Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2009 (11/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 11 de agosto de 2009

1.- Analizar los nuevos avances tecnologicos que han fortalecido el sistema registral peruano. 2.- Analizar la manera como el sistema registral peruano influye directamente en el desarrollo economico nacional. 3.- Analizar la manera como el sistema registral peruano contribuye en el desarrollo social nacional. 4.- Promover la renovacion y mejoramiento del funcionamiento del sistema registral peruano con la implementacion de mecanismos de seguridad tecnologicos, como de publicidad de nivel nacional e internacional. TITULO II DE LA COMISION ACADEMICA CENTRAL Articulo 3.- La Comision Academica Central tendra a su cargo la funcion de dirigir y supervisar los aspectos academicos del X Congreso Nacional de Derecho Registral, asumiendo las siguientes responsabilidades: a) Aprobar el programa, expositores y panelistas del X Congreso Nacional de Derecho Registral. b) Designar al relator del X Congreso Nacional de Derecho Registral. c) Evaluar y seleccionar las ponencias que seran expuestas en el X Congreso Nacional de Derecho Registral. d) Consolidar las conclusiones del X Congreso Nacional de Derecho Registral. e) Elaborar el informe final del Congreso, el que sera oportunamente elevado a la Superintendencia Nacional. Articulo 4.- La Comision Academica Central estara conformada por: 1) Superintendente Adjunto, quien la presidira. 2) Director de la Escuela de Capacitacion Registral de la SUNARP. 3) Jefe Zonal de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. 4) Gerente Registral de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. 5) Coordinador Academico de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. 6) Asesor Legal de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. TITULO III DEL CONGRESO NACIONAL Articulo 5.- Pueden participar en el X Congreso Nacional de Derecho Registral los integrantes de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos: Sede Central y Zonas Registrales, asi como profesionales, verificadores, notarios, catedraticos, estudiantes universitarios y publico en general. Articulo 6.- La organizacion del X Congreso Nacional de Derecho Registral estara a cargo de la MORDAZA Registral Nº X - Sede MORDAZA, a traves de una Comision Organizadora, que estara conformada por: 1) Jefe de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. 2) Gerente Registral de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. 3) Asesor Legal de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. 4) Coordinador Academico de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. 5) Presidente de CAFAE de la MORDAZA Registral Nº X - Sede Cusco. Articulo 7.- La MORDAZA Registral Nº X - Sede MORDAZA, designada sede del X Congreso Nacional de Derecho Registral, debera presentar a la Comision Academica Central, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario de aprobado el presente Reglamento, el

proyecto de programa que incluira temario y relacion de posibles expositores y panelistas, el que sera evaluado por la Comision Academica Central, la cual aprobara el programa final, conforme a lo establecido en el Articulo 3 del presente Reglamento. Dicho programa debera tener en cuenta la metodologia a que se refiere el Articulo 9 del presente reglamento. Articulo 8.- El modelo de certificado que sera otorgado a los participantes del X Congreso Nacional de Derecho Registral sera aprobado por la Escuela de Capacitacion Registral con el visto de la Superintendencia Adjunta, para lo cual la Comision Organizadora del X Congreso Nacional de Derecho Registral debera hacerlo llegar con una anticipacion no menor a quince (15) dias calendario del inicio del congreso y tendra como minimo la siguiente informacion: a) Logotipo de la SUNARP. b) Nombre de la MORDAZA Registral sede. c) Denominacion del congreso. d) Nombre y calidad del participante, expositor o panelista. e) Fecha y lugar de realizacion del Congreso Nacional. f) Firma de la Superintendente Nacional y del Jefe Zonal. Articulo 9.- El X Congreso Nacional de Derecho Registral se desarrollara conforme a la siguiente metodologia: - Ciclo de Conferencias: Se desarrollara en las Sesiones del Plenario con participacion de expositores invitados y de todas las personas inscritas en el registro de participantes del X Congreso Nacional de Derecho Registral. - Paneles: Se realizaran luego de las exposiciones y estaran conformados por representantes de instituciones publicas y privadas vinculadas a los temas desarrollados y por funcionarios de la SUNARP. - Exposicion de Ponencias: Se concedera el uso de la palabra a los expositores de las ponencias seleccionadas para su sustentacion por un MORDAZA de 30 (treinta) minutos. - Las ponencias deberan de ser presentadas hasta el dia viernes 28 de agosto del 2009 a los siguientes correos electronicos: rortiz@sunarp.gob.pe y gerenciaregistralx@gmail.com. - Intervencion de Participantes: Se realizara al termino del panel y de la exposicion de ponencias, a fin que los asistentes puedan formular sus preguntas. - Exposicion de Conclusiones Finales del Congreso: Las conclusiones finales del congreso seran leidas para conocimiento del pleno el dia de la clausura del X Congreso Nacional de Derecho Registral por el Relator designado por la Comision Academica Central. Articulo 10.- Es responsabilidad de los Jefes Zonales promover la participacion de los funcionarios de las Zonas Registrales a su cargo a traves de la MORDAZA de ponencias. A su vez, los autores de las ponencias seleccionadas por la Comision Academica Central gozaran de facilidades para participar en el X Congreso Nacional de Derecho Registral bajo la modalidad de licencia por capacitacion oficializada, cubriendo en este caso la respectiva MORDAZA Registral los gastos que genere la participacion en el congreso. Igualmente, las jefaturas zonales otorgaran facilidades, bajo la misma modalidad, a los interesados en asistir a dichos eventos, en tanto no se afecte la prestacion de los servicios registrales y previo MORDAZA de seleccion que garantice su transparencia, conforme a los lineamientos establecidos por la Comision Academica Central. En este caso, las jefaturas zonales podran asumir los gastos que irrogue dicha participacion. Articulo 11.- Todo lo no previsto en el presente Reglamento sera resuelto por la Comision Academica Central. 381701-1

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