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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2009 (02/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de enero de 2009 387581 para el desarrollo institucional de las Municipalidades, en instrumentos de gestión, asistencia técnica, desarrollo tecnológico y de capacidades; y, propuesta de estructura; que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica para la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Checca, Kunturkanki, Langui, Layo y Quehue, aprueban la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”, aprobado mediante Acta de Constitución de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como objetivos de la misma los siguientes: a) Promocionar y ejecutar proyectos que por su monto de inversión y magnitud de operación, superen el ámbito jurisdiccional y las posibilidades particulares de cada gobierno local; b) Ejecutar acciones, convenios y proyectos conjuntos, principalmente entre las municipalidades de la Mancomunidad; c) Elaborar, gestionar, promover e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales, públicas y/o privadas, que busquen el desarrollo económico, productivo, social y cultural; d) Difundir y desarrollar el fortalecimiento de capacidades, la efi ciencia en la gestión y la complementariedad entre las Municipalidades Rurales asociadas; e) Generar un espacio de representación y vinculación de las Municipalidades asociadas con el fi n de establecer alianzas estratégicas para el desarrollo; f) Promover la participación con el fi n de construir dentro de sus poblaciones, una ciudadanía activa que mejore la gobernabilidad y genere la necesaria corresponsabilidad entre las Municipalidades y la Sociedad Civil, de coordinar y apoyar los procesos de desarrollo local y regional de sus asociados, comprendiendo experiencias exitosas y metodologías apropiadas; el promover la participación de la ciudadanía para la propuesta y la gestión del desarrollo, así como el fortalecimiento de las organizaciones sociales de base de la Región; y, g) Construir mecanismos de herramienta y de cooperación con instituciones similares del país o del exterior que cuentan con objetivos similares a los de la Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas; así como con instituciones públicas y privadas que promueven el desarrollo y la participación; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripción, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”, se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y con lo dispuesto en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 074-2008-PCM-SD/MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”; integrada por las Municipalidades Distritales de Checca, Kunturkanki, Langui, Layo y Quehue, en la Provincia de Canas, en el Departamento de Cusco. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”, como sigue: - Presidente: Daniel Praxides Quispe Alanocca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Layo. - Secretario: Pablo César Chaiña Carpio, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Checca. - Tesorero: Hilario Callo Tapia, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quehue. - Vocal: Dimas Braulio Esquivel Caballero, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Langui. - Fiscal: Valerio Pacuala Huillca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Kunturkanki. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales Altiva Canas”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el Estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm. gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL MOLINA MARTINEZ Secretario de Descentralización 295824-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 077-2008-PCM/SD Lima, 22 de diciembre de 2008 VISTOS: El Ofi cio 0395-2008/MPS-A, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 071-2008/MPS de la Municipalidad Provincial de Sullana, Acuerdo de Concejo Nº 025-2008/MDB.S. de la Municipalidad Distrital de Bellavista, Acuerdo de Concejo Nº 025-2008/MDIE de la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero, Acuerdo de Concejo Nº 011-2008/MDL de la Municipalidad Distrital de Lancones, Acuerdo de Concejo Nº 063-2008-MDM/A.C. de la Municipalidad Distrital de Marcavelica, Acuerdo de Concejo Nº 047-2008-MDMCH de la Municipalidad Distrital de Miguel Checa, Acuerdo de Concejo Nº 020-2008/MDQ de la Municipalidad Distrital de Querecotillo, Acuerdo de Concejo Nº 031-2008/MDS-S de la Municipalidad Distrital de Salitral, Acta de Constitución, Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira” y el Informe Nº 075-2008- PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante el Ofi cio de vistos, los Señores Alcaldes de las Municipalidades Provincial de Sullana y Distritales de Bellavista, Ignacio Escudero, Lancones, Marcavelica, Miguel Checa, Querecotillo y Salitral, en la Provincia de Sullana, en el Departamento de Piura; solicitan la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de vistos, contiene información sobre diagnóstico y composición; servicios básicos en educación y salud; actividades económicas, Descargado desde www.elperuano.com.pe