Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2008 (25/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 25 de agosto de 2008

Que, es funcion principal e irrenunciable de los senores Congresistas de la Republica, la de fiscalizacion de todos los actos del Ejecutivo Nacional, esto, de conformidad con lo regulado en el articulo 97 de la Ley Fundamental / Constitucional Politica de 1993, y tambien, el Reglamento del Congreso. Que, al merito de estas consideraciones, y en la medida que es necesario tutelar preventivamente cualquier accion de facto (que aunque legitima, debe evitarse) pueda ser emprendida en o desde las zonas afectadas; entonces, al MORDAZA y de conformidad con lo regulado en el articulo 39 de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobierno Regionales, modificada por las Leyes N°s. 27902, 28961, 28968, 29053, y, la Ordenanza Regional Nro. 001-2007GRA/CR-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- SOLICITAR a los senores Alcaldes de las Municipalidades Provinciales y Distritales del litoral del Departamento de MORDAZA, para que en ejercicio de la autonomia politica, economica y administrativa que constitucionalmente ostentan y, en observancia de la Ordenanza Regional Nro. 020-AREQUIPA y de la Ordenanza Regional Nro. 032-AREQUIPA: ((a)) Suspendan de forma indefinida en sus respectivos MORDAZA, el otorgamiento de licencias de construccion (en todas sus modalidades) para plantas pesqueras de harina y aceite de pescado, y en consecuencia, rechacen liminarmente cualquier solicitud o expediente que pudiera ser presentado, esto ultimo, a traves de la Ordenanza Municipal correspondiente. ((b)) En el mismo sentido, suspendan de forma indefinida el otorgamiento de licencias de funcionamiento para el rubro senalado. ((c)) Aprueben y/o Modifiquen segun sea el caso, el respectivo Cuadro de Sanciones Administrativas. Segundo.- SOLICITAR al Ejecutivo Regional para que en el mas breve plazo, a traves de la Autoridad Regional

Ambiental (ARMA) y la Gerencia Regional de la Produccion, en forma paralela ((a)) Exijan al Ministerio de la Produccion en escrito fundamentado, la revocacion de las siguientes Resoluciones Directorales: De la Resolucion Directoral Nro. 510-2006-PRODUCE/DGEPP., de la Resolucion Directoral Nro. 093-2008-PRODUCE/DGEPP., de la Resolucion Directoral Nro. 219-2008-PRODUCE/DGEPP., y de la Resolucion Directoral Nro. 392-2008-PRODUCE/DGEPP; ((b)) Exijan tambien, la suspension y/o no expedicion de las Licencias de Operacion de las fabricas. Tercero.- ENCARGAR a la Comision de Ecologia, Ambiente y Recursos Naturales del Consejo Regional, para que en forma inmediata inicie en la MORDAZA de Camana las reuniones de la Mesa de Trabajo. Cuarto.- EXIGIR a los senores Congresistas MORDAZA Meckler, MORDAZA MORDAZA Eguren y MORDAZA MORDAZA para que en ejercicio de sus atribuciones inicien las acciones de fiscalizacion en contra del Ministerio de la Produccion. Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y el Diario de Avisos Judiciales "La Republica". Asimismo, ENCARGAR al Ejecutivo Regional la difusion a las poblaciones del litoral arequipeno de las disposiciones emitidas y acciones iniciadas por el Gobierno Regional, asi como de las irregularidades encontradas en los procedimientos aprobados por el Ministerio de la Produccion en esta materia. Disponiendose en este acto su registro y notificacion. MORDAZA, 2008 agosto 14. MORDAZA BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 242081-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos.

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