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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de marzo de 2009 393538 maderas para la obra ”Mejoramiento de las Plazuelas Reyes Buitrón, Francisco de Paula Changanaquí, Miguel Grau y Plaza Las Cruces”; Sobre las irregularidades cometidas en la Adquisición de materiales (agregados) para la obra: “Mejoramiento de Plazuelas: Reyes Buitrón, Francisco de Paula Changanaquí, Miguel Grau y Plaza de las Cruces - Meta a Ejecutar: Mejoramiento de Plaza de las Cruces”; Durante los años 2005 y 2006 el Gobierno Regional de Lima, contrató en forma directa los servicios de telefonía móvil y en cada documento administrativo se consideró como exonerado dicho servicio; y, Respecto que, la Administración del Gobierno Regional de Lima, no programó un proceso de adjudicación directa pública por el servicio de alquiler de vehículo. • Juan Alberto Falcón Ugarte - Ex Gerente General Regional, por las observaciones contenidas en el Informe Nº 005-2008-2-5344 “Examen Especial a la Ofi cina de Logística Período 2005 - 2006”: Respecto que, la Administración del Gobierno Regional de Lima, no programó un proceso de adjudicación directa pública por el servicio de alquiler de vehículo. Artículo Segundo.- DISPONER que el Proceso Administrativo Disciplinario instaurado contra los Ex Funcionarios señalados en el artículo que antecede, se lleve a cabo de conformidad con el Régimen Laboral al cual pertenecieron, es decir, a las normas del Decreto Legislativo Nº 728 y su Reglamento, Código de Ética del Empleo Público y su Reglamento, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y el Reglamento Interno de Trabajo en lo que fueren aplicables. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Ejecutiva Regional a los Ex Funcionarios referidos en el artículo primero y al Presidente de la Comisión Especial de Proceso Administrativo Disciplinario del Gobierno Regional de Lima. Artículo Cuarto.- DISPONER que los referidos Ex Funcionarios comprendidos en el Proceso Administrativo instaurado, deberán presentar su descargo dentro de los cinco (05) días hábiles de notifi cado con la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 330477-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Declaran como primera prioridad la Educación para el Gobierno Regional de Moquegua durante los años 2009- 2010 ORDENANZA REGIONAL N° 003-2009-CR/GRM 16 de marzo de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MOQUEGUA Ha aprobado la Ordenanza Regional Siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 003-2009-CR del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, de fecha dieciséis de marzo del 2009, se trató como punto de Agenda el tema denominado Declaratoria como primera prioridad la Educación para el Gobierno Regional de Moquegua, durante el año 2009-2010, con el fi n de garantizar los fi nes y objetivos del Proyecto Educativo “Fortaleciendo las Capacidades de los Docentes de la Región Moquegua”, el mismo que ha sido tratado en la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado Peruano en sus artículos 13º, 14º y 192º, establece que la Educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana; y, que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular las actividades y/o servicios en materia de educación, organizando y conduciendo la gestión pública regional. Que, la Ley Nº 27867, en su artículo 47º, establece que los Gobiernos Regionales tienen como funciones específi cas, formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, diseñar, ejecutar y evaluar proyectos educativos, promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos; promover, regular, incentivar los servicios referidos a la Educación Básica Regular y Superior No Universitaria, en armonía con la política y normas del sector correspondiente; promoviendo y regulando sus actividades y servicios educativos conforme a ley, de acuerdo con los principios de equidad e inclusión ofreciendo igual acceso a las oportunidades. Que, el Gobierno Regional de Moquegua, mediante la Unidad Formuladora de Proyectos de la Dirección Regional de Moquegua, ha elaborando el proyecto “Fortalecimiento de Capacidades en Tecnologías de la Información y Comunicaciones y Áreas Curriculares en la Dirección Regional de Educación de Moquegua”, con la fi nalidad de contribuir a mejorar la calidad de la educación en la Región Moquegua, cuyo propósito es optimizar los logros de aprendizaje de los docentes de la Región, expresado en el fortalecimiento de conocimientos, siendo benefi ciarios indirectos el Gobierno Regional y la Dirección Regional de Educación de Moquegua. Que, en ese sentido el Gobierno Regional de Moquegua ha fi rmado un Convenio de Ejecución del Programa de Capacitación Docente de la Región Moquegua con la Asociación Civil Ayuda del Cobre, con el objetivo de realizar directa o indirectamente acciones necesarias de cooperación para el desarrollo, implementación y ejecución del Proyecto Educativo “Fortaleciendo las capacidades de los docentes de la Región Moquegua”, autorizando el Gobierno Regional de Moquegua a dicha Asociación asumir todas las actividades del Proyecto Educativo y sus respectivos planes operativos en sus distintos componentes, capacitando de manera ininterrumpida e imperativa a instructores en Tecnologías de Información y Comunicación aplicada a la Educación, quienes a la vez procederán a realizar el efecto multiplicador capacitando a 2,856 docentes de la región durante dos años, con el fi rme propósito de elevar la calidad educativa en el ámbito Regional; por lo que en aras de obtener un resultado favorable en el nivel de aprendizaje dada la inversión en cuanto a su fi nanciamiento, el Gobierno Regional de Moquegua, declarando como primera prioridad a la Educación, establece con el carácter de obligatorio la participación en dicho programa de todo el personal docente de las Instituciones Educativas Públicas, a efecto de contribuir en el logro de los objetivos previstos, y formar en lo posterior ciudadanos capaces de construir una sociedad más justa y abierta, al concebirse a la Educación como eje fundamental del desarrollo humano, integral y sostenible. Que, en ese entender la Institución Capacitadora para el proyecto en mención, tiene por fi nalidad atender en forma continua a la totalidad de docentes de la Educación Básica, por lo cual para el cumplimiento de sus metas requiere contar con un número de profesionales califi cados, con disponibilidad a tiempo completo y que acrediten experiencia en formación docente o en acciones de capacitación y/o formación en servicio como coordinador, capacitador, para lo cual se hace necesario contratar los servicios remunerados de docentes nombrados que laboran en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica como de Educación Superior, para desempeñarse a tiempo completo y dedicación exclusiva como capacitadores, a cuyo propósito dichos docentes