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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de enero de 2007 338741 funcionales en el Consejo Nacional de Descentralización cesan a partir de la publicación de la Resolución Suprema o expedición de la Resolución correspondiente de remoción de cargo; Que, el Presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización ha formulado renuncia al cargo, la misma que es pertinente aceptar; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27594 y el Decreto Supremo N° 007-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptación de renuncia Aceptar la renuncia formulada por el señor SEGUNDO RODOLFO RAZA URBINA al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 21490-2 Dan por concluida designación de integrantes del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2007-PCM Lima, 29 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM se aprueba la fusión por absorción del Consejo Nacional de Descentralización con la Presidencia del Consejo de Ministros, disponiendo que los cargos de con fi anza y funcionales en el Consejo Nacional de Descentralización cesan a partir de la publicación de la Resolución Suprema o expedición de la Resolución correspondiente de remoción de cargo; Que, resulta necesario dar por concluida la designación de los integrantes del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conclusión de designación Dar por concluida la designación de los siguientes integrantes del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización, dándoseles las gracias por los servicios prestados: - Doctora MARÍA LILA IWASAKI CAUTI, representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Señor JUAN MANUEL CHAU ELÍAS, representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Señor JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO, represen- tante del Ministerio de Economía y Finanzas; y, - Señor JUAN MIGUEL CAYO MATA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 21490-3ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera, correspondientes al mes de diciembre de 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2007-EF/15 Lima, 29 de enero de 2007 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modi fi cada por la Ley Nº 28323, se establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, establece que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los titulares de las concesiones mineras pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, los Artículos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, los Artículos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, sus normas modi fi catorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinación de la Regalía Minera; Que, con base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante los O fi cios Nº 026-2006-INEI/DTDIS, Nº 027-2006- INEI/DTDIS, Nº 030-2006-INEI/DTDIS y Nº 130-2006-INEI/J; la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, según el O fi cio Nº 014-2007-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el O fi cio Nº 431-2006-SE-DGPU/DEEI, la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales – DGAES del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera; Que, el numeral 8.2 del Artículo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendarios después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el numeral 16.5 del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, establece que por Resolución Ministerial se aprobarán los Índices de Distribución de la Regalía Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del Artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera serán aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos realizados por la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales – DGAES de dicho ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera pagada en el mes de diciembre de 2006, así como los montos a que se re fi ere el numeral 16.6 del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, el literal b) del numeral 15.5 del Artículo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 157- 2004-EF y las normas modi fi catorias y complementarias correspondientes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébense los Índices de Distribución de la Regalía Minera, correspondientes al mes de diciembre de 2006, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del país bene fi ciados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2006 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, la Superintendencia