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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2007 355558 Dan por concluido proceso de fusión por absorción de la Comisión Nacional de Liquidación y Transferencia de Unidad Operativa de Proyectos Especiales - UOPE a la Unidad de Coordinación y Apoyo a la Descentralización - UCAD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 620-2007-AG Lima, 16 de octubre de 2007 VISTO: El Ofi cio Nº 527-2007-AG-UCAD/CEN del Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinación y Apoyo a la Descentralización-UCAD, sobre conclusión del proceso de fusión por absorción de la Comisión Nacional de Liquidación y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE a la UCAD. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 459-2007-AG, de 26 de junio de 2007, se dispuso la fusión bajo la modalidad por absorción de la Comisión Nacional de Liquidación y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE (entidad absorbida) a la Unidad de Coordinación y Apoyo a la Descentralización- UCAD (entidad absorbente), esta última en calidad de incorporante; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 001- 2007-AG, del 2 de julio de 2007, se dispuso la constitución de una Comisión de Entrega - Recepción para los fi nes antes indicados; debiendo dicha Comisión presentar un informe de cierre al 30 de junio de 2007, conteniendo los aspectos referidos al acervo documentario, recursos presupuestales, personal, bienes patrimoniales, entre otros; Que, con el ofi cio del visto, el Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinación y Apoyo a la Descentralización-UCAD, ha alcanzado el informe fi nal del proceso de fusión por absorción de la Comisión Nacional de Liquidación y Transferencia Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE a la UCAD, con las conclusiones y recomendaciones respectivas; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el proceso de fusión por absorción de la Comisión Nacional de Liquidació n y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE a la Unidad de Coordinación y Apoyo a la Descentralización-UCAD, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 459-2007- AG. Artículo 2º.- Encargar al Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinación y Apoyo a la Descentralización-UCAD a efectuar las acciones y coordinaciones necesarias para el debido cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el informe fi nal de la referida Comisión. Artículo 3º.- Desactivar la Comisión Nacional de Liquidación y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE, conformada mediante Resolución Ministerial Nº 473-2001-AG. Artículo 4º.- La Coordinación Ejecutiva Nacional de la Unidad de Coordinación y Apoyo a la Descentralización- UCAD, asumirá la conducción de las actividades, programas y/o proyectos absorbidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 120890-2 Reconocen Área de Conservación Privada “Abra Patricia - Alto Nieva”, ubicada en el departamento de Amazonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 621-2007-AG Lima, 16 de octubre de 2007 VISTO: El expediente remitido por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, sobre reconocimiento del Área de Conservación Privada “Abra Patricia - Alto Nieva”, seguido por la Asociación Ecosistemas Andinos -ECOAN. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 26834-Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podrán, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o parte de su extensión, como Áreas de Conservación Privada, siempre y cuando cumplan con los requisitos físicos y técnicos que ameriten su reconocimiento; Que, por su parte el artículo 70º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, señala que constituyen áreas de conservación privada aquellos predios privados que por sus características ambientales, biológicas, paisajísticas u otras análogas contribuyen a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservación de la diversidad biológica e incrementando la oferta de investigación científi ca y la educación, así como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado; Que, el reconocimiento de dichos predios como áreas de conservación privada no otorga el derecho de propiedad sobre los recursos naturales en ellos contenidos, sino que implica una estrategia para la participación privada en la conservación de los mismos; Que, de conformidad con lo normado por el inciso c) del artículo 42º y el artículo 71º del mencionado Reglamento, las áreas de conservación privada se reconocen mediante resolución del Ministerio de Agricultura, a solicitud del propietario del predio y a propuesta del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, en base a un acuerdo con el Estado a fi n de conservar la diversidad biológica en parte o la totalidad de dicho predio, por un período no menor a diez (10) años renovables; Que, por escrito presentado el 23 de mayo del 2007, el señor Constantino Aucca Chutas, en su calidad de Presidente de la Asociación Ecosistemas Andinos- ECOAN, según poder inscrito en el asiento 05 de la Partida Nº 11000846 de la Zona Registral Nº X, Sede Cusco, solicita al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, el reconocimiento como Área de Conservación Privada “Abra Patricia - Alto Nieva”, a perpetuidad, sobre la superfi cie conformada por 21 predios contiguos de propiedad de la Asociación, que suman un área total de MIL CUATROCIENTOS QUINCE HECTÁREAS Y SIETE MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (1,415.74 ha), ubicadas en el distrito de Yambrasbamba, provincia de Bongará, departamento de Amazonas, cuyo derecho de propiedad corre inscrito en las Partidas Registrales Nºs. 02013440, 02013441, 02013449, 02014194, 02014643, 02015569, 02015570, 02015599, 02015600, 02015601, 02015602, 02023516, 02023520, 02023562, 02023563, 02023564, 02023565, 02023567, 02023578, 02023646 y 02039843, de la Zona Registral Nº II, Sede Chiclayo, Ofi cina Registral Chachapoyas, adjuntando para tal efecto declaración jurada, el expediente técnico y los certifi cados registrales inmobiliarios; Que, mediante informe Nº 160-2007-INRENA-IANP/ DPANP, del 7 de junio del 2007, la Intendencia de Áreas