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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (16/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de junio de 2008 374129 CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para las mencionadas aperturas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “A” mediante el Informe Nº 66-2008-DEB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a Citibank del Perú, la apertura de tres (3) Agencias, según el siguiente detalle: - Agencia ubicada en la Av. Elmer Faucett Nº 2121, Int. 1-104 y 1-105, Callao, Provincia Constitucional del Callao y departamento de Lima; - Agencia ubicada en la Av. Cayma Nº 612, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; - Agencia ubicada en la calle Junín Nº 468, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 212453-1 Autorizan funcionamiento de “Deutsche Bank (Perú) S.A.” como empresa bancaria RESOLUCIÓN SBS Nº 2035-2008 Lima, 10 de junio de 2008EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES: VISTA:La solicitud presentada por Deutsche Bank AG de Alemania, a través de sus representantes, los señores Juan Luis Avendaño Cisneros y Rafael Fernando Corzo de la Colina, para obtener la autorización de funcionamiento de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Deutsche Bank (Perú) S.A.”; y; CONSIDERANDO:Que, en virtud de la autorización de organización emitida por esta Superintendencia mediante Resolución SBS Nº 1528-2007 de fecha 23 de octubre del 2007, se ha constituido la empresa “Deutsche Bank (Perú) S.A.”, mediante Escritura Pública de fecha 26 de octubre del 2007 otorgada ante el Notario Público de Lima, doctor Eduardo Laos de Lama, encontrándose inscrita en la Partida Electrónica Nº 12078297 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modifi catorias, en adelante la “Ley General” y en el numeral X del Procedimiento Nº 01 del TUPA de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002; se ha verifi cado que la empresa Deutsche Bank (Perú) S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo Segundo de la Resolución SBS Nº 1528-2007, encontrándose técnica y administrativamente capacitada para su funcionamiento; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “D” mediante Informe Nº 56 -OT-2008-DEB “D”, el Departamento de Riesgos de Operación mediante Informe Nº 017-2008-DERO, el Departamento de Riesgos de Crédito mediante Informes Nº 006-2008-DERC y Nº 61-2008-DERC, el Departamento de Riesgos de Mercado y Liquidez mediante Informe Nº 054-2008-DERMLI; y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica y de Riesgos, y la Gerencia de Planeamiento y Servicios al Usuario; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27º de la Ley General y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la precitada norma legal. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de “Deutsche Bank (Perú) S.A.” como una empresa bancaria, la que podrá realizar las operaciones señaladas en el artículo 283º de la Ley General. Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General de esta Superintendencia se otorgue el correspondiente certifi cado de autorización de funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Ofi cial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirse de forma permanente copia certifi cada de dicho documento en las ofi cinas de la empresa, en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 213050-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan participación del Presidente y del Secretario General del Tribunal Constitucional en eventos académico e institucional a realizarse en Argentina RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 066-2008-P/TC Lima, 13 de junio de 2008VISTA La comunicación de fecha de fecha 17 de abril del año en curso, remitida por don Pablo Pérez Tremps, Magistrado del Tribunal Constitucional de España y Secretario Permanente de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional; CONSIDERANDO: Que mediante la comunicación de vista se invita al Presidente del Tribunal Constitucional del Perú a participar, como ponente, de un seminario dirigido a Magistrados de los Tribunales, Cortes y Salas de Sudamérica, denominado “Las Garantías Constitucionales de los Grupos Vulnerables: Las Personas Privadas de Libertad”, que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 17 al 19 de junio de 2008; Que en el referido certamen se abordarán, entre otros, temas como la doctrina constitucional sobre internamiento de incapacitados y menores; el derecho a la libertad; la doctrina constitucional sobre la prisión preventiva; los derechos fundamentales de los presos y condenados; la doctrina constitucional sobre los derechos fundamentales de los privados de libertad, la tutela constitucional de los menores de edad; los mismos que resultan de sumo interés para propiciar un intercambio de experiencias doctrinarias y jurisprudenciales que contribuirán positivamente en la labor de este órgano de justicia constitucional; Que adicionalmente al seminario antes mencionado, se procederá también a constituir la Red Iberoamericana Descargado desde www.elperuano.com.pe