TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de abril de 2010 418011 DEFENSA Autorizan permanencia en el extranjero de personal militar a que se refiere la R.S. Nº 010-2010-DE/FAP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 169-2010-DE/FAP Lima, 27 de abril de 2010 Visto, el Oficio NC-170-E841-Nº 0107 del 19 de enero de 2010, del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú y el Oficio NC-170-APE2- Nº 0183 del 27 de enero de 2010, del Comandante General del Ala Aérea Nº 2 de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO Que, con Resolución Suprema Nº 010-2010-DE/FAP de fecha 13 de enero de 2010, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, del 14 al 15 de enero de 2010, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que conformó la tripulación de la aeronave Hércules L-100-20 FAP Nº 397/382 y la aeronave B- 737-200 FAP 352, con la fi nalidad de trasladar ayuda humanitaria a dicho país; Que, el Comandante General del Ala Aérea Nº 2 de la Fuerza Aérea del Perú ha comunicado que las citadas aeronaves y su tripulación tuvieron que permanecer en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, en espera de la autorización para aterrizar en la ciudad de Puerto Príncipe, Haití, motivo por el cual se amplió su estadía hasta el 17 de enero de 2010; Que, el presente viaje obedece a un requerimiento dispuesto por el Supremo Gobierno, razón por la cual, el pago correspondiente se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Que, según lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la “Ley de Procedimiento Administrativo General”, Ley Nº 27444 de fecha 21 de marzo de 2001, señala textualmente: “La autoridad podrá disponer en el mismo Acto Administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraer la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funciones Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, Decreto Supremo Nº 024- 2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con eficacia anticipada, la permanencia en el extranjero a partir del 16 al 17 de enero de 2010, la Comisión de Servicio a que refiere el Artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 010-2010- DE/FAP de fecha 13 de enero de 2010; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 240 x 2 días x 17 personas Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 486869-1 ECONOMIA Y FINANZAS Oficializan el XIX Congreso Nacional de Economistas del Perú que se llevará a cabo en la ciudad de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 204-2010-EF/10 Lima, 26 de abril de 2010 Visto el Ofi cio N° 021-2010/CEPT/D, de fecha 29 de marzo de 2010, del Decano del Colegio de Economistas del Perú y del Decano del Colegio de Economistas de Piura y Tumbes, sobre ofi cialización del XIX Congreso Nacional de Economistas; CONSIDERANDO: Que, es competencia del Ministerio de Economía y Finanzas regular y armonizar todas las actividades que le competen al Sector Economía y Finanzas; por tanto, apoya toda actividad que favorezca la unión, capacitación y desarrollo de los profesionales en economía; Que, los días 14, 15 y 16 de octubre de 2010, bajo el lema “Los Economistas del Perú promoviendo el Desarrollo Nacional”, se llevará a cabo en el Auditorio Central de la Universidad Nacional de Piura, departamento de Piura, el XIX Congreso Nacional de Economistas del Perú, a ser organizado por el Colegio de Economistas de Piura y Tumbes; Que, es necesario ofi cializar el XIX Congreso Nacional de Economistas del Perú, antes mencionado; De conformidad con la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 183 – Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ofi cializar el XIX Congreso Nacional de Economistas del Perú, organizado por el Colegio de Economistas de Piura y Tumbes, que se llevará a cabo en el Auditorio Central de la Universidad Nacional de Piura, departamento de Piura, los días 14, 15 y 16 de octubre de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 486812-1 ENERGIA Y MINAS Establecen nuevos Factores de Aportación y Compensación corregidos de los diferentes contenidos de azufre del combustible Diesel 2, Diesel B2 y Petróleos Industriales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 075-2010-EM/DGH Lima, 27 de abril de 2010