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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2009 (31/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de marzo de 2009 393543 SGCA, de la Sub - Gerencia de Coordinación y Apoyo, que opina que resulta procedente la aprobación del Proyecto de Reglamento “Procedimiento para el Otorgamiento de Subvenciones Económicas del Programa Piloto de Mejoramiento de Servicio de Taxi Callao-SETACA; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS DEL PROGRAMA PILOTO DE MEJORAMIENTO DE SERVICIO DE TAXI CALLAO – SETACA Artículo Primero.- Apruébase el Reglamento para el Otorgamiento de Subvenciones Económicas del Programa Piloto de Mejoramiento de Servicio de Taxi Callao – SETACA, el mismo que consta de treinta y cuatro (34) artículos y una (01) disposición fi nal y formatos Nº 1 Carta al Taller de Servicios Nº 2 Inventario de Unidad Vehicular y Nº 3 Acta de Conformidad de Subvención cuyo texto normativo es el siguiente: “Reglamento Para El Otorgamiento De Subvenciones Económicas Del Programa Piloto De Mejoramiento De Servicio De Taxi Callao – SETACA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVO El presente Reglamento tiene como objetivo establecer los principios generales y específi cos que regulan las Subvenciones económicas que otorga la Municipalidad Provincial del Callao, destinadas al Programa Piloto de Mejoramiento de Servicio de Taxi Callao -SETACA. Artículo 2º.- BASE LEGAL El presente Reglamento se sujeta al marco normativo siguiente: Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 009-2004 –MTC – Reglamento Nacional de Administración de Transporte; Ordenanza Municipal Nº 000019-2001 Reglamento del Servicio de Taxi en el Callao, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 17 de febrero de 2002 ; Ordenanza Municipal Nº 000001-2009 – Modifica el Reglamento del Servicio de Taxi en el Callao, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 5 de febrero de 2009; Acuerdo de Concejo Nº 000031 del 26 de febrero de 2009 – Aprueba Programa Piloto de Mejoramiento del Servicio de Taxi Callao – item 3) Encargan a la Gerencia General de Transporte Urbano la elaboración del Reglamento; Normas de Control Interno aprobadas con Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG.; Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 – Anexo 3 Texto Único Ordenado Ejecución del Presupuesto de los Gobiernos Locales. ; Ordenanza Municipal Nº 000038- 2008 – Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos, y modificatorias. Ordenanza Municipal Nº 000010 del 23 de marzo de 2007 modificada por Decreto de Alcaldía Nº 000020 del 31 de mayo de 2007 – Aprueba Reglamento Administrativo de Sanciones ; Artículo 3º.- ALCANCE El presente Reglamento es de alcance a todos los conductores y/o propietarios que prestan el servicio de taxi en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao. II. DEFINICIONES BÁSICAS a) Constancia de inscripción de conductor.- Es el documento que emite la Municipalidad Provincial del Callao previo pago de derechos, que da constancia del registro de conductor de las personas de prestan el servicio de taxi en la Provincia Constitucional del Callao. b) Declaración jurada.- Manifestación escrita bajo juramento de que la información proporcionada es verdadera. c) Servicio de Taxi.- Servicio especial de transporte urbano de pasajeros que prestan las personas naturales o jurídicas, a diferentes puntos dentro o fuera de la jurisdicción del Callao, a través de sus unidades vehiculares, debidamente autorizado por la autoridad competente. d) Sticker.- Es el logotipo diseñado que muestra el escudo de la Municipalidad Provincial del Callao otorgado en forma gratuita, y que será colocado en las puertas laterales del vehiculo de color verde oscuro que identifi ca el servicio de taxi Callao – SETACA. e) Sticker de vehículo habilitado.- Es el logotipo que otorga la Municipalidad Provincial del Callao previo pago de derechos, el cual deja constancia que el vehiculo cumple con todas las características físicas para prestar el servicio de taxi. III. DISPOSICIONES ESPECIFICAS Artículo 4º.- El Programa Piloto comprende la identifi cación de los vehículos que prestan servicio de Taxi Callao – SETACA con la fi nalidad de generar uniformidad, orden y sobre todo seguridad al usuario del servicio, el cual podrá identifi car con facilidad la unidad vehicular en la que se está embarcando. Los vehículos dedicados al servicio de taxi deberán tener la carrocería pintada integra y exclusivamente de color verde oscuro y exhibir en ambas puertas laterales posteriores el número de placa de rodaje y el sticker con el escudo de la Municipalidad Provincial del Callao. El Programa en su primera etapa tiene programado para el presente año, el otorgamiento de subvenciones económicas para el pintado de 2,000 vehículos de color verde oscuro, y en una segunda etapa el resto de unidades vehiculares que prestan el servicio de taxi debidamente autorizadas. Además será complementado con charlas de seguridad vial a los conductores en temas específi cos que conlleven a la conducta, sensibilidad, reglas de tránsito, etc. Artículo 5º.- Se ha autorizado la subvención económica para el fi nanciamiento del referido Programa por el monto de S/ 1,200,000 (Un millón doscientos mil y 00/100 nuevos soles). Artículo 6º.- El costo máximo que pagará la Municipalidad Provincial del Callao a los talleres autorizados para la prestación del servicio de pintado del vehículo de cada benefi ciario de la subvención económica; será de S/. 600.00 (seiscientos y 00/100 nuevos soles). Artículo 7º.- La subvención económica consiste en el servicio que recibirá el benefi ciario por el pintado del vehículo a color verde oscuro que estará a cargo de talleres autorizados por la Municipalidad Provincial del Callao, a quiénes se les efectuará el pago de los servicios brindados al benefi ciario. Artículo 8º.- Los talleres son pequeñas y/o medianas empresas seleccionadas y autorizadas por la Municipalidad Provincial del Callao, que prestarán el servicio de pintado de los vehículos a color verde oscuro de los benefi ciarios de la subvención económica. La selección y autorización de los talleres estará a cargo de la Gerencia de Abastecimiento dependiente de la Gerencia General de Administración; quién invitará a diversos talleres a brindar el servicio de pintado, debiendo cumplirse con los requisitos siguientes: a) Copia del testimonio de Constitución b) Copia de RUC c) Copia del Registro Nacional de Proveedores d) No estar impedido para contratar con el Estado e) Considerar el costo del servicio de pintado por un total de S/. 600 f) Contar con las instalaciones adecuadas y el personal necesario para prestar el servicio. La Gerencia de Abastecimiento previo revisión de la documentación presentada, y la inspección ocular a las instalaciones de los talleres, emitirá la autorización para la prestación de los servicios de pintado de vehículos a color verde. Artículo 9º.- Los benefi ciarios son aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos para el otorgamiento de la Subvención económica, el Reglamento del servicio de Taxi, y que no puedan solventar los gastos del cambio de color a verde oscuro del vehículo. Artículo 10º.- Las personas que soliciten una subvención económica para el pintado del vehículo a color verde oscuro, deberán cumplir los requisitos siguientes: