Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2009 (08/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de octubre de 2009

aportes reglamentarios conforme se senala en la referida resolucion; Que, posteriormente mediante Resolucion Nº 22399 MPC-DGAH, se resolvio aprobar el plano y memoria descriptiva autorizandose la independizacion del terreno de 1,313.36 m2 denominada Parcela 1, de parte del terreno, por tanto al haberse tramitado dicho MORDAZA, y no habiendo concluido el MORDAZA de habilitacion MORDAZA, aun debe considerarse como MORDAZA el predio a nivel registral; Que, mediante expediente Nº 10220446 los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la empresa Marson S.A. propietarios de los lotes 4, 5 y 6 de la Manzana B de la Urbanizacion Restobal, solicitaron la recepcion parcial de obras de la habilitacion MORDAZA a la que tambien se adhirio la asociacion de vivienda Ongoy; Que, mediante Informe Tecnico Nº 088-2007-MPCGGDU-GPUC-GOF del 30 de Octubre de 2007, se senala que en cuanto a las instalaciones de agua potable y alcantarillado, mediante Carta Nº 374-2002-ETN del 07-03-2002, emitida por SEDAPAL la empresa ha aprobado la recepcion de las redes de agua potable y alcantarillado y conexiones domiciliarias, de los lotes 4,5 y 6 de la manzana B de la Urbanizacion Restobal, que asi mismo debe precisarse segun obra en los actuados administrativos que mediante Carta Nº 1826-2003 ETN, del 24 de noviembre de 2003, SEDAPAL ha comunicado que las obras de agua potable y alcantarillado correspondiente a la asociacion de Vivienda Ongoy, fueron financiadas y ejecutadas por el Fondo de Inversiones Callao FINVER S.A., recepcionada conjuntamente con los Asentamientos Humanos MORDAZA A. MORDAZA, MORDAZA Nunez del MORDAZA y San MORDAZA, como se puede apreciar de los documentos y recibos de pago de los asociados por dicho servicio; Que, respecto a las instalaciones electricas, redes del subsistema de distribucion secundaria e instalaciones de alumbrado publico en servicio, conforme lo indicado en la carta GT ­SGED ZDC-SOP- 39645-2000 de fecha 9-10-2000, y la carta s/n de fecha 17 de septiembre de 2002, la empresa EDELNOR por el cual se comunica que la habilitacion MORDAZA cuenta con redes del subsistema de distribucion secundaria e instalaciones de alumbrado publico en servicio, y para lo cual adjuntaron el plano con las redes del subsistema de distribucion secundaria y alumbrado publico comprendidas en la zona; Que, respecto a las vias, conforme lo senala el informe tecnico Nº 088-2007 MPC- GGDU-GPUC-GOF, estas se encuentran consolidadas, estando ejecutadas y asfaltadas las pistas y veredas del Jr. Chota, de la avenida MORDAZA Gambetta, y con las secciones que fueran aprobadas segun plano Nº 025-90 MPC-SMDU-DOP aprobado por Resolucion Nº 145-93 MPC/SMDU; Que sin embargo, ninguno de los actos administrativos senalados en el considerando anterior, hicieron posible conseguir la inscripcion regular de habilitacion MORDAZA de la denominada Urbanizacion Restobal, toda vez, que no ha MORDAZA un acuerdo entre los propietarios registrales, asi como por el incumplimiento de ciertos requisitos de orden administrativo, por lo que siendo actualmente un problema social al no poder regularizar el tracto sucesivo de las diversas compraventas efectuadas, y por tanto limitando la inversion en el mejoramiento de la calidad de MORDAZA de los habitantes de ese sector del Callao, por lo que se hace necesaria la participacion de la autoridad municipal, a fin de poder regularizar los predios ubicados en zonas urbanas consolidadas, que se encuentren como urbanas en la Municipalidad e inscritas como rusticos en registro de predios, declarandolos habilitados de oficio; Que, la Municipalidad Provincial del Callao se encuentra facultada a aprobar la Habilitacion MORDAZA de Oficio, conforme lo dispone el articulo 24 de la Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, y en concordancia a lo dispuesto en la decimosetima disposicion transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27157, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2006 VIVINDA, por lo que corresponde emitir la resolucion de alcaldia que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a MORDAZA, en cuanto a la inscripcion individual registral esta debera ser gestionada por su propietario; Que, en cuanto a la consolidacion del sector debe precisarse que este conforme a lo senalado en los informes tecnicos, y lo obrante en los actuados administrativos, ya cuenta con las obras de infraestructura basicas como alumbrado publico y domiciliario, redes telefonicas, redes de agua y desague, y consolidacion de la avenida MORDAZA Gambetta y MORDAZA Chota y en cuanto a las obras de pavimentacion de la Av. Alameda esta sera ejecutada por el Gobierno Regional del Callao, estando aprobado

