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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de noviembre de 2007 356741Nº DE ORDDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN % DE 1 U.I.T.CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.AUTO- MÁTICAEVALUACIÓN POSIT. NEGAT. La proyección de inversión deberá ser consistente con el Per fi l del proyecto técnico, en base al área a servir, clase y modalidad del servicio. e)En caso de que la concesión involucre la Provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, previo a la inscripción en el Registro, se deberá presentar Carta Fianza equivalente al quince por ciento (15%) de la inversión inicial de proyecto para asegurar el inicio de operaciones. Dicha Carta Fianza seráemitida por entidad sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Banca y Segurosa nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con carácter de solidaria, irrevocable, incondicionada, de realización automática, renovable y sin bene fi cio de excusión, con una vigencia de trece (13) meses. f)Compromiso de cumplir todas y cada una de las cláusulas estipuladas en el contrato de concesión única. 08 INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE SERVICIOS PÚBLICOS DE Solicitud dirigida al Director General de Concesiones en Comunicaciones, según formulario, Gratuito 30 d. O fi cina de Atención al Director General de Reconsideración TELECOMUNICACIONES EN CASO SE REQUIERA ASIGNACIÓN adjuntando: Ciudadano y Gestión Concesiones en Director General de DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO a) Perfi l del Proyecto técnico, según formulario, para la prestación del servicio y modalidad Documental Comunicaciones Concesiones en solicitados, autorizado por ingeniero colegiado hábil a la fecha de presentación de la Comunicaciones BASE LEGAL solicitud, en la especialidad de ingeniería electrónica o telecomunicaciones. D.S. Nº 013-93-TCC (06.05.93) y modi fi catorias Arts. 47º En caso de los servicios fi nales, de involucrar la provincia de Lima y/o la Provincia Apelación D.S. Nº 020-2007-MTC (04.07.07) Arts.155º y 156º. Constitucional del Callao, el Proyecto contemplará además, como mínimo, la ate nción Viceministro de D.S. Nº 038-2003-MTC (06.07.03) y modi fi catoria Art. 4º. de un distrito fuera de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao Comunicaciones D.S. Nº 020-98-MTC y sus modi fi catorias (05.08.98) Título I Art. 14º num. 2 hit a) dentro de los 24 meses contados desde la inscripción en el Registro, asegur ando la prestación del servicio en dicha localidad por el período que dure la concesión.Para el caso del servicio de telefonía fi ja local en la provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, deberá prestar el servicio en al menos un distrito no atendido con dicho servicio fuera del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. b)Plan de cobertura, y de ser el caso, capacidad de red. c)Copia simple del Certi fi cado de habilidad del ingeniero que autoriza el Per fi l del Proyecto, emitido por el Colegio de Ingenieros del Perú. d)Proyección de la inversión, según formulario, prevista para los primeros cinco años y monto que se proyecta invertir durante el primer año.La proyección de inversión deberá ser consistente con el Per fi l del proyecto técnico, en base al área a servir, clase y modalidad del servicio. e)Estudio teórico, según formulario, de radiaciones no ionizantes por cada estación radioeléctrica a instalar, autorizado por persona inscrita en el Registro de Personas Autorizadas para la realización de Estudios Teóricos de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones. (2) f)En caso de que la concesión involucre la Provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, previo a la inscripción en el Registro, se deberá presentar Carta Fianza equivalente al quince por ciento (15%) de la inversión inicial de proyecto para asegurar el inicio de operaciones. Dicha Carta Fianza seráemitida por entidad sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Banca y Segurosa nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con carácter de solidaria, irrevocable, incondicionada, de realización automática, renovable y sin bene fi cio de excusión, con una vigencia de trece (13) meses. g)Compromiso de cumplir todas y cada una de las cláusulas estipuladas en el contrato de concesión única. 09 ASIGNACIÓN ADICIONAL DE ESPECTRO Solicitud dirigida al Director General de Concesiones en Comunicaciones, adjuntando: Gratuito 30 d. O fi cina de Atención al Director General de Reconsideración RADIOELÉCTRICO a) Perfi l técnico del proyecto autorizado por ingeniero colegiado hábil en la Ciudadano y Gestión Concesiones en Director General de especialidad de ingeniería electrónica o telecomunicaciones. Documental Comunicaciones Concesiones en BASE LEGAL b) Copia simple del certi fi cado de habilidad del ingeniero que autoriza el Per fi l del Comunicaciones D.S. Nº 013-93-TCC (06.05.93) y modi fi catorias Art. 58º Proyecto emitido por el Colegio de Ingenieros del Perú D.S. Nº 020-2007-MTC (04.07.07) Art. 120º, 204º y 206º c)Proyección de la demanda que justi fi que la solicitud. Apelación D.S. Nº 021-2007-MTC (06.07.07) Art. 83º b) Viceministro de NOTA: El solicitante deberá contar con concesión vigente para el Comunicaciones