Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2008 (29/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

382358
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES U.N. DE HUANCAVELICA U.N. DE INGENIERIA U.N. DE MORDAZA U.N. DE MORDAZA U.N. DE SAN MORDAZA U.N. DE SAN MORDAZA U.N. DE MORDAZA U.N. DEL ALTIPLANO U.N. DEL CENTRO DEL PERU U.N. DEL MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA U.N. MORDAZA VALDIZAN U.N. MORDAZA BASADRE GROHMANN U.N. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS U.N. MAYOR DE SAN MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA U.N. SAN MORDAZA DE HUAMANGA U.N. SAN MORDAZA MORDAZA U.N. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA U.N. TECNOLOGICA DEL MORDAZA SUR DE MORDAZA

NORMAS LEGALES
INDICE 0.0011442377 0.0000303113 0.0141419354 0.0000000800 0.0010941417 0.0000015934 0.0025727719 0.0078851628 0.0017333635 0.0001354445 0.0000303113 0.0001099641 0.0093968713 0.0044879689 0.0001051094 0.0000303113 0.0001051094 0.0002586844 0.0018017423 0.0001354445 0.0000303113

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de octubre de 2008

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de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 205-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de RC HYDRO S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 21166608, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Churo con una potencia instalada estimada de 35,5 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Yauyos, Carania y Huantan, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 ESTE 408 250,00 408 250,00 404 750,00 404 000,00 407 000,00 NORTE 8 627 000,00 8 624 000,00 8 622 000,00 8 623 500,00 8 627 000,00

270222-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesiones temporales a RC HYDRO S.A.C. y Empresa Electrica Sutti S.A. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 494-2008-MEM/DM MORDAZA, 21 de octubre de 2008 VISTO: El Expediente Nº 21166608, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de la futura Central Hidroelectrica Churo, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por RC HYDRO S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11782945 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, RC HYDRO S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1817084, de fecha 01 de setiembre de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Churo, para una potencia instalada estimada de 35,5 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Yauyos, Carania y Huantan, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 268887-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 497-2008-MEM/DM MORDAZA, 21 de octubre de 2008 VISTO: El Expediente Nº 21161108, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de la futura Central Hidroelectrica Las Orquideas, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por EMPRESA ELECTRICA SUTTI S.A., persona juridica inscrita en la

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