el estudio de factibilidad respectivo mediante Codigo SNIP el proyecto de Inversion publica Nº 93218, proyecto denominado "Rehabilitacion de la Av. La Alameda ubicada entre la Av. La Circunvalacion y el Jr. Chota"; Que, de acuerdo a la documentacion obrante en los archivos municipales, esta corporacion ha generado las declaraciones juradas mecanizadas del periodo 2009, respecto a los predios que se encuentran ubicados en el sector donde se ha desarrollado la Urbanizacion Restobal y la asociacion de Viviendas Ongoy, consignandose dichos predios como urbanos, y que de acuerdo a la informacion registral respecto a los terrenos conformantes de este sector, estos tienen la condicion de MORDAZA segun lo senalado en el Ficha Registral Nº 28874, Partida Electronica Nº 70068430 y los que se deriven de estas del Registro de Predios del Callao, al no haber concluido el MORDAZA de habilitacion MORDAZA con la correspondiente recepcion de obras, y que conforme al informe tecnico precitado, la Urbanizacion Restobal es considerada como MORDAZA MORDAZA consolidada, por lo que cumple con las condiciones indicadas en Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y del Decreto Supremo Nº 024-2008 VIVIENDA, que Aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencia de Edificacion. Que la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, mediante los informes legales Nº 384-2009-MPCGGAJC/SGAA del 24 de Agosto de 2009, y Nº 410-2009 MPCGGAJC/SGAA del 7 de septiembre de 2009, ha concluido que estando a lo informado por el area tecnica, el terreno se encuentra en MORDAZA consolidada, cuenta con edificaciones y con servicios de agua y desague, alumbrado publico y domiciliario, redes de telefonia, resultando evidente que cumple con los requisitos legales a efectos que la autoridad municipal proceda a declarar la habilitacion MORDAZA de oficio de dicho predio, por lo que legalmente resulta viable la habilitacion de oficio, senalando ademas que conforme lo ha aclarado corresponde la aprobacion de la habilitacion MORDAZA de oficio mediante Resolucion de Alcaldia estando a lo senalado en la decimosetima disposicion transitoria del T.U.O. de la Ley Nº 27157, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2006 VIVIENDA; De conformidad con lo expuesto, con la visacion de las Gerencias Generales de Desarrollo MORDAZA, Asesoria Juridica y Conciliacion y, en ejercicio de las atribuciones que le confiere al senor MORDAZA el Articulo 20ª inciso 6 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA HABILITACION MORDAZA DE OFICIO, A NIVEL DE RECEPCION DE OBRAS, del terreno de 18,260 m2., ubicado a la altura de la interseccion de las Avenidas MORDAZA Gambetta, Chota y MORDAZA Duarez del distrito y Provincia Constitucional del Callao, inscrito en la ficha Registral Nº 28874 (ahora Partida Electronica Nº 70068430), del registro de predios de la Superintendencia de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao. Articulo MORDAZA .- APROBAR EL PLANO DE REPLANTEO Y DE LA HABILITACION MORDAZA DE OFICIO consignado con el Nº 012-2009 MPC-GGDU-GPUC asi como la Memoria Descriptiva, del sector denominado "Urbanizacion Restobal", senalado en el cuadro de areas siguiente: Denominacion - Area Total Bruta - Area Util - Area afectada por vias Area (m2) 18, 260.00 13, 937.10 4, 322.90

Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el diario oficial "El Peruano", en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo Cuarto.- REMITIR MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA de Oficio, y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), para su conocimiento y fines de ley. Articulo Quinto.- CUMPLASE, con notificar a la administrada conforme lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, para los fines de ley. Registrese, comuniquese, y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 406615-1

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