Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2009 (07/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de diciembre de 2009

recurrida por estar vigentes al momento de su expedicion; no obstante ello, al encontrarse derogados a la fecha, los supuestos ahi contenidos estan descritos en los articulos cuarenta y ocho, inciso doce, y cincuenta y cinco de la mencionada Ley de la MORDAZA Judicial; por lo que se puede apreciar que las ultimas normas citadas no han tenido cambio sustantivo en relacion al caso en referencia; en tal sentido, corresponde aplicar la MORDAZA vigente a la fecha de comision de los hechos investigados, de conformidad con el MORDAZA de irretroactividad MORDAZA descrito; Quinto: A fojas ciento sesenta y tres, el Organo de Control de la Magistratura propone a este Organo de Gobierno que imponga la medida disciplinaria de destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Asistente de Vocal de la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Huanuco; Sexto: Que no obstante estar debidamente notificado, el servidor investigado no cumplio con efectuar el descargo respectivo, motivo por el cual fue declarado rebelde mediante resolucion de treinta y nueve; disponiendose recibir su declaracion conforme al pliego interrogatorio de fojas ochenta y uno; siendo asi que en su declaracion obrante de fojas ciento setenta y siete menciona no recordar haber sido asistente del doctor Zafra Guerra; asi como que MORDAZA estado a cargo de la redaccion de los votos del aludido expediente; refiriendo ademas no ser la primera vez que personal de la Sala Penal remite en forma involuntaria expedientes por equivocacion a dicho juzgado, lo que aparentemente ha sucedido; Setimo: No obstante lo expuesto por el servidor investigado, de autos aparece que se desempeno como asistente del doctor MORDAZA Zafra MORDAZA, Vocal de la MORDAZA Sala Penal de MORDAZA, conforme al oficio obrante a fojas veintiuno, emitido por la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de Huanuco; y laboro en el periodo comprendido del uno de agosto de dos mil uno al uno de MORDAZA de dos mil dos, segun se desprende de los documentos obrantes de fojas noventa y dos a noventa y cuatro; asimismo, se encargaba de redactar los proyectos de resolucion que elaboraba el doctor MORDAZA Zafra MORDAZA, entre otros, del Expediente numero dos mil guion noventa y uno; desprendiendose que elaboro la ponencia de MORDAZA instancia que se encontro en hoja suelta en el referido expediente; para luego ser rotado al Juzgado Penal de MORDAZA MORDAZA del dos de MORDAZA de dos mil dos al veinticinco de noviembre de dos mil tres, segun memorandum emitido por la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de Huanuco; Octavo: Que, si bien el servidor MORDAZA MORDAZA senalo en su escrito obrante a fojas ciento setenta y siete a ciento setenta y ocho, que devolvio el expediente a Relatoria, este hecho no se encuentra probado en autos; Noveno: En tal sentido, de lo actuado en la presente investigacion, se concluye que dicho servidor traslado indebidamente el expediente de la MORDAZA Sala Penal de MORDAZA al Juzgado Penal de MORDAZA MORDAZA, retardando la administracion de justicia, pues se encontro paralizado desde el siete de noviembre de dos mil uno hasta (fecha de la ponencia) hasta el nueve de marzo de dos mil seis ( fecha en que es encontrado), incurriendo en infraccion a sus deberes y en notoria conducta irregular previsto en los incisos uno y seis del articulo doscientos uno del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, resultando de aplicacion la medida disciplinaria de destitucion; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe emitido por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Asistente de la Corte Superior de Justicia de Huanuco. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 431799-9

Imponen medida disciplinaria de destitucion a Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de la provincia de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA N° 305-2008-JUNIN MORDAZA, veinte de MORDAZA del dos mil nueve. VISTO: El expediente administrativo que contiene la Investigacion numero trescientos cinco guion dos mil ocho guion MORDAZA, conteniendo la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, obrante de fojas ciento noventicinco a doscientos; y CONSIDERANDO: Primero: A merito de la publicacion periodistica del Diario El Correo, obrante a fojas uno, la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante resolucion numero uno, su fecha veinticinco de MORDAZA de dos mil siete, obrante de fojas treintidos y treintitres, dispuso abrir procedimiento disciplinario contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de la Provincia de MORDAZA, por el cargo de notoria conducta irregular, al conceder MORDAZA a un procesado a traves de una solicitud de habeas MORDAZA, cuando no era de su competencia resolver dicha accion de garantia; Segundo: Que, a manera de introduccion y a efectos de establecer la MORDAZA aplicable se debe precisar que el ordenamiento nacional ha establecido dos supuestos que rigen la potestad sancionadora de la administracion y que operan a favor del administrado, en cuanto a la dimension temporal de las normas. Los supuestos son los siguientes: i) El MORDAZA de irretroactividad, el cual garantiza que la atribucion de la potestad sancionadora solo sera valida para la aplicacion de disposiciones de tipificacion de ilicitos y previsora de sanciones cuando hayan entrado en vigencia con anterioridad al hecho y esten vigentes al momento de su calificacion por la autoridad; y, ii) La aplicacion de las normas sancionadoras posteriores a la comision del ilicito que benefician al administrado, esto es retroactividad de la MORDAZA, tipificado en el articulo doscientos treinta, inciso cinco, de la Ley del Procedimiento Administrativo General que establece "Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le MORDAZA favorables"; Tercero: Con fecha siete de MORDAZA de dos mil nueve entro en vigencia la Ley N° 29277 - Ley de la MORDAZA Judicial, donde en su disposicion complementaria derogatoria establece derogar varios articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, entre ellos los articulos ciento ochenta y cuatro, doscientos uno y doscientos once, normas que estan invocadas en la resolucion materia de pronunciamiento por estar vigentes al momento de su expedicion; no obstante ello, se encuentran derogadas a la fecha y los supuestos ahi contenidos estan descritos en los articulos cuarenta y seis, inciso cuatro, cuarenta y ocho, inciso nueve, y cincuenta y cinco de la Ley de la MORDAZA Judicial; por lo que se puede apreciar que de las ultimas normas citadas no han tenido cambio sustantivo en relacion al caso en comento, debido a que se establecen las mismas causales atribuidas al investigado; en tal sentido, corresponde aplicar la MORDAZA vigente a la comision de los hechos investigados, de conformidad con el MORDAZA de irretroactividad MORDAZA descrito; Cuarto: Que, de lo actuado en el presente procedimiento administrativo disciplinario, se advierte los siguientes elementos probatorios de cargo: i) El escrito de demanda de habeas MORDAZA de fojas trece a fojas catorce, interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, donde argumenta que la Policia Nacional habia detenido a su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sin que exista orden de detencion: ii) El acta de constatacion de detencion del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fojas quince, suscrita por el investigado (cuyos nombre correcto es MORDAZA Nilton MORDAZA MORDAZA segun MORDAZA del Documento Nacional de Identidad de fojas veinticinco),

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