Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2008 (12/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NOMBRE DEL DIFUNTO 490. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 491. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 492. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 493. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 494. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 495. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 496. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 497. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 498. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 499. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 500. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA 501. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA 502. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 503. MORDAZA MORDAZA Laja MORDAZA 504. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA 505. Vivianne MORDAZA MORDAZA 506. MORDAZA MORDAZA Linaya MORDAZA 507. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA 508. MORDAZA MORDAZA Huacrasapa 509. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 510. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 511. MORDAZA Cosinco MORDAZA 512. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 513. MORDAZA Allasio MORDAZA 514. MORDAZA G. MORDAZA 515. MORDAZA MORDAZA Marino. CUARTEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FECHA FALLEC. 15/01/1968 15/01/1968 16/01/1968 18/12/1968 21/01/1968 01/01/1968 22/07/1968 26/01/1968 26/01/1968 26/01/1968 27/01/1968 29/01/1968 31/01/1968 30/01/1968 01/02/1968 03/02/1968 03/02/1968 01/02/1968 03/02/1968 04/02/1968 06/02/1968 06/09/1968 06/02/1968 10/02/1968 14/02/1968 21/02/1968

NORMAS LEGALES
LETRA NUMERO "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" "G" 9 10 11 12 15 17 18 19 20 21 23 24 25 27 28 29 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de junio de 2008

211261-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Exoneran de MORDAZA de seleccion el suministro de hojuelas de quinua con cereales para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 048-2008-MPC
Canete, 30 de MORDAZA del 2008. Visto, el Informe Nº 088-2008-GDSPV-MPC, el Informe Nº 313-2008-AS.LEG-MPC de la Oficina de Asesoria Juridica, sobre la solicitud de declaratoria en situacion de desabastecimiento inminente de suministro del producto Hojuelas de Quinua con Cereales para el Programa del Vaso de Leche 2008; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo, el Articulo IV del citado cuerpo legal, senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.- senala que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma

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directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 21º de la Ley; no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Participacion Vecinal mediante el Informe Nº 088-2008-GDSPC-MPC, senala que los procesos de seleccion Adjudicacion Directa Publica Nº 001 en su Primera y MORDAZA Convocatorias fueron declarados desiertos, siendo imprescindible la adquisicion de tal producto para un lapso de tres meses a fin de que el Programa del Vaso de Leche 2008 siga funcionando con normalidad y teniendo en cuenta el hecho de que tal producto ya se encuentra agotado en los almacenes de la municipalidad, siendo necesaria la aprobacion de la declaratoria de desabastecimiento inminente del suministro de hojuelas de quinua con cereales, hasta tanto se culmine el MORDAZA de seleccion de acuerdo a Ley; Que, asimismo, el Informe Nº 313-2009-AS.LEG-MPC de la Unidad de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la declaracion de situacion de desabastecimiento inminente del producto hojuelas de quinua con cereales para un lapso de tres meses y por un monto de S/.39,700.80 (treinta y nueve mil setecientos y 80/100 Nuevos Soles), debera hacerse de acuerdo a lo normado en el articulo 20º y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar la exoneracion del MORDAZA de adquisicion de hojuelas de quinua con cereales por la causal de desabastecimiento inminente; En uso de las facultades conferidas en el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo en Sesion Ordinaria del 29 de MORDAZA de 2008, con el MORDAZA mayoritario de los Senores Regidores y, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; SE ACORDO:

Articulo 1º.- Declarar en desabastecimiento inminente el suministro del producto Hojuelas de Quinua con Cereales, por el plazo MORDAZA de tres (03) meses, de conformidad con el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente para el suministro del producto Hojuelas de Quinua con Cereales, hasta por un monto de S/.39,700.80 (treinta y nueve mil setecientos y 80/100 Nuevos Soles). Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administracion llevar a cabo las acciones inmediatas a fin de contratar el servicio respectivo. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General comunique el contenido del presente acuerdo y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica dentro del plazo de diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion, publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal y en la pagina Web de la entidad, asi como las demas acciones correspondientes de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA

211939-1

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