Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2009 (13/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 13 de octubre de 2009

Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Oficina de Administracion Distrital, de los Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional y del Secretario General del Sindicato de Trabajadores de esta Corte, para su conocimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA G. MORDAZA CHUMAN MORDAZA ANCHANTE MORDAZA MORDAZA J. ARBULU MORDAZA
408089-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria para los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 435-MSB

contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la ley; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, establece cuales son los ingresos tributarios y senala a su acreedor asi como al organo de gobierno local al que corresponde su recaudacion, administracion y fiscalizacion; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, y; el articulo 41º establece en su MORDAZA parrafo que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administra; Que, en ese orden de ideas y siendo conscientes de la crisis economica internacional que se viene a travesando y, habiendose recogido el sentir de aquellos vecinos que tienen el deseo de cumplir con sus obligaciones tributaria y no tributarias, y que no cuentan con los medios economicos suficientes para ello, y siendo politica de esta Administracion el brindar a nuestros vecinos las maximas facilidades de pago, es necesario establecer un beneficio que les permita regularizar la situacion actual de sus predios; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los senores regidores se aprobo la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA PARA LOS CONTRIBUYENTES DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- OBJETIVO: Establecer un beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en favor de los vecinos de San MORDAZA que tengan obligaciones formales y/o sustanciales pendientes. Articulo 2º.- ALCANCES DEL BENEFICIO: Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza gozaran de los siguientes beneficios: a) Condonacion del 100% de las multas tributarias por no presentar la declaracion jurada de Impuesto Predial dentro de los plazos establecidos. b) Condonacion del 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por deudas de impuesto predial

San MORDAZA, 7 de octubre de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: en la XIX-2009 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7.10.2009, el Dictamen Nº 011-2009-MSBCER y el Dictamen Nº 027-2009-MSB-CAL, sobre la Ordenanza que aprueba el beneficio de regularizacion tributaria y no tributaria para los contribuyentes de San Borja; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 195º la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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