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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2007 (15/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de mayo de 2007 345300 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 135-2007-RE Lima, 14 de mayo de 2007CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene fi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.1 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 666,721.00 (SEISCIENTOS SESENTISÉIS MIL SETECIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CONFERENCIA DE AUTORIDADES DE AUDIOVISUALES 8,859.00 Y CINEMATOGRÁFICAS DE IBEROAMÉRICA (CAACI)Cuota 2007 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO (OMT) 101,427.00 Plan de Pagos ORGANIZACIÓN PARA LA PROHIBICIÓN DE LAS 84,058.00 ARMAS QUÍMICAS (OPAQ) Cuota 2005 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) 474,377.00 Cuota parcial 2007 Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Especí fi ca 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2007. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 60335-4 Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en reunión relativa a la realización de estudio para la suscripción de Acuerdo de Libre Comercio Perú-China RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0506/RE Lima, 4 de mayo de 2007CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial; Que, del 14 al 15 de mayo de 2007, se llevará a cabo en la ciudad de Beijing, República Popular China, la Primera Reunión Técnica entre los funcionarios de los Ministerios de Comercio y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú y la República Popular China, quienes tendrán a su cargo la realización del Estudio Conjunto de Factibilidad para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio Perú-China; Que, el objetivo principal de la citada reunión es evaluar los alcances y elementos a ser incluidos en el marco de una futura negociación de un Acuerdo Comercial entre el Perú y la República Popular China que se tendría previsto lanzar en el transcurso del presente año; Que, la presencia del Ministerio de Relaciones Exteriores en esta Reunión Técnica reviste particular importancia para nuestra política exterior teniendo en cuenta las implicancias comerciales, económicas y políticas que tiene para el Perú la eventual negociación con China; Que, es igualmente conveniente incorporar desde la etapa inicial al Ministerio de Relaciones Exteriores en el proceso de negociación y seguimiento de las iniciativas destinadas a impulsar y fortalecer las relaciones económico-comerciales con el segundo más importante socio comercial del Perú; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº 0248/2007, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, de 26 de abril de 2007; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modi fi cado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, y el inciso b) del numeral 3. del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE :Artículo Primero.- Designar al Consejero en el Servicio Diplomático de la República Pedro Antonio Bravo Carranza, para que participe como representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la Primera Reunión Técnica que tendrá a su cargo la realización del Estudio Conjunto de Factibilidad para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio Perú-China, a realizarse en la ciudad de Beijing, República Popular China, los días 14 y 15 de mayo de 2007. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje al Consejero en el Servicio Diplomático de la República Pedro Antonio Bravo Carranza, a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 14 al 15 de mayo de 2007, para que participe de la Reunión descrita en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la participación del citado funcionario diplomático en la referida reunión, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince