Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2007 (30/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de enero de 2007

de hecho de la causal de exoneracion por Situacion de Desabastecimiento Inminente; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º de la Ley, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 21º de la Ley, establece que ante una Situacion de Desabastecimiento Inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, mediante Formato Cinco (F5), se cuenta con la disponibilidad presupuestal que se requiere para dichas contrataciones; Adquisiciones y Contrataciones y el documento que lo apruebe deberan ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de ser aprobado; Que, el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estipula que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas propuestas y en el caso en que se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion. Asimismo, el articulo mencionado indica que la aprobacion y difusion de las modificaciones se MORDAZA de la forma prevista en los articulos 25º y 26º del referido Reglamento, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 006-2006-ED, Nº 083-2004-PCM y Nº 0842004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion de los procesos de seleccion, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Selectiva, por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar los "servicios de transporte terrestre e impresion" para que los Docentes de Educacion Basica Regular, de los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria que fueron impedidos de presentarse a rendir la prueba del 8 de enero de 2007, la realicen el dia lunes 22 de enero de 2007, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 0003-2007-ED a traves de acciones inmediatas, hasta por la suma de S/. 230,000.00 (Doscientos Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 91,944.00 (Noventa y Un Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), respectivamente. Articulo 2º.- Las contrataciones que se efectuen en virtud de la presente Resolucion, se realizaran a traves de la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Articulo 3º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, simultaneamente, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales que hubiera lugar.

Articulo 4º.- Aprobar las inclusiones en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educacion, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2007, de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educacion Basica para Todos, de los procesos de seleccion segun los anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Las inclusiones a que se refiere el articulo 4º de la presente Resolucion, deberan ser publicadas en el SEACE, de acuerdo a lo indicado en el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de ser aprobado. Articulo 6º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 7º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 21483-1

INTERIOR
Designan representante de la Titular del Ministerio ante la Comision Consultiva de los Censos Nacionales XI de Poblacion y VI de Vivienda
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0042-2007-IN MORDAZA, 27 de enero del 2007 VISTO, el Oficio Nº 030-2007-INEI/J del 15 de enero de 2007, suscrito por el Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, CONSIDERANDO: Que, es prioridad de la politica social del Estado, reducir los niveles de pobreza a traves de los programas sociales, para lo cual es necesario disponer de estadisticas confiables, oportunas y al menor nivel de desagregacion geografica; Que, los Censos Nacionales de Poblacion y Vivienda constituyen la fuente mas importante para focalizar a nivel de centros poblados a la poblacion mas vulnerable y en estado de pobreza extrema al captar informacion demografica, economica y social de los habitantes, asi como informacion relativa a las viviendas, sus caracteristicas estructurales, servicios de los que dispone, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N° 093-2006-PCM, se declaro de prioridad nacional la ejecucion de los Censos Nacionales Xl de Poblacion y VI de Vivienda en el ano 2007; Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, como organo responsable de la conduccion y ejecucion de los Censos Nacionales, emitira las normas tecnicas por las que se regiran los Censos Nacionales Xl de Poblacion y VI de Vivienda; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 011-2007PCM del 12 de enero de 2007, se conformo la Comision Consultiva de los Censos Nacionales Xl de Poblacion y VI de Vivienda, como el organo de mas alto nivel en la organizacion de los mencionados Censos Nacionales, la misma que esta integrada, entre otros, por un representante del Titular del Ministerio del Interior, que sera designado mediante Resolucion Ministerial, resultando conveniente designar a dicho representante;

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