignando la siguiente información: a) Actividad a realizar. b) Días y semanas programadas.c) Subgerencia responsable.d) El costo del servicio discriminado. El programa de actividades deberá publicarse en un lugar visible de la entidad y en el Portal Municipal Página Web: http/muni.comas, de modo que el Deudor pueda escoger el programa que más le convenga. Artículo 9º.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LA INFORMACIÓN La Gerencia de Administración Tributaria, a través de la Subgerencia de Recaudación Tributaria, actualizará la deuda que se encuentre en cobranza ordinaria o coactiva y, emitirá el informe respecto del monto de la deuda a ser cancelada y por el período al que corresponda. Artículo 10º.- DE LA PRESTACIÓN EFECTIVA DEL SERVICIO La prestación efectiva del servicio no personal aprobado, se desarrollará: a) A través del Programa o Actividad establecido. b) De acuerdo al cronograma aprobado.c) Días programados, Artículo 11º.- DE LA CADUCIDAD DEL DERECHO Caducará la solicitud, automáticamente, en caso que el Deudor no cumpla con la prestación del servicio comprometido en el contrato generado para el efecto. Artículo 12º.- DEL TRÁMITE La Subgerencia de Recaudación Tributaria dará curso a la solicitud de Pago de Tributos con Dinero en Moneda Nacional Generado de la Prestación de Servicios, efectuando la valorización del servicio prestado, en base a los valores referenciales establecidos por la Subgerencia de Logística, emitiendo el informe técnico del monto a cancelar, como sustento de la Resolución de la Gerencia de Administración Tributaria que aprueba el Convenio de Pago, que fija en que forma son imputados los servicios ofrecidos, por período y monto de cancelación. Artículo 13º.- DE LA CONFORMIDAD DEL SERVICIO La Gerencia de Desarrollo Ambiental a través de la Subgerencia que corresponda, remitirá el Informe de Conformidad del Servicio del contribuyente a la Subgerencia de Recaudación Tributaria, que contendrá: a) Detalle de la prestación efectiva del servicio, de acuerdo a lo señalado en el artículo 10º de este reglamento. b) Resumen del número de días efectivamente prestados por el contribuyente deudor. Artículo 14º.- DE LA LIQUIDACIÓN DE LA DEUDA La Gerencia de Administración Tributaria través de la Subgerencia de Recaudación Tributaria, ejecutará la cancelación de la Deuda materia de convenio de Pago. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia de Desarrollo Ambiental, en función a los Programas y Actividades aprobados en el Plan Operativo Institucional y a través del programa COMAS VERDE, genera los requerimientos de servicios de manera metódica y continua. Segunda.- La Gerencia de Participación y Seguridad Ciudadana en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Ambiental, impulsarán la generación de solicitudes, principalmente en sectores de pobreza, en riesgo o vulnerables. Tercera.- La valorización de los servicios corresponderá a la de los valores referenciales establecidos en la Subgerencia de Logística, la misma que informará a la Gerencia de Administración Tributaria cada vez que ésta sufra modi ficaciones. Cuarta.- El inicio de la prestación efectiva del servicio, suspende automáticamente todo proceso de cobranza ordinaria o coactiva, de los tributos comprometidos en la solicitud. Quinta.- A excepción de las deudas con demanda judicial en curso, toda deuda, incluso las que se encuentren con Convenio de Fraccionamiento o en Cobranza Coactiva, podrán acogerse al presente procedimiento DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Gerencia de Desarrollo Ambiental de la Municipalidad de Comas en el plazo no mayor de 30 días calendario presentará a la Gerencia Municipal, para su aprobación, el proyecto del Programa COMAS VERDE, conteniendo un Plan Integral de Arborización, Forestación, Reforestación, Mantenimiento y Recuperación de Áreas Verdes, así como de vigilancia Ecológica Vecinal y otros afines. Segunda.- Aprobado el programa a que se re fiere la disposición anterior, se abrirá el Registro de Contribuyentes Deudores que se acogen a lo dispuesto en el presente Reglamento. Regístrese, cúmplase y archívese. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 54894-1