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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de mayo de 2007 345297 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliación del plazo para efectos de califi cación a que se re fi ere la Ley Nº 26511 Otorgar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el plazo de quince (15) meses, a partir de la fecha de culminación del plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 023-2006/DE/CCFFAA/D1-PERS, del 23 de setiembre del 2006, para efectos de la cali fi cación a que se refi ere la Ley N° 26511, modi fi cada por Ley N° 27124, que reconoce como Defensores de la Patria o Combatientes y otorga bene fi cios a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Civiles que participaron en el con fl icto del Alto Cenepa de 1995. Artículo 2°.- Recepción de propuestas Dentro de los primeros seis (6) meses del plazo indicado, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas recepcionará las propuestas presentadas por las Instituciones Armadas y la Policía Nacional para la califi cación respectiva, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010 DE/SG del 12 de febrero de 1999. Artículo 3°.- Ampliación del plazo El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de no concluir con la revisión de solicitudes, reconsideraciones y apelaciones, podrá solicitar al Ministerio de Defensa la ampliación del plazo otorgado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 60014-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. para realizar rotación en laboratorios del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 334-2007-DE/SG Lima, 14 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 261 de fecha 21 de marzo de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América, en el marco del Convenio fi rmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Marina de entonces y la Marina de los Estados Unidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899 establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 de junio al 29 de julio de 2007, para realizar una rotación en los laboratorios del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 60014-2 INTERIOR Designan Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con competencia en el ámbito territorial del departamento de Junín y la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 323-2007-IN/1001 Lima, 11 de mayo del 2007. CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-IN, del 31OCT2001, se creó el cargo de Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con la función de diseñar, coordinar y dirigir la puesta en práctica de una estrategia integral de paci fi cación y desarrollo, en cada una de las zonas en las que subsisten rezagos de actividad de grupos terroristas, que combine adecuadamente las labores de seguridad, inteligencia y represión del terrorismo, en el marco legal del estado derecho y el respeto a los derechos humanos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2063-2002- IN/0102 del 6NOV2002, se designó al doctor Luis César Maury Parra en el cargo de Comisionado para la Paz y el Desarrollo con competencia en el ámbito territorial del departamento de Junín y la provincia de Oxapampa en el departamento de Pasco, quien con carta de fecha 2MAY2007 ha presentado renuncia al cargo; Que, en consecuencia es necesario proceder a cubrir el cargo de Comisionado para la Paz y el Desarrollo antes indicado; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º y 7º de la Ley Nº27594 que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en el Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, modi fi cado por Ley Nº 28141,