Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2008 (29/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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Partida Nº 12155250 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO:

Que, EMPRESA ELECTRICA SUTTI S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1787143, de fecha 03 de junio de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Las Orquideas, para una potencia instalada estimada de 16,2 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Yambrasbamba, MORDAZA MORDAZA, Moyobamba, Chisquilla y Corosha, provincias de MORDAZA, Moyobamba y Bongara, departamentos de San MORDAZA y Amazonas, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 212-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE:

Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 268891-1

Publican nueva Banda de Precios para combustibles y determinan factores de compensacion y aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL N° 200-2008-EM/DGH 28 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 027-2008 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 0102004, sera hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, el articulo 4° del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, con fecha 01 de octubre de 2008 se publico, en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de la Banda de Precios para la Gasolina de 97, 95, 90 y 84, Petroleos Industriales Nº 6 y 500 y Petroleos Industriales Nº 6 GE y 500 GE. Que, teniendo en cuenta que a la fecha mediante Decreto Supremo se esta modificando el Impuesto Selectivo al Consumo del Kerosene, Diesel 2, Petroleos Industriales Nº 6 y 500 y que seran efectivos a partir del jueves 30 de octubre de 2008. Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, y en los Decretos Supremos Nº 142-2004-EF, Nº 100-2005-EF y Nº 0472005-EM. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Publicar la nueva Banda de Precios para los siguientes productos: PRODUCTOS Soles por Galon G - 97 G - 95 G - 90 G - 84 KERO DIESEL 2 PIN 6 PIN 500 DIESEL 2 GE PIN 6 GE PIN 500 GE LIMITE SUPERIOR 9.42 9.18 9.33 8.61 8.41 7.98 6.08 5.89 7.25 5.27 5.12 LIMITE INFERIOR 8.62 8.38 8.53 7.81 8.06 7.68 5.78 5.59 6.25 4.27 4.12

Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de EMPRESA ELECTRICA SUTTI S.A., que se identificara con el codigo Nº 21161108, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Las Orquideas con una potencia instalada estimada de 16,2 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Yambrasbamba, MORDAZA MORDAZA, Moyobamba, Chisquilla y Corosha, provincias de MORDAZA, Moyobamba y Bongara, departamentos de San MORDAZA y Amazonas, por un plazo de doce (12) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 ESTE 193 883,22 214 578,14 214 676,10 193 988,30 NORTE 9 377 364,02 9 377 458,63 9 355 635,46 9 355 537,58

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada.

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