NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (08/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 12
TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de setiembre de 2008 379363 TABLA DE ASEGURADORAS Para ser utilizada en rubros 12 y 57 por intermediarios y auxiliares de seguros y en las cuentas 1403 y 2403 por las empresas de seguros Cód. T/ent. ASEGURADORAS 01 S Rímac Internacional04 S Pací fi co-Peruano Suiza 05 S Positiva09 S Secrex12 S Mapfre Perú14 S Pací fi co Vida 16 S Interseguro 17 S ACE 18 S MAPFRE Perú Vida19 S Invita21 S Positiva Vida22 S Cardif 23 S Protecta 95 S En liquidación96 S Corredores de reaseguros extranjeros97 S Reaseguradoras extranjeras que cuentan con cali fi cación 98 S Reaseguradoras extranjeras que no cuentan con cali fi cación 99 (*) Clientes varios (*) Para ser utilizado cuando las cuentas por cobrar y los ingresos provengan de clientes. MODIFICACIONES AL CAPÍTULO II “RIESGOS” 1. Se incorporan los siguientes riesgos:80 Seguro de Vida Individual de corto plazo Cobertura contratada en nombre de una sola persona, mediante la cual se garantiza que el pago por el asegurador de la cantidad estipulada en el contrato se hace depender del fallecimiento o supervivencia del asegurado en una época determinada, y siempre que la ocurrencia del fallecimiento no esté condicionada a un evento o causa específi ca. Considera pólizas de contratación individual con una vigencia menor o igual a un año. 81 Sepelio de corto plazo Aquel en cuya virtud, en caso de fallecimiento del asegurado, se entrega a sus familiares la indemnización prevista en el contrato y/o se prestan los servicios necesarios para el acto del sepelio (pompas fúnebres). Considera pólizas con una vigencia menor o igual a un año. 82 Seguro de Vida para ex-Trabajadores Seguro que cubre a los trabajadores en condición de cesantes, con un capital indemnizable en caso de muerte natural o accidental, o invalidez total y permanente producido por accidente de acuerdo con los límites y condiciones que fi ja la ley. En este caso, la cobertura se mantiene en vigor siempre y cuando el trabajador asuma el costo de la prima correspondiente. 2. Se modifi can las defi niciones de los siguientes riesgos: 71 Seguro de Vida Individual de largo plazo Cobertura contratada en nombre de una sola persona, mediante la cual se garantiza que el pago por el asegurador de la cantidad estipulada en el contrato se hace depender del fallecimiento o supervivencia del asegurado en una época determinada, y siempre que la ocurrencia del fallecimiento no esté condicionada a un evento o causa específi ca. Considera pólizas de contratación individual con una vigencia mayor a un año. 73 Seguro de Vida para Trabajadores Seguro obligatorio que cubre a los trabajadores con un capital indemnizable en caso de muerte natural o accidental, o invalidez total y permanente producido por accidentes, de acuerdo con los límites y condiciones que fi ja la ley, y por cuenta del empleador. 79 Sepelio de largo plazo Aquel en cuya virtud, en caso de fallecimiento del asegurado, se entrega a sus familiares la indemnización prevista en el contrato y/o se prestan los servicios necesarios para el acto de sepelio (pompas fúnebres). Considera pólizas con una vigencia mayor a un año. 3. Se modifi ca el Cuadro Concordante de Riesgos según se indica en el cuadro siguiente: CUADRO CONCORDANTE DE RIESGOS Grupos de riesgos integrados para reportar en cuentas activo, pasivo y resultado ACTIVO Y PASIVO GANANCIAS Y PÉRDIDAS 01 Incendio y Líneas aliadas 01 Incendio 02 Líneas aliadas de incendio03 Terremoto04 Cristales 04 Lucro cesante 04 Lucro cesante 34 Lucro cesante rotura de maquinaria 11 Transportes 11 Transportes15 Marítimo cascos 15 Marítimo cascos18 Aviación 18 Aviación21 Automóviles 21 Vehículos 22 Líneas aliadas de vehículos 31 Todo riesgo para contratistas 31 Todo riesgo para contratistas 37 Todo riesgo equipo para contratistas 33 Rotura de maquinaria 33 Rotura de maquinaria35 Montaje contra todo riesgo 35 Montaje contra todo riesgo36 Todo riesgo equipo electrónico 36 Todo riesgo equipo electrónico38 Calderos 38 Calderos41 Robo y asalto 41 Robo y asalto44 Deshonestidad 44 Deshonestidad frente a la empresa 45 Comprensivo contra deshonestidad (3D)46 Seguro de Bancos (BBB) 51 Animales 51 Animales52 Domiciliario 52 Domiciliario53 Responsabilidad civil 53 Responsabilidad civil54 Cauciones ( fi anzas) 54 Cauciones ( fi anzas) 55 Crédito interno 55 Crédito interno56 Crédito a la Exportación 56 Crédito a la Exportación57 Multiseguros 57 Multiseguros58 Agrícola 58 Agrícola59 Misceláneos 59 Misceláneos61 Accidentes 61 Accidentes personales 63 Escolares 64 Asistencia médica 64 Asistencia médica66 SOAT 66 SOAT71 Vida 71 Vida individual de largo plazo 72 Vida grupo particular73 Vida Ley trabajadores74 Desgravamen79 Sepelio de largo plazo80 Vida individual de corto plazo81 Sepelio de corto plazo82 Vida Ley ex - trabajadores 75 Renta particular 75 Renta particular76 Renta de jubilados 76 Renta de jubilados77 Seguro Complementario de trabajo de riesgo77 Seguro Complementario de trabajo de riesgo78 Pensiones del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo 91 Seguros previsionales 91 Invalidez 92 Sobrevivencia93 Gastos de sepelio 94 Pensiones de invalidez 94 Pensiones de invalidez 96 Pensiones de invalidez - Régimen Temporal 95 Pensiones de sobrevivencia 95 Pensiones de sobrevivencia 97 Pensiones de sobrevivencia - Régimen Temporal Nota:- El registro de la prima de los seguros previsionales, en las cuentas de Ganancias y Pérdidas, se efectuará utilizando como código único el 91 - Los rubros 26 y 27 utilizarán la discriminación de códigos establecida para las cuentas de Ganancias y Pérdidas en los ramos de vida, renta, pensiones, SCTR y seguros provisionalesDescargado desde www.elperuano.com.pe