TEXTO PAGINA: 67
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de noviembre de 2007 356737Nº DE ORDDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN % DE 1 U.I.T.CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.AUTO- MÁTICAEVALUACIÓN POSIT. NEGAT. comportamiento de pago positivo emitido por una central de riesgo acreditada. PARA PERSONA NATURAL: m)Copia simple del documento de identidad n)Hoja de datos personales, según formulario ñ)Declaración jurada, según formulario, de no hallarse impedido de contratar con el Estado ni estar incursos en las limitaciones establecidas en el TUO de la Ley deTelecomunicaciones y en el TUO de su Reglamento General. o)Declaración jurada de impuesto a la renta del ejercicio anterior a la presentación de la solicitud, que acredite ingresos por un monto no menor a 10 UIT, además del reporte de comportamiento de pago positivo emitido por una central de riesgo acreditada. p)Reporte de comportamiento de pago positivo, emitido por una central de riesgo acreditada. NOTA: En caso de que la información legal antes indicada conste en otro expediente, ello se indicará en la solicitud precisando, de ser posible, el número del respectivo expediente. 02 CONCESIÓN ÚNICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Solicitud dirigida al Director General de Concesiones en Comunicaciones, según formulario, Gratuito 80 d. O fi cina de Atención al Aprobación Reconsideración PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES EN CASO REQUIERA adjuntando: Ciudadano y Gestión Ministro de Transportes Director General de ASIGNACIÓN DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO (1) a) Perfi l del Proyecto técnico, según formulario, para la prestación del servicio y modalidad Documental y Comunicaciones Concesiones en Vigencia: Veinte (20) años. solicitados, autorizado por ingeniero colegiado hábil a la fecha de presentación de la Comunicaciones solicitud, en la especialidad de ingeniería electrónica o telecomunicaciones. Denegatoria BASE LEGAL En caso de los teleservicios, de involucrar la provincia de Lima y/o la Provincia Director General de Apelación D.S. Nº 013-93-TCC (06.05.93) y modi fi catorias Arts. 47º y 55º Constitucional del Callao, el Proyecto contemplará además, como mínimo, la atención Concesiones en Viceministro de D.S. Nº 020-2007-MTC (04.07.07) Arts.110º, 121º, 125º, 144º, 145º, de un distrito fuera de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao Comunicaciones Comunicaciones 146º,147º, 148º, 149º y 150°. dentro de los 24 meses contados desde la suscripción del contrato, asegurandoD.S. Nº 038-2003-MTC (06.07.03) y modi fi catoria Art. 4º la prestación del servicio en dicho distrito por el período que dure la concesión. D.S. Nº 020-98-MTC y modi fi catorias (05.08.98) Título I Art. 14º num. 2 lit a) Para el caso del servicio de telefonía fi ja local en la provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, deberá prestar el servicio en al menos un distrito no atendido con dicho servicio fuera del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. b)Copia simple del Certi fi cado de habilidad del ingeniero que autoriza el Per fi l del Proyecto emitido por el Colegio de Ingenieros del Perú c)Proyección de la inversión, según formulario, prevista para los primeros cinco años y monto que se proyecta invertir durante el primer año.La proyección de inversión deberá ser consistente con el Per fi l del proyecto técnico, en base al área a servir, clase y modalidad del servicio. d)Estudio teórico, según formulario, de radiaciones no ionizantes por cada estación radioeléctrica a instalar, autorizado por persona inscrita en el Registro de Personas Autorizadas para la realización de Estudios Teóricos de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones. (2). e)En caso de que la concesión involucre la provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, previo a la suscripción del Contrato de Concesión, se deberá presentar Carta Fianza equivalente al quince por ciento (15%) de la inversión inicial de proyecto para asegurar el inicio de operaciones. Dicha Carta Fianza seráemitida por entidad sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Banca y Segurosa nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con carácter de solidaria, irrevocable, incondicionada, de realización automática, renovable y sin bene fi cio de excusión, con una vigencia de trece (13) meses. f)Pago por la publicación de la resolución de concesión en el Diario O fi cial El Peruano (3) PARA PERSONA JURÍDICA: g)Copia simple del testimonio de constitución social, inscrito conforme a Ley, o del instrumento que corresponda, tratándose de personas jurídicas extranjeras h)Certi fi cado de vigencia de poder del representante legal con antigüedad no mayor