Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2007 (11/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

346970
CONSIDERANDO :

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de junio de 2007

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 042-2007MEM/DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y a los Organismos senalados en el articulo 57º de la Ley General de Mineria, aprobada por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 0651-2007-INACC/ DGDV ha determinado que por el mes de MORDAZA del 2007, el monto total a distribuir es de US$ 1´142,423.96 (Un Millon Ciento Cuarenta y Dos Mil Cuatrocientos Veinte y Tres y 96/100 Dolares Americanos) y S/. 29,787.22 (Veinte y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Siete y 22/100 Nuevos Soles), efectuandose compensaciones por un monto ascendente a US$ 9,401.63 (Nueve Mil Cuatrocientos Uno y 63/100 Dolares Americanos), resultando un importe neto a distribuir de US$ 1´133,022.33 (Un Millon Ciento Treinta y Tres Mil Veinte y Dos y 33/100 Dolares Americanos) y S/. 29,787.22 (Veinte y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Siete y 22/100 Nuevos Soles); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado por Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de MORDAZA del 2007, de la siguiente manera:
Entidades Gob. Loc. Distrital INGEMMET INACC MEM TOTAL Total a Distribuir US$ S/. Deducciones US$ S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 Neto a Distribuir US$ 848,340.36 113,858.82 113,893.74 56,929.41 S/. 22,340.42 2,978.72 2,978.72 1,489.36 29,787.22

del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudacion del pago por Derecho de Vigencia durante el mes de MORDAZA del 2007 a las siguientes Municipalidades Distritales: DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/BONGARA MORDAZA YAMBRASBAMBA AMAZONAS/CHACHAPOYAS CHUQUIBAMBA LEIMEBAMBA MORDAZA MARISCAL MORDAZA MONTEVIDEO SAN MORDAZA DE MAINO AMAZONAS/LUYA SAN MORDAZA DE LOPECANCHA ANCASH/AIJA AIJA CORIS LA MORDAZA SUCCHA ANCASH/ASUNCION CHACAS ANCASH/BOLOGNESI AQUIA MORDAZA ANCASH/CARHUAZ ANTA ATAQUERO CARHUAZ MARCARA PARIAHUANCA SHILLA MORDAZA ANCASH/CARLOS F. MORDAZA SAN MORDAZA ANCASH/CASMA CASMA YAUTAN ANCASH/CORONGO BAMBAS CUSCA LA MORDAZA MORDAZA YUPAN ANCASH/HUARAZ COCHABAMBA COLCABAMBA HUANCHAY MORDAZA LA MORDAZA PARIACOTO PIRA TARICA ANCASH/HUARI CHAVIN DE HUANTAR HUACHIS RAPAYAN SAN MORDAZA ANCASH/HUARMEY COCHAPETI CULEBRAS HUARMEY HUAYAN S/. 0.00 0.00 US$ 7,087.50 15,862.50

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

469.27 2,025.00 2,025.00 600.00 600.00 900.00

0.00

1,125.00

0.00 0.00 0.00 0.00

2,244.61 562.50 18.75 197.11

0.00

487.49

0.00 0.00

256.37 705.41

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

12.50 962.50 1,030.09 50.00 48.91 130.09 112.50

0.00

225.00

856,817.96 22,340.42 -8,477.60 114,242.40 114,242.40 57,121.20 2,978.72 2,978.72 1,489.36 -383.58 -348.66 -191.79

0.00 0.00

337.50 1,687.50

1´142,423.96 29,787.22 -9,401.63

0.00 1´133,022.33

(*) Ver Anexo Nº 1

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 042-2007-MEM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e)
ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el Art. 57º

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

619.29 75.00 75.00 75.00 672.74

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

3,150.00 2,025.00 112.50 18.75 1,275.00 3,000.00 7,725.00 112.50

0.00 0.00 0.00 0.00

112.50 2,250.00 750.00 112.50

0.00 0.00 0.00 0.00

450.00 900.00 2,850.00 1,125.00

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