Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de noviembre de 2007 357901 CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley Nº 24829 y a su Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, es una Institución Pública Descentralizada del Sector Economía y Finanzas; Que, al amparo de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se dictó el Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, que dispuso la fusión por absorción de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT con la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, el mismo que constituye un instrumento normativo de gestión institucional en el cual se precisan la fi nalidad, funciones generales y atribuciones del Titular y las funciones de los órganos de la SUNAT; asimismo, se establece la estructura funcional y orgánica de las dependencias hasta el tercer nivel organizacional; Que, a través del Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, precisando en su Artículo 15º que la aprobación del CAP, entre otros, de las Entidades de Tratamiento Empresarial, se efectúa mediante Resolución Suprema refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca la entidad, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación del respectivo sector; Que, asimismo, los literales a) y c) del Artículo 16º del referido Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, prevén que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal cuando la Entidad haya sufrido modifi caciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos, así como por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal - PAP; Que, con Resolución Suprema Nº 071-2004-EF, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la SUNAT, de conformidad con los lineamientos precedentemente anotados; Que, el numeral 2 del Artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, prohíbe el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento, con excepción, entre otros, de la contratación o nombramiento, según corresponda de hasta 100 Ofi ciales y Especialistas de Aduanas y 100 profesionales para el control de las obligaciones tributarias en la SUNAT; Que, habiendo la SUNAT incrementado las plazas aprobadas en doscientos (200) profesionales de acuerdo a lo autorizado por la citada Ley de Presupuesto y al haberse producido modifi caciones en su estructura organizacional por motivo de una acción de racionalización y mejoramiento de procesos, así como un reordenamiento de cargos, resulta pertinente modifi car y actualizar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la SUNAT, con arreglo a la normativa legal sobre la materia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, aprobado por Ley Nº 28927 y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL