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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de marzo de 2008 369276 de la información, en un plazo máximo de 3 días hábiles, se validarán sus datos y se procederá con la respectiva habilitación en el sistema, para que pueda cumplir con el referido registro. De no encontrarse activo el usuario en el plazo antes mencionado, deberá escribir un correo electrónico a registro@sbn.gob.pe solicitando que se habilite el usuario previamente registrado. 3. El aplicativo Web dispone de una opción que le permitirá al usuario indicar que ha concluido con registrar la totalidad de información. Luego de acceder a esta opción, el aplicativo ya no permitirá registrar ni modifi car datos. Para que la SBN considere como concluido el registro de información, además de indicarlo en la opción antes mencionada, deberá informarlo al correo registro@sbn.gob.pe indicando en el asunto: Registro Concluido. 4. La información que cada entidad pública registre sobre los inmuebles estatales respecto de los cuales ejercen algún derecho o se encuentran bajo su administración, será evaluada por personal de la unidad orgánica responsable del SINABIP, cuyos resultados serán elevados al inmediato superior. 5. Una vez concluido el plazo de 120 días para cumplir con el registro de la información en el aplicativo Web, la SBN publicará en su portal institucional la relación de entidades públicas que cumplieron con lo dispuesto en la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151. 6. El Órgano de Control Institucional (OCI) de cada entidad pública deberá darle seguimiento a las disposiciones establecidas en la presente directiva, informado en caso de incumplimiento al Titular de la entidad, a fi n de que se adopten las medidas correctivas correspondientes. VII.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 1. Las entidades públicas que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29151, hayan cumplido con remitir información de conformidad a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 195-2006-EF, deberán cumplir indefectiblemente con la referida Ley, así como por lo establecido en la presente directiva. 2. En el caso de predios inscritos a nombre del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la información solamente se referirá a los predios destinados a áreas de equipamiento y/o usos comunales, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151. Asimismo, COFOPRI deberá remitir la información digital de los planos de trazado y lotización de las posesiones informales donde haya realizado labores de formalización, e indicándose los equipamientos urbanos, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 013-99-MTC - Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de la COFOPRI. 3. En el Anexo Nº 2 se encuentra el glosario de términos relacionados al registro de información en el aplicativo Web. 4. El plazo para cumplir con el registro de la información en el aplicativo Web de la SBN se computará en días hábiles. ANEXO Nº 1 Datos generales de la Institución y del Funcionario Responsable del registro de la información DATO DEFINICIÓN Institución: Nombre de la institución que representa. Poder:Si es Poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Organismo Autónomo, Gobierno Regional y Gobierno Local. Sector: Sector al que pertenece la institución.DATO DEFINICIÓN Funcionario: Nombres y Apellidos del Funcionario Responsable.Cargo: Cargo del Funcionario responsable. DNI:Número del Documento Nacional de Identidad del Funcionario responsable Teléfono: Teléfono institucional. Correo Institucional:Cuenta de correo electrónico institucional del funcionario responsable. Ofi cio:Número de o fi cio remitido a SBN solicitando la creación de usuario. Fecha del O fi cio: Fecha del o fi cio remitido a SBN. Usuario: Nombre de usuario sugerido.Password: Clave propuesta por el usuario. ANEXO Nº 2 GLOSARIO DE TÉRMINOS DATOS GENERALES1. Nº de Registro SINABIP: Es el número de inscripción (asiento) en el SINABIP de esta Superintendencia. 2. Nombre de la Entidad: denominación de la entidad pública, o privada que cuente y/o administre el inmueble, sea éste como propietario, afectatario, o que ocupe en razón a cualquier título o sin él. 3. Nombre del Local: designación con el que es conocido el inmueble, cuando se cuente con éste; caso contrario se le asignará el más apropiado por su uso o situación actual. 4. Ubigeo: referida a la ubicación geográfi ca del inmueble, indicando el ámbito geográfi co donde se localiza (departamento, provincia y distrito). 5. Tipo de vía: indica la categoría de vía tal como Avenida, Jirón, Calle, etc. que colinda con el inmueble 6. Dirección: Nombre de la vía. 7. Número: Indicar el número municipal del inmueble (puerta principal). 8. Manzana: Áreas Urbanas separadas entre sí por vías de tránsito vehicular o peatonal y/o accidentes naturales dentro de una zona habilitada. 9. Lote: división de la manzana que cuentan con frente a vía pública, es la unidad mínima de representación e identifi cación cartográfi ca, puede contener uno o varios predios. 10. Ubicado en el Piso: el número de piso en la que se encuentra ubicado el predio tratándose de propiedad horizontal. 11. Tipo de Habilitación: Urbanización, Asentamiento Humano, Centro Poblado u otro donde se encuentra localizado el predio. 12. Sector: Detalle de la localización dentro de la Habilitación. PROPIEDAD Y DATOS REGISTRALES1. Titularidad sobre el Predio: si el inmueble es propio, afectado en uso o alquilado a. Propio : Derecho que tiene la entidad ocupante y que le permite ejercer acciones de uso, disfrute, enajenación y reivindicación b. Alquilado : Derecho de uso que se tiene sobre un predio en razón de un contrato de arrendamiento y el pago económico que se realiza por tal fi n.