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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de enero de 2009 387582 agrícola y comercial; pobreza; utilidad en desarrollo territorial, gestión de servicios públicos y calidad de vida, y ejecución de proyectos de impacto provincial; y, propuesta de estructura; que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica para la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Provincial de Sullana y Distritales de Bellavista, Ignacio Escudero, Lancones, Marcavelica, Miguel Checa, Querecotillo y Salitral, aprueban la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”, aprobado mediante Acta de Constitución de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como objetivos de la misma los siguientes: a) Fomentar el fortalecimiento y desarrollo institucional de las municipalidades que la integran; b) Promover la gestión municipal moderna, participativa, transparente y efi ciente; c) Promover acciones de desarrollo económico local, a efecto de potenciar las principales actividades económicas, incrementar las oportunidades de empleo y mejorar los ingresos económicos de la población en el territorio mancomunado; d) Constituir un espacio de coordinación, cooperación e interlocución entre las municipalidades asociadas, la provincial, el gobierno regional, el gobierno nacional y la cooperación técnica internacional; e) Promover la generación de capacidades en los principales sectores públicos y privados, con el propósito de constituir un sistema institucional para la gestión conjunta del territorio mancomunado; f) La prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras en las municipalidades por la asociación, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos conforme a lo establecido en el artículo 2º de la Ley de la Mancomunidad Municipal (Ley Nº 29029); y, g) Los contenidos en el artículo 4º de la Ley de la Mancomunidad Municipal. Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripción, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”, se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y con lo dispuesto en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM; Que, acorde con el Informe Nº 075-2008-PCM-SD/MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”; integrada por las Municipalidades Provincial de Sullana y Distritales de Bellavista, Ignacio Escudero, Lancones, Marcavelica, Miguel Checa, Querecotillo y Salitral, en la Provincia de Sullana, en el Departamento de Piura. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”, como sigue: - Presidente: Jaime Bardales Ruíz, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Sullana. - Vicepresidente: Carlos Simón Gálvez Gutiérrez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lancones. - Director: José Hildebrando Crisanto Vilela, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Bellavista. - Director: Alexander Núñez Gómez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero. - Director: Santos Ramón Silupú Ruíz, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Querecotillo. - Director: Pedro Miguel Zapata Sócola, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miguel Checa. - Director: Segundo Teodoro Floreano Ruíz, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Marcavelica. - Director: Nazario Molina Correa, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Salitral. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades del Chira”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el Estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm. gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL MOLINA MARTINEZ Secretario de Descentralización 295824-2 AGRICULTURA Designan Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1158-2008-AG Lima, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente designar a un profesional que asuma las funciones de Asesor del Despacho Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha al señor Carlos Javier Pagador Moya como Asesor del Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 296480-1 Dan por concluidas designaciones de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1159-2008-AG Lima, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 035-2008-AG, se designó al señor Jorge Juan del Río Silva como Asesor del Despacho Ministerial; Descargado desde www.elperuano.com.pe