Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

Dan por concluido MORDAZA de fusion por absorcion de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de Unidad Operativa de Proyectos Especiales UOPE a la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la Descentralizacion - UCAD
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 620-2007-AG MORDAZA, 16 de octubre de 2007 VISTO: El Oficio Nº 527-2007-AG-UCAD/CEN del Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la Descentralizacion-UCAD, sobre conclusion del MORDAZA de fusion por absorcion de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE a la UCAD. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 459-2007-AG, de 26 de junio de 2007, se dispuso la fusion bajo la modalidad por absorcion de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE (entidad absorbida) a la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la DescentralizacionUCAD (entidad absorbente), esta MORDAZA en calidad de incorporante; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0012007-AG, del 2 de MORDAZA de 2007, se dispuso la constitucion de una Comision de Entrega - Recepcion para los fines MORDAZA indicados; debiendo dicha Comision presentar un informe de cierre al 30 de junio de 2007, conteniendo los aspectos referidos al acervo documentario, recursos presupuestales, personal, bienes patrimoniales, entre otros; Que, con el oficio del visto, el Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la Descentralizacion-UCAD, ha alcanzado el informe final del MORDAZA de fusion por absorcion de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE a la UCAD, con las conclusiones y recomendaciones respectivas; De conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluido el MORDAZA de fusion por absorcion de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE a la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la Descentralizacion-UCAD, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 459-2007AG. Articulo 2º.- Encargar al Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la Descentralizacion-UCAD a efectuar las acciones y coordinaciones necesarias para el debido cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el informe final de la referida Comision. Articulo 3º.- Desactivar la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE, conformada mediante Resolucion Ministerial Nº 473-2001-AG. Articulo 4º.- La Coordinacion Ejecutiva Nacional de la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la DescentralizacionUCAD, asumira la conduccion de las actividades, programas y/o proyectos absorbidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 120890-2

Reconocen Area de Conservacion Privada "Abra MORDAZA - Alto Nieva", ubicada en el departamento de Amazonas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 621-2007-AG MORDAZA, 16 de octubre de 2007 VISTO: El expediente remitido por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, sobre reconocimiento del Area de Conservacion Privada "Abra MORDAZA - Alto Nieva", seguido por la Asociacion Ecosistemas Andinos -ECOAN. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, el articulo 12º de la Ley Nº 26834-Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podran, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o parte de su extension, como Areas de Conservacion Privada, siempre y cuando cumplan con los requisitos fisicos y tecnicos que ameriten su reconocimiento; Que, por su parte el articulo 70º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, senala que constituyen areas de conservacion privada aquellos predios privados que por sus caracteristicas ambientales, biologicas, paisajisticas u otras analogas contribuyen a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservacion de la diversidad biologica e incrementando la oferta de investigacion cientifica y la educacion, asi como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado; Que, el reconocimiento de dichos predios como areas de conservacion privada no otorga el derecho de propiedad sobre los recursos naturales en ellos contenidos, sino que implica una estrategia para la participacion privada en la conservacion de los mismos; Que, de conformidad con lo normado por el inciso c) del articulo 42º y el articulo 71º del mencionado Reglamento, las areas de conservacion privada se reconocen mediante resolucion del Ministerio de Agricultura, a solicitud del propietario del predio y a propuesta del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, en base a un acuerdo con el Estado a fin de conservar la diversidad biologica en parte o la totalidad de dicho predio, por un periodo no menor a diez (10) anos renovables; Que, por escrito presentado el 23 de MORDAZA del 2007, el senor MORDAZA Aucca Chutas, en su calidad de Presidente de la Asociacion Ecosistemas AndinosECOAN, segun poder inscrito en el asiento 05 de la Partida Nº 11000846 de la MORDAZA Registral Nº X, Sede MORDAZA, solicita al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, el reconocimiento como Area de Conservacion Privada "Abra MORDAZA - Alto Nieva", a perpetuidad, sobre la superficie conformada por 21 predios contiguos de propiedad de la Asociacion, que suman un area total de MIL CUATROCIENTOS QUINCE HECTAREAS Y SIETE MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (1,415.74 ha), ubicadas en el distrito de Yambrasbamba, provincia de Bongara, departamento de Amazonas, cuyo derecho de propiedad corre inscrito en las Partidas Registrales Nºs. 02013440, 02013441, 02013449, 02014194, 02014643, 02015569, 02015570, 02015599, 02015600, 02015601, 02015602, 02023516, 02023520, 02023562, 02023563, 02023564, 02023565, 02023567, 02023578, 02023646 y 02039843, de la MORDAZA Registral Nº II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Chachapoyas, adjuntando para tal efecto declaracion jurada, el expediente tecnico y los certificados registrales inmobiliarios; Que, mediante informe Nº 160-2007-INRENA-IANP/ DPANP, del 7 de junio del 2007, la Intendencia de Areas

